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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2004 (27/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G35/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 27 de marzo de 2004 la consolidación de estados financieros y los estánda- res internacionales de auditoría, entre otras; Que, por ser de interés para la Institución, se ha consi- derado conveniente designar en esta oportunidad, a la se-ñorita Mirella Lucy Katkaru Gushiken, Analista del Depar- tamento de Evaluación del Sistema Financiero "B" de la Superintendencia Adjunta de Banca, para que participe enel referido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria, sólo por el tiempo necesario parael cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Convenio de Préstamo de Cooperación BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 2789-2004 y comunicación de no objeción del Banco Inte- ramericano de Desarrollo, remitida por la Unidad de Coor-dinación de Préstamos Sectoriales - MEF, debiendo asu- mir esta Superintendencia, únicamente, los gastos por con- cepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presu-puesto correspondiente al ejercicio 2004; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Se-guros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Se- guros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señorita Mi- rella Lucy Katekaru Gushiken, Analista del Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "B" de la Superin-tendencia Adjunta de Banca, a la ciudad de Basilea, Suiza del 28 de marzo al 3 de abril de 2004, para los fines ex- puestos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes de efectuado elviaje, deberán presentar ante el Superintendente de Ban- ca y Seguros un informe detallado describiendo las accio- nes realizadas y los resultados obtenidos durante el viajeautorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente autorización por concepto de pasa-jes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Conve- nio de Préstamo de Cooperación BID 1196/OC-PE, debien- do asumir esta Superintendencia, únicamente, los gastospor concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2004, de acuer- do al siguiente detalle: Impuestos (Pasajes) US$ 351,15 Tarifa CORPAC 28,24 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Adua-na de cualquier clase o denominación a favor de la funcio- naria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 06132 UNIVERSIDADES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G2D/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G54/G72/G75/G6A/G69/G6C/G6C/G6F UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO RESOLUCION RECTORAL Nº 0205-2004/UNT Trujillo, 23 de febrero de 2004 Visto el expediente Nº 0493-29C, con 13 folios, cursa- do por el Jefe de la Oficina Técnica de Abastecimiento,sobre autorización de compra;CONSIDERANDO: Que, el artículo 196º inciso c) del Estatuto vigente, en concordancia con lo establecido en el artículo 33ºde la Ley Universitaria, señala que el Rector como per- sonero y representante legal de la Universidad, tiene la atribución de dirigir la actividad académica de la Insti-tución y su gestión administrativa, económica y finan- ciera; Que, mediante Oficio Nº 283-2004-UNT/OGSEF- ABAST, el referido Jefe comunica que con Res.Vic. Ad- ministrativa Nº 0051-2004/VAD-UNT, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Institu-ción - PAAC 2004, el cual contiene los procesos de se- lección que se realizarán en el presente año; sin em- bargo dada la emergencia del inicio del año académico2004 y teniendo en cuenta que de realizarse las adqui- siciones de acuerdo al cronograma previamente esta- blecido, se demorará aproximadamente 45 días (si noexistiera impugnaciones), solicita se expida la Resolu- ción de urgencia, autorizando la adquisición de los bie- nes y servicios, de acuerdo a la relación adjunta; Que, con Informe Legal Nº 0196-2004-OAJ/UNT, la Jefa de la Oficina de Asuntos Jurídicos refiere que res- pecto a la situación de urgencia, el inciso c) del artícu-lo 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM Texto Unico Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala “Están exonerados del proceso de lici-tación pública, concurso público o adjudicación direc- ta, según sea el caso, las adquisiciones y c ontratacio- nes que se realicen … c) en situación de emergenciao de urgencia declaradas, de conformidad con la pre- sente Ley”; asimismo el artículo 20º del mismo texto normativo, prescribe “Las adquisiciones o contrata-ciones al que se refiere el ar tículo precedente, se rea- lizará mediante el proceso de menor cuantía”. Por ello, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el incisob) del artículo 19º, se aprobará mediante a) Resolu- ción del Titular del Pliego de la Entidad …; Las Resolu- ciones o acuerdos señalados en los incisos preceden-tes requieren obligatoriamente de un informe técnico legal previo y serán publicados en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos al que se refiere el inci-so d) del artículo 19º… Por otro lado, la referida Jefa cita el artículo 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM, el cual refiere que se considera situación de urgencia cuandola ausencia extraordinaria e imprevisible de determina- do bien o servicio compromete en forma directa e inmi- nente, la continuidad de los servicios esenciales o delas operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la entidad a la adquisi- ción o contratación de bienes, servicios u obras sólopor el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corres- ponda; por lo tanto, opina que la declaración de urgen-cia debe darse conforme a Ley, previo informe técnico que sustente cada uno de los casos; Que, posteriormente, mediante Oficio Nº 425-2004- UNT/OGSEF-ABAST, el Jefe de la Oficina Técnica de Abastecimiento comunica que los procesos de selec- ción declarados en situación de urgencia deben ser eje-cutados por el Comité Especial Permanente de la Insti- tución, el cual fue nombrado por R.R. Nº 0434-2002/ UNT y ampliado con R.R. Nº 0293-2003/UNT, puestoque se convertirían en Adjudicaciones de Menor Cuan- tía. Asimismo, informa que la contratación y adquisi- ción de bienes y servicios, sólo será por el tiempo ocantidad necesaria para realizar los procesos de se- lección que correspondan, en este caso sólo por febre- ro y marzo-2004, por lo que cita el artículo 108º delReglamento de la Ley de Adquisiciones y Contratacio- nes del Estado (D.S. Nº 013-2001-PCM), numeral 2. que señala “La situación de urgencia debe entenderse comouna medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o contra- tar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjui-cio de que se realice el proceso de selección corres- pondiente, para las adquisiciones y contrataciones de- finitivas”; Que, en Hoja de Trámite (folio Nº 01), obra la autori- zación expresa del Despacho Rectoral, para la emisión de la Resolución respectiva; Estando al Informe de la Oficina Técnica de Abaste- cimiento y en uso de las atribuciones conferidas al Rec- torado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33º, de