Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2004 (27/03/2004)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, sabado 27 de marzo de 2004

la consolidacion de estados financieros y los estandares internacionales de auditoria, entre otras; Que, por ser de interes para la Institucion, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad, a la senorita MORDAZA MORDAZA Katkaru Gushiken, Analista del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "B" de la Superintendencia Adjunta de Banca, para que participe en el referido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria, solo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Prestamo de Cooperacion BID 1196/ OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 2789-2004 y comunicacion de no objecion del Banco Interamericano de Desarrollo, remitida por la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales - MEF, debiendo asumir esta Superintendencia, unicamente, los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2004; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA Katekaru Gushiken, Analista del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "B" de la Superintendencia Adjunta de Banca, a la MORDAZA de Basilea, Suiza del 28 de marzo al 3 de MORDAZA de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar ante el Superintendente de Banca y Seguros un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Prestamo de Cooperacion BID 1196/OC-PE, debiendo asumir esta Superintendencia, unicamente, los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2004, de acuerdo al siguiente detalle: Impuestos (Pasajes) US$ 351,15 Tarifa CORPAC 28,24 Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 06132

UNIVERSIDADES
Autorizan por situacion de urgencia la adquisicion de diversos bienes y servicios para la Universidad Nacional de MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORDAZA RESOLUCION RECTORAL Nº 0205-2004/UNT MORDAZA, 23 de febrero de 2004 Visto el expediente Nº 0493-29C, con 13 folios, cursado por el Jefe de la Oficina Tecnica de Abastecimiento, sobre autorizacion de compra;

Que, el articulo 196º inciso c) del Estatuto vigente, en concordancia con lo establecido en el articulo 33º de la Ley Universitaria, senala que el Rector como personero y representante legal de la Universidad, tiene la atribucion de dirigir la actividad academica de la Institucion y su gestion administrativa, economica y financiera; Que, mediante Oficio Nº 283-2004-UNT/OGSEFABAST, el referido Jefe comunica que con Res.Vic. Administrativa Nº 0051-2004/VAD-UNT, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Institucion - PAAC 2004, el cual contiene los procesos de seleccion que se realizaran en el presente ano; sin embargo dada la emergencia del inicio del ano academico 2004 y teniendo en cuenta que de realizarse las adquisiciones de acuerdo al cronograma previamente establecido, se demorara aproximadamente 45 dias (si no existiera impugnaciones), solicita se expida la Resolucion de urgencia, autorizando la adquisicion de los bienes y servicios, de acuerdo a la relacion adjunta; Que, con Informe Legal Nº 0196-2004-OAJ/UNT, la Jefa de la Oficina de Asuntos Juridicos refiere que respecto a la situacion de urgencia, el inciso c) del articulo 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala "Estan exonerados del MORDAZA de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen ... c) en situacion de emergencia o de urgencia declaradas, de conformidad con la presente Ley"; asimismo el articulo 20º del mismo texto normativo, prescribe "Las adquisiciones o contrataciones al que se refiere el articulo precedente, se realizara mediante el MORDAZA de menor cuantia". Por ello, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el inciso b) del articulo 19º, se aprobara mediante a) Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad ...; Las Resoluciones o acuerdos senalados en los incisos precedentes requieren obligatoriamente de un informe tecnico legal previo y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos al que se refiere el inciso d) del articulo 19º... Por otro lado, la referida Jefa cita el articulo 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM, el cual refiere que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente, la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; por lo tanto, opina que la declaracion de urgencia debe darse conforme a Ley, previo informe tecnico que sustente cada uno de los casos; Que, posteriormente, mediante Oficio Nº 425-2004UNT/OGSEF-ABAST, el Jefe de la Oficina Tecnica de Abastecimiento comunica que los procesos de seleccion declarados en situacion de urgencia deben ser ejecutados por el Comite Especial Permanente de la Institucion, el cual fue nombrado por R.R. Nº 0434-2002/ UNT y MORDAZA con R.R. Nº 0293-2003/UNT, puesto que se convertirian en Adjudicaciones de Menor Cuantia. Asimismo, informa que la contratacion y adquisicion de bienes y servicios, solo sera por el tiempo o cantidad necesaria para realizar los procesos de seleccion que correspondan, en este caso solo por febrero y marzo-2004, por lo que cita el articulo 108º del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (D.S. Nº 013-2001-PCM), numeral 2. que senala "La situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente, para las adquisiciones y contrataciones definitivas"; Que, en Hoja de Tramite (folio Nº 01), obra la autorizacion expresa del Despacho Rectoral, para la emision de la Resolucion respectiva; Estando al Informe de la Oficina Tecnica de Abastecimiento y en uso de las atribuciones conferidas al Rectorado, en virtud de lo dispuesto en el articulo 33º, de

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