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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2004 (27/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 65

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G35/G35/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 27 de marzo de 2004 CLASES DE SESIONES Artículo 22º.- Las Sesiones del Consejo Regional pue- den ser: a).- Ordinarias. b).- Extraordinarias. c).- Solemnes SESIONES ORDINARIAS Artículo 23º.- Las Sesiones Ordinarias del Consejo Re- gional se desarrollan de acuerdo con la Agenda que pro- ponga el Presidente Regional, el primer jueves de cada mes; sin embargo en el curso del debate, se puede priori-zar los asuntos que el Consejo considere son de interés regional, y requieren su urgente tratamiento. Estas Sesio- nes contarán de las siguientes estaciones: - Lectura y aprobación del Acta anterior. - Despacho- Informes - Pedidos - Orden del Día. ESTRUCTURA Y REGLA DE LAS SESIONES Artículo 24º.- Las Sesiones Ordinarias del Consejo Re- gional se desarrollan de acuerdo con la estructura siguien- te: a).- A la hora señalada en la convocatoria el Presidente Regional dispone pasar lista. De no haber Quórum se pa- sará una segunda lista 15 minutos después, si tampoco selogra quórum, se sentará por el Secretario la respectiva Constancia anotando los nombres de quienes han asisti- do, de los que se encuentran en uso de licencia, de lossuspendidos, o de los que hubiesen dado aviso de no asis- tir, así como de los que hubieran faltado injustificadamen- te, llegada la estación de orden del día, se pasará lista paraverificar el Quórum reglamentario. b).- Abierta la Sesión, el Presidente pone a considera- ción del pleno el Acta de la Sesión precedente, puesta enconocimiento de los Consejeros con 24 horas de anticipa- ción. Una vez aprobada, el Secretario del Consejo Regio- nal la suscribirá y hará que la firmen el Presidente, el Vice-presidente y los Consejeros Regionales que estimen con- veniente. Si hay observaciones el Presidente ordenará su inserción en el Acta, previo acuerdo del Consejo. El Plenodel Consejo puede acordar la dispensa de la lectura del Acta si así lo considera. REGLAS DEL DEBATE Artículo 25º.- En el debate de los asuntos contenidos en la Agenda se observarán las siguientes reglas: a).- Los dictámenes, informes, las proposiciones dis- pensadas de dictamen y las mociones de orden del díaleídas en el pleno, salvo que se acuerde la dispensa de lectura a solicitud de un señor Consejero. b).- El Presidente de la Comisión o el Consejero que la Comisión delegue, sustenta el Dictamen o informe recaí- dos sobre la proposición sometida a su consideración por un tiempo de diez minutos y de ser necesario una amplia-ción de cinco minutos. Si hay dictamen en minoría lo sus- tenta uno de los firmantes por el mismo tiempo. c).- Si el dictamen o informe es por unanimidad se pro- cede a dar lectura, sin embargo, el Presidente puede otor- gar dos minutos a cada Consejero parar que exponga las razones de su posición. d).- Se dará cuenta al Pleno de los Dictámenes exis- tentes, sustentados debatiéndose los dictámenes aproba- dos por el Pleno, enviándose al archivo los restantes. e).- Los Consejeros que lo soliciten podrán hacer uso de la palabra por no más de cinco minutos, en forma adi- cional se concederá el uso de la palabra por un tiempo dedos minutos para réplicas y dúplicas. f).- Las interrupciones serán concedidas por el que pre- side la sesión con anuencia del Consejero que se encuen-tra haciendo uso de la palabra. Y no podrá exceder de dos minutos SESIONES EXTRAORDINARIAS Artículo 26º.- Las Sesiones Extraordinarias serán con- vocadas por el Presidente, o cuando lo solicite un terciodel número legal de miembros del Consejo Regional expo- niendo los motivos de la convocatoria, a fin de tratar públi- camente las materias de interés regional o nacional.En las Sesiones Extraordinarias sólo puede tratarse el asunto o asuntos de la agenda para las que fueron convo- cadas. La aprobación del Presupuesto Regional, la Cuenta Ge- neral del Ejercicio, la Memoria Anual, y el Informe Anual de los Directorios u Órganos equivalentes, sobre la gestión de las Empresas Regionales y Organismos descentraliza-dos, serán necesariamente tratados en Sesión extraordi- naria. SESIONES SOLEMNES Artículo 27º.- Las Sesiones solemnes pueden celebrar- se en las siguientes oportunidades: a).- Conmemorando el día de la Independencia Nacio- nal. b).- El día del Aniversario de la Fundación de la Región Ancash. c).- El día de la fundación de las Provincias integrantes de la Región, la que se celebrará en el período de gestión. d).-Cuando el Consejo acuerde para rendir homenaje a personalidades y/o Instituciones, conmemorar hechos glo-riosos o trascendentes y otros actos de importancia. VOTACIONES Artículo 28º.- Terminado el debate de un asunto, o el tiempo prefijado por el Presidente o cuando ya han hecho uso de la palabra los Consejeros Regionales que la hayansolicitado o cuando así lo establezca el Reglamento, el Presidente anunciará que se procederá a votar. Hecho el anuncio se verificará el quórum, desde ese instante ningún Consejero debe abandonar la sala de Se- siones. CLASES DE VOTACIONES Artículo 29º.- Según la forma como se realice las vota- ciones son: a).- Ordinarias.- Cuando cada integrante del Consejo Regional emita su voto levantando la mano. b).- Nominales.- Cuando el relator llama a cada uno de los integrantes del Consejo Regional por su nombre y es- tos responden SI, NO, ABSTENCIÓN, consignándose enel Acta correspondiente. c).- Secretas.- Cuando se trate de procesos electivos, asuntos macrorregionales y de defensa nacional, los inte-grantes del Consejo Regional emitirán su voto de modo reservado y lo depositarán en el ánfora correspondiente. DE LA RECTIFICACIÓN Y RECONSIDERACIÓN DE LAS VOTACIONES Y QUÓRUM Artículo 30º.- Cualquier integrante del Consejo Regio- nal podrá solicitar la rectificación o reconsideración de la votación, su aprobación requiere del voto de más de la mi- tad para la rectificación y, para la reconsideración 2/3 delnúmero legal de los integrantes del Consejo Regional. No se podrá presentar reconsideraciones después de aproba- da el acta o la dispensa de dicha aprobación. Para la recti-ficación los Consejeros lo harán poniéndose de pie. La re- consideración será presentada dentro de las 72 horas de haberse realizado la votación. DE LAS CUESTIONES DE ORDEN Artículo 31º.- En cualquier momento del debate, con excepción de aquel en el que se desarrolla la votación, los integrantes del Consejo Regional pueden plantear una Cuestión de Orden, a efecto de llamar la atención sobre lacorrecta interpretación y aplicación del reglamento del Con- sejo Regional. El Presidente concederá un máximo de un minuto para plantearla. DE LAS CUESTIONES PREVIAS Artículo 32º.- Las cuestiones previas se plantean en cualquier momento del debate y antes de las votaciones, a efecto de llamar la atención sobre un requisito, asunto, o materia del debate o de la votación basada en hechos. ElPresidente concederá un máximo de un minuto para plan- tearla y de inmediato la someterá a debate, dando por ago- tado el mismo, someterá a votación DE LAS REGLAS DE ORDEN EN LAS SESIONES De la disciplina . Artículo 33º.- El presidente tiene a su cargo la direc- ción de los debates y la prerrogativa de exigir a los inte- grantes del Consejo Regional que se conduzcan con res-