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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2004 (02/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G37/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 2 de mayo de 2004 En efecto, tal como lo señaló Ispat en su recurso de apelación, la fecha a partir de la cual la autoridad anti- dumping en los Estados Unidos de América concedió el trato de economía de mercado a Kazajstán, primero deoctubre de 2001, no significa necesariamente que la au- toridad antidumping nacional lo deba hacer de la misma manera, a partir de esa fecha. Por las consideraciones expuestas, a los efectos del presente caso, se concluye que la economía de Kazajs- tán debe ser clasificada como economía de mercado. III.3.2.3 Cálculo del v alor normal En consecuencia, habiéndose considerado a la eco- nomía de Kazajstán como de mercado - para efectos de la presente investigación - la determinación del valor nor-mal se efectuará en función de los precios de venta del producto investigado en el mercado interno de Kazajs- tán, de acuerdo con los reportes de ventas presentadospor Ispat para el período comprendido entre enero a di- ciembre de 2001. Cuadro 3 Estimación del valor normal Valor normal US$ / TM Precio de venta interna 216,68 (-) Gasto por flete interno 7,62 (+) Gasto por flete a puerto 52 (+) Comisión al Trader (1% del precio FOB) 2,61 Valor normal (FOB) 263,67 Fuente: Ispat Karmet JCS. Con relación a los ajustes efectuados al valor normal, en su recurso de apelación, Ispat indicó que la Comisiónomitió considerar ajustes que estaban debidamente sus- tentados, tales como el impuesto al valor agregado. Asi- mismo indicó que el aislamiento geográfico de Kazajs-tán, país mediterráneo, genera una situación especial de mercado ya que Ispat tiene que pagar elevados fletes para exportar sus productos de Kazajstán. Al respecto debe indicarse que los precios de ven- ta internos presentados por Ispat no indicaban la in-clusión del impuesto al valor agregado. Asimismo, con relación a los elevados costos por concepto de flete, en atención a la mediterraneidad de Kazajstán, debeindicarse que dichos costos reflejan una situación real en el mercado y que ésta afecta tanto a las ventas internas como a las de exportación. Cabe indicar quelos costos por concepto de flete fueron considerados en el cálculo del valor normal, tal como se muestra en el cuadro anterior. En consecuencia, debe revocarse la resolución ape- lada en el extremo en que estimó el valor normal en US$ 267,58 por TM, en lugar de US$ 263,67 por TM,valor que resulta de la estimación del valor normal sobre la base de los precios de venta de Ispat en el mercado interno de Kazajstán, en atención a su calificación comoeconomía de mercado. III.3.3 Cálculo del margen de dumping Sobre la base de la información consignada en los puntos anteriores, se ha determinado la existencia dedumping en las importaciones de productos planos LAC originarias de Kazajstán, tal como se aprecia en el si- guiente cuadro. Cuadro 4 Margen de dumping11 Producto Valor Normal Precio FOB Margen de (US$/TM) (US$/TM) Dumping Aceros LAC 263,67 189,30 39,28% Fuente: Ispat Karmet JCS. Elaboración: ST-SDC/INDECOPI Por tanto, debe modificarse la resolución apelada en el extremo en que estimó el margen de dumping en41,35%, debiendo éste quedar fijado en 39,28% por las razones antes expuestas.III.4. La determinación de la existencia de daño y relación causal En lo concerniente a la determinación de la existen- cia de daño a la rama de la industria nacional y de rela- ción de causalidad, tanto Siderperú como Ispat efectua- ron una serie de cuestionamientos a las conclusiones dela Comisión relacionados con las interpretaciones a la que ésta arribó sobre la base de los indicadores de daño. En su recurso de apelación, Ispat indicó que la Comi- sión no analizó el efecto de otros factores, diferentes del dumping, que produjeron el daño sufrido por la industria nacional. Entre los factores identificados por Ispat se en-cuentran los siguientes: - La imposibilidad de Siderperú de competir con la importación a los niveles de acero marcados por el mer- cado internacional. Los precios de las importaciones de Kazajstán reflejan las tendencias del precio internacio-nal, tal como las importaciones de Venezuela, que ingre- saron a precios más bajos la mayor parte del período. - Las decisiones empresariales tomadas por Siderpe- rú, tales como el incremento de precios y la realización de mayores inversiones en un contexto en el que el mer- cado se contraía y los precios se reducían, ocasionaronel deterioro de la rama de la industria nacional. En atención a estos argumentos, es necesario mos- trar la evolución de las ventas del producto denunciado en el mercado nacional, las cuales, como se muestra en el siguiente cuadro, se incrementaron en el 2001, añopara el cual se encontró un margen de dumping de 39,28%. En otras palabras, la presencia del producto importado fue más significativa. Cuadro 5 Mercado Nacional de productos planos LAC (TM) 1998 1999 2000 2001 SIDERPER Ú 47 562 36 262 38 475 20 511 45 261 9 310 3 719 4 519 646 6 032 7 688 20 624 - - 11 320 15 865 11 987 2 269 302 15511 393 16 376 14 272 20 248 4 508 3 655 3 997 7 252 Importaciones 73 795 37 643 41 297 68 662 Mercado Interno 121 357 73 905 79 772 89 173 Elaboración: ST-CDS/INDECOPIFederación Rusa Kazajstán Rumania Ucrania Venezuela Otros Fuente: SIDERPERU y ADUANAS Por el contrario, se observa que las ventas de Sider- perú durante el período investigado se redujeron paulati-namente, registrando su nivel más bajo en el año 2001, período en el que las importaciones denunciadas origi- narias de Kazajstán alcanzaron la mayor participaciónde mercado nacional. Asimismo, debe resaltarse que las importaciones ori- ginarias de Kazajstán tuvieron una participación de mer-cado reducida entre 1998 y 2000, capturando en este último período el 9,64% del mercado nacional. Sin em- bargo, en el año 2001, estas importaciones que ingresa-ron a precios dumping incrementaron su participación de mercado en trece puntos porcentuales, llegando a repre- sentar el 23,13% del mercado nacional. 11El margen de dumping será calculado teniendo en consideración la siguiente fórmula: Margen de Dumping = (Valor norm al - Precio de expor tación) / Precio de expor- tación.