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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G37/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 2 de mayo de 2004 Con relación al pedido de Siderperú de no considerar a los anchos de las láminas de acero a efectos de deter- minar los modelos en que se dividirá al producto similar, debe indicarse que el proceso productivo para elaborarláminas de acero no varía sustancialmente si se trata de obtener láminas de anchos y largos diferentes; lo que determina estas características finales son las dimensio-nes de los equipos empleados para la producción - como las del tren de laminación 5. Asimismo, según se desarrolló en la Resolución Nº 284-2000/TDC-INDECOPI, se reconoce la existencia de limitaciones para sustituir a las láminas de anchos y largos muy diferentes. Así, por ejemplo, no se puede sus-tituir una plancha de acero de 3 500 mm. de ancho con una plancha de acero de ancho menor a 1 220 mm.; ello, debido a que las primeras son empleadas para la fabri-cación de embarcaciones y otros equipos, para lo cual se necesitan láminas de acero que cubran una superficie mayor, planchas que la industria nacional no se encuen-tra en capacidad de producir. De la información anterior se puede deducir que el consumidor distingue entre las láminas de acero dediferentes anchos, razón por la cual es conveniente efectuar una división de los modelos que contemple estas diferencias. En efecto, tal como se desprendedel expediente, para ciertas empresas usuarias del producto investigado, el ancho de las láminas de ace- ro es un factor importante para el desarrollo de susactividades ya que determina el uso que se le dará a la lámina de acero 6. En consecuencia, se concluye que los anchos de las bobinas y planchas de acero tienen implicancias directas en los usos que pueden darse a éstas, razón por la cual es correcta su consideración a efectos de determinar losmodelos en que se dividió al producto similar, tal como lo hizo la Comisión y según se muestra en el siguiente cua- dro. Cuadro 1 Bobinas y planchas de acero LAF Subpartida Rango de Anc hos Kazajstán Rusia Ucrania espesores 7209.16.00.00 1 - 3 mm a =< 1220 P.S. P.S. - 7209.26.00.00 1 - 3 mm a =< 1220 P.S. P.S. - 7209.17.00.00 0,5 - 1 mm a =< 1220 P.S. P.S. - 7209.27.00.00 0,5 - 1 mm a =< 1220 P.S. P.S. - 7209.18.10.00 0,25 - 0,5 mm a =< 1220 P.S. - - 7209.18.20.00 0 - 0,25 mm a =< 1220 - - - 7209.28.00.00 0 - 0,5 mm a =< 1220 - P.S. - 7209.90.00.00 Los demás a =< 1220 - P.S. - Elaboración: ST-CDS/INDECOPI Fuente: ADUANAS y SIDERPERÚ Adicionalmente, Siderperú indicó que la Comisión re- chazó inadecuadamente su solicitud de ampliación del producto investigado a los aceros aleados con boro, paralo cual señaló que los aceros aleados con boro no eran producidos por Siderperú y no resultaban similares al pro- ducto analizado. En la apelada, la Comisión señaló que, de acuerdo con sus características físicas y usos, los productos fa- bricados por Siderperú no son similares a los importadossometidos a aleaciones, lo cual, junto con el hecho de que Siderperú no produce este tipo de aceros, le permi- tió denegar la solicitud de ampliación, remitiéndose paraello a la Resolución Nº 007-2003/CDS-INDECOPI del 30 de enero de 2003. La Resolución Nº 007-2003/CDS-INDECOPI declaró improcedente la solicitud de Siderperú para la amplia- ción del producto investigado a los productos planos de acero aleados con boro. Ello, debido a que, en relacióncon sus características físicas y de uso, los productos fabricados por Siderperú no son similares a los importa- dos sometidos a aleaciones. Al respecto, debe indicarse que la información relati- va a la diferenciación existente entre los aceros aleados y aquellos sin alear, radica en las proporciones de loselementos que lo componen, con la salvedad del elemento carbón o la inclusión de elementos adicionales a los bá- sicos. En efecto, según consta en la bibliografía especia-lizada, el acero a pesar de no ser aleado, puede conte- ner determinadas proporciones de otros elementos quí- micos y, sólo de sobrepasarse determinados límites decontenido de otros elementos, el acero en cuestión de- berá ser considerado aleado. “(...)Se da el nombre de aceros aleados a los aceros que además de los cinco elementos: carbono, silicio, fósforo y azufre, contienen también cantidades relati- vamente importantes de otros elementos como cro- mo, níquel, molibdeno, etc., que sirven para mejorar alguna de sus características fundamentales. También pueden considerarse aceros aleados a los que con- tienen alguno de los cuatro elementos diferentes del carbono que antes hemos citado, en mayor cantidad que los porcentajes que normalmente suelen conte- ner los aceros al carbono, y cuyos límites superiores suelen ser generalmente los siguientes: Si=0,50%; Mn=0,90%; P=0,100%; y S=0,100%. Los elementos de aleación que más frecuentemente suelen utilizarse para la fabricación de aceros alea- dos son: níquel, manganeso, cromo, vanadio, wolfra- mio, molibdeno, cobalto, silicio, cobre, titanio, circo- nio, plomo, selenio, niobio, aluminio y boro(...)”7 Para los efectos de la presente investigación, debe verificarse cuál es el límite de la proporción de boro res- pecto del peso total del acero a partir del cual el aceroadquiere propiedades diferentes que implican un cambio en las características físicas y de uso. De la revisión de bibliografía especializada, el Manual de Metales de la Asociación Americana de Metales, indi- ca que el boro añadido en cantidades de 0,0005% a 0,003% incrementa significativamente la dureza del ace-ro 8. Cabe indicar adicionalmente, que la clasificación del arancel de Aduanas establece contenidos mínimos deciertos elementos para ser considerados como aceros aleados. Con relación a los contenidos de boro, la men- cionada clasificación arancelaria establece un mínimo de0,0008% de contenido de boro en el acero necesario para ser considerado como un acero aleado. Por tanto, se concluye que los contenidos mínimos de boro establecidos en la clasificación arancelaria consi- derados como determinantes para la consideración de un acero como aleado, guardan concordancia con lo es-tablecido en la bibliografía especializada respecto de las diferencias físicas que se derivan de la incorporación del boro en el acero. Considerando que el producto objeto de denuncia y de investigación es el acero sin alear laminado en frío, aquellos aceros laminados que tengan un contenido deboro mayor o igual a 0,0008% no forman parte del pro- ducto investigado y, por tanto, no deberán estar sujetos a los efectos de la presente resolución. En consecuencia se confirma la resolución apelada en el extremo relativo a la determinación del producto similar. III.2. El pedido de ampliación de la in vestigación a las bobinas y planchas de acero LAF aleadas con boro Con relación a los alegatos de Siderperú referidos al inadecuado rechazo por parte de la Comisión para quelos efectos de la presente investigación sean extensibles a los aceros aleados con boro, debe indicarse que si bien la definición del producto similar excluye a los aceros concontenidos de boro mayores al 0,0008%, el pedido de 5 Usualmente, el tren de laminación tiene un ancho máximo el cual puede ser ajustado para obtener láminas de acero de anchos menores. 6 En la descripción de las diferencias existentes entre el producto denunciado y el nacional consignada en el Cuestionario para el Importador, a fojas 00513 vuelta del expediente, Yohersa Yoshimoto Hnos. S.A.C. afirmó que importó me-didas y espesores no producidos en el Perú y otros cuyos precios ofertados en el mercado internacional eran más competitivos. 7 Apraiz Barreiro, José. Aceros especiales y otras aleaciones. Madrid: Ed. Doss- at, 1975. 8 American Society for Metals, Ohio. Properties and selection: irons and steels. Metal Park, Oh.: 1978.