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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2004 (14/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G34/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de mayo de 2004 100 Dólares Americanos) o su equivalente en Nuevos So- les, en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- En tanto Ransa Comercial S.A. mantenga su condición de Entidad Calificada y en tanto los valores aemitirse sean valores típicos, la inscripción de los instru- mentos de corto plazo y el registro de los prospectos a utilizar en la oferta pública a que se refiere el artículo ante-rior se entenderán efectuados en la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución. En su defecto, la ins- cripción de los instrumentos de corto plazo y el registro dedichos prospectos se sujetarán a lo dispuesto en el nume- ral 2, inciso b) del artículo 14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, apro-bado mediante Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 3º.- La oferta pública de los instrumentos de corto plazo a que se refiere el artículo 1º de la presenteResolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25º y, de ser el caso, en el artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valo-res Mobiliarios y el emisor deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que se refie- ren los artículos 23º y 24º de dicho Reglamento. Artículo 4º.- La aprobación, la inscripción y el registro a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en losvalores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evalua- ción complementaria están a disposición de los interesa-dos en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a Ran- sa Comercial S.A., al Banco Continental en su calidad deentidad estructuradora, a Continental Bolsa Sociedad Agen- te de Bolsa S.A. en su calidad de agente colocador; a CA- VALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SILVA WHITMORY Gerente General 08501 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G61/G6E/G61/G6C/G69/G73/G74/G61/G20/G61/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72 /G70/G61/G72/G61/G20/G61/G73/G69/G73/G74/G69/G72/G20/G61/G6C/G20/G22/G53/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G49/G4F/G53/G43/G4F/G22 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN CONASEV Nº 055-2004-EF/94.10 Lima, 11 de mayo de 2004VISTO: El Memorándum Nº 1849-2004-EF/94.35 de fecha 6 de mayo de 2004, presentado por la Gerencia de Administra- ción y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, la Organización Internacional de Comisiones de Valores - IOSCO ha cursado invitación a esta Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV,para que se autorice la participación, como ponente, de la señora Liliana Bazán Núñez en el “Seminario Regional de IOSCO”, que se celebrará del 7 al 11 de junio del presenteaño, en la ciudad de Guayaquil, Ecuador, evento que con- tará con el auspicio de la Corporación Andina de Fomento - CAF y la Superintendencia de Compañías de Ecuador; Que, el mencionado seminario está dirigido al personal de los Organismos Reguladores y Supervisores miembros de IOSCO y de COSRA, siendo el objetivo de la primeraparte del Seminario dar a conocer la Metodología para eva- luar la implementación de los Principios de IOSCO sobre regulación de los Mercados de Valores; Que, el objetivo de la segunda parte del Seminario es dar a conocer el texto del Acuerdo Multilateral de Entendi- miento sobre Consulta, Cooperación e Intercambio deInformación, resaltando su importancia como instrumento de cooperación entre reguladores en el marco de los merca- dos de valores globalizados;Que, asimismo, el Seminario repasará el procedimiento que deben seguir los reguladores para ser signatarios del Acuerdo y se procederá a un análisis en profundidad so- bre el significado de la asistencia mutua e intercambio deinformación en el marco del Acuerdo; Que, la Organización Internacional de Comisiones de Valores - IOSCO, asumirá los gastos de alojamiento, manu-tención y pasajes en avión de la señora Liliana Bazán Núñez, Analista de la Gerencia de Investigación y Desa- rrollo, quien participará como ponente en el referido even-to, en la parte del programa relativo al Acuerdo Multilateral de Entendimiento sobre Consulta, Cooperación e Inter- cambio de Información; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la señora Liliana Bazán Núñez, Analista de la Gerencia de Investigación y Desarrollo de la Comisión Nacional deEmpresas y Valores - CONASEV, cuyos gastos serán cu- biertos por la Organización Internacional de Comisiones de Valores - IOSCO, no irrogando gasto alguno con cargoal presupuesto de esta Comisión Nacional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, publicada el 5 de enero de 2002, por el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM, publicado el 6 de junio de 2002 y por la Directiva Nº 004-2004-EF/76.01, aprobada por Resolución Directoral Nº 047-2003-EF/76.01, publicada el 29 de diciem-bre de 2003, que establecen disposiciones sobre autorizaciones de viajes al exterior de funcionarios y servi- dores públicos o representantes del Estado; y al acuerdode Directorio en su sesión de fecha 25 de febrero de 2002; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Liliana Ba- zán Núñez, Analista de la Gerencia de Investigación y De-sarrollo de la Comisión Nacional Supervisora de Empre- sas y Valores - CONASEV a la ciudad de Guayaquil, Ecua- dor, del 6 al 12 de junio de 2004, para asistir como ponenteen el “Seminario Regional de IOSCO”. Artículo 2º.- El gasto que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, será asumido por la OrganizaciónInternacional de Comisiones de Valores - IOSCO y lo que no cubra esta entidad, será asumido por la propia funcio- naria; no irrogando gasto alguno con cargo al Presupuestode CONASEV. Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga dere- cho de exoneración o liberación de impuestos de Aduanade cualquier clase o denominación a favor de la funciona- ria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y archívese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Presidenta 09037 CONSUCODE /G52/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G76/G65/G65/G64/G6F/G72/G65/G73/G2C/G20/G70/G6F/G73/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G79 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G69/G73/G74/G61/G73/G20/G73/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G2D/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G2C/G20/G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G62/G72/G69/G6C/G20/G64/G65 /G32/G30/G30/G34 CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 182-2004-CONSUCODE/PRE Jesús María, 10 de mayo de 2004 VISTO: El Memorándum Nº 361-2004-GR del Gerente de Re- gistros, referido a la publicación del Listado de Inhabilitadospara Contratar con el Estado; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 8º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-