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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2004 (14/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 38

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G34/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de mayo de 2004 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G62/G72/G69/G6E/G64/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6C/G20/G61/G6D/G70/G61/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G41/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G50/G6F/G72/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 247-2004-GRSM/PGR Moyobamba, 22 de abril de 2004 VISTO: La Hoja Informativa Nº 001-2004-GRSM/SG de fecha 14 de abril de 2004 emitido por la Secretaría General delGobierno Regional de San Martín; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV,sobre Descentralización, Ley Nº 27680; Ley Orgánica deGobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, se les reconoce a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en los asun-tos de su competencia; Que, en el marco del Informe del Visto y de las conside- raciones normativas sobre el particular, se requiere sub-sanar omisiones en la Resolución Ejecutiva Regional Nº 112-2004-GRSM/PE en cuanto a la designación de Fun- cionarios responsables de brindar información que se re-quiera del Gobierno Regional de San Martín al amparo delD.S. Nº 043-2003-PCM que aprueba el Texto Único Orde-nado de la Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública y en el marco de los alcances del D.S. Nº 072- 2003-PCM que aprueba el Reglamento de la referida Ley, debiéndose designar a los funcionarios responsables deentregar información tanto de la Sede Regional, así comode las Oficinas Desconcentradas con el objeto que se tra-miten los requerimientos de información con mayor celeri-dad y del responsable de la elaboración y actualización del portal del Gobierno Regional; Que, por las razones expuestas y en uso de las atribu- ciones y facultades conferidas al Presidente Regional porLey Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;modificada mediante Ley Nº 27902; con la visación de laGerencia Regional de Asesoría Jurídica y Gerencia Gene- ral del Gobierno Regional de San Martín; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, a los Funcionarios res- ponsables de brindar información requerida al GobiernoRegional de San Martín, al amparo de la Ley de Transpa-rencia y Acceso a la Información Pública de acuerdo alsiguiente detalle: - Sede Gobierno Regional : Secretario General - Oficina Zonal San Martín - Tarapoto : Gerente Oficina Zonal- Oficina Zonal Mariscal Cáceres - Juanjui : Gerente Oficina Zonal- Oficina Zonal Tocache - T ocache : Gerente Oficina Zonal Artículo Segundo.- DESIGNAR, al Encargado de la Oficina de Informática como el Funcionario responsable dela Elaboración y Actualización del Portal del Gobierno Re- gional de San Martín. Artículo Tercero.- AUTORIZAR la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, asícomo su colocación en lugares visibles de cada una de lasSedes Administrativas. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto cualquier resolu- ción que se oponga a la presente. Regístrese, comuníquese y archívese. MAX HENRRY RAMÍREZ GARCÍA Presidente Regional 09065/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G6F/G62/G2D /G6A/G65/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G6D/G61/G74/G65/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G2D/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61 ORDENANZA Nº 626 EL TENIENTE ALCALDE, ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA ADJUDICACIÓN DE BIENES OBJETO DE REMATE POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Artículo 1º.- Es facultad de la Municipalidad Metropoli- tana de Lima, en calidad de acreedor, participar en el actode remate y adjudicarse directamente los bienes sobre losque recaiga la ejecución forzada, conforme a las disposi-ciones contenidas en los artículos 735º y 742º del CódigoProcesal Civil. Artículo 2º.- Mediante Decreto de Alcaldía se designa- rá al funcionario que participará, en representación de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, en los actos de re-mate y adjudicación que se realicen en los procedimientosde ejecución coactiva. Artículo 3º.- El Servicio de Administración Tributaria, SAT, con la antelación debida deberá hacer de conocimiento de la Dirección Municipal Administrativa, la convocatoria alos remates públicos. Artículo 4º.- Previamente a la participación de la ad- judicación de los bienes materia de remate, el represen-tante de la Municipalidad Metropolitana de Lima, deberá contar bajo responsabilidad, con los informes técnicos correspondientes que acrediten la conveniencia, nece-sidad de la misma, así como los beneficios de la adjudi-cación. Artículo 5º.- Previamente a la participación del repre- sentante, la Municipalidad Metropolitana de Lima deberá emitir los informes que sustenten la adjudicación, de acuer- do a lo que señale el Reglamento. Asimismo, bajo ningúnsupuesto el valor de la adjudicación podrá ser mayor alvalor de la deuda ejecutada y de los costos y gastos admi-nistrativos de la ejecución coactiva. DISPOSICIÓN FINAL Única.- En el plazo de los treinta (30) días siguien- tes a la publicación de la presente Ordenanza, se de-berá aprobar su Reglamento a través de Decreto deAlcaldía. Luego de la aprobación de dicho Reglamento se podrá designar al representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima señalado en el artículo 2º de laOrdenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.En Lima, a los seis días del mes de mayo de dos mil cuatro. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de laMunicipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 09069