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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2004 (14/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G34/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de mayo de 2004 /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G70/G72/GF3/G72/G72/G6F/G67/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G2D/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 119-2004/SUNAT Lima, 13 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que el inciso g) del Artículo 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o AdjudicacionesDirectas las prórrogas del plazo de los contratos de arren- damiento de inmuebles siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del índicegeneral de precios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneración correspondien- te, la contratación debe efectuarse a través de un procesode Adjudicación de Menor Cuantía, conforme a lo estableci- do por el Artículo 20º de dicho texto legal; Que en los Artículos 105º y 116º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establece el procedimiento a quedeben someterse tales contrataciones, precisándose que deberá indicarse en la resolución exoneratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo la contratación; Que el Informe Técnico Nº 739-2004-SUNAT/2G3000 de la Gerencia Administrativa, indica que se requiere pro- rrogar por un período de dos (2) meses, comprendido en-tre el 1 de mayo y el 30 de junio de 2004, el plazo del con- trato de arrendamiento del inmueble ubicado en avenida Arenales Nºs. 1785-1795, distrito de Lince, provincia y de-partamento de Lima, donde actualmente funciona un Cen- tro de Servicios al Contribuyente, en virtud a que el referi- do local cuenta con las características de ubicación e in-fraestructura necesarias para el tipo de servicios que brin- da la SUNAT a través de su red de Centros de Servicios al Contribuyente y considerando que la renta mensual no su-frirá incremento; Que el Banco de la Nación, propietario del inmueble, ha manifestado su conformidad en prorrogar el contrato dearrendamiento por un período adicional de dos (2) meses, manteniendo invariable el monto de la renta mensual; Que en atención a lo expuesto, el Informe Legal Nº 019- 2004-SUNAT/2B2300, indica que de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, es procedente la emisión de una Resolución de Su- perintendencia que exonere del proceso de selección co- rrespondiente a la prorroga del contrato de arrendamientodel referido inmueble; Que lo señalado en los citados Informes justifica técni- ca y legalmente la exoneración del proceso de selecciónpara la prórroga del referido contrato de arrendamiento, cumpliéndose así con lo establecido en el Artículo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y en uso de las facultades con-feridas por el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por De- creto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección corres- pondiente, a la prórroga del contrato de arrendamiento delinmueble ubicado en avenida Arenales Nºs. 1785-1795, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima, por el período de dos (2) meses, comprendido entre el 1 de mayoy el 30 de junio de 2004, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Intendente Nacional de Admi- nistración a suscribir el Contrato respectivo con el repre-sentante del Banco de la Nación, mediante Adjudicación de Menor Cuantía y por una renta mensual de S/. 2,237.56 (Dos mil doscientos treinta y siete y 56/100 Nuevos So- les), incluido impuestos; la misma que será financiada conrecursos propios de la Institución. Artículo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administración remita copias de la presente Resolución ydel Informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días ca- lendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 09120 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 100-2004/SUNAT Mediante Oficio Nº 171-2004-SUNAT/1A0000, la Super- intendencia Nacional de Administración Tributaria solicitase publique Fe de Erratas de la Resolución de Superinten- dencia Nº 100-2004/SUNAT, publicada en nuestra edición del día 1 de mayo de 2004. DICE: "Artículo 2º.- Incorpórese como artículo 3º de la Reso- lución de Superintendencia Nº 080-2004/SUNAT, el siguien- te texto: "Artículo 3º.- Las Empresas Prestadoras de Servicios Públicos que optaran por seguir el procedimiento estable-cido (...)" DEBE DECIR:"Artículo 2º.- Incorpórese como artículo 2º-A de la Re- solución de Superintendencia Nº 080-2004/SUNAT, el si-guiente texto: "Artículo 2º-A.- Las Empresas Prestadoras de Servi- cios Públicos que optaran por seguir el procedimiento es- tablecido (...)" 09042 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61 /G49/G64/G65/G6E/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G41/G63/G72/G65/G64/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G67/G65/G6E/G2D/G74/G65/G73/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G50/G6C/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G72/G2D /G74/G61/G64/G6F/G20/G79/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2004-GRA/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece la atribu-ción del Consejo Regional de aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentar los asuntos o mate- rias de su competencia y funciones del Gobierno Regio-nal;