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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G34/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de mayo de 2004 operación otorgado por la Municipalidad Competente, la cual es la Municipalidad Distrital de la jurisdicción donde se pres- ta el servicio público de transporte de pasajeros en vehí- culos menores, así como de aplicar las sanciones que co-rrespondan; Que, el artículo 20º y la Primera Disposición Comple- mentaria del mencionado Reglamento, establecen que asolicitud de la Municipalidad Distrital competente la Policía Nacional del Perú procederá a erradicar y poner a disposi- ción de ésta, cualquier vehículo menor que esté prestandoservicio sin la autorización respectiva; teniendo la Munici- palidad Distrital la facultad de dictar disposiciones comple- mentarias necesarias sobre aspectos administrativos yoperativos de acuerdo a su jurisdicción; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 046-2003/MDA del 10 de octubre del 2003 la Municipalidad de Ate aprobóla Directiva Nº 008-2003/MDA “Procedimiento para el Con- trol del Tránsito y Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores en el distrito de Ate”; Que, la Subgerencia de Comercialización y Transporte, la Gerencia de Servicios Públicos Locales y la Gerencia de Asuntos Jurídicos, recomiendan se efectúe determina-das precisiones en el procedimiento de fiscalización, eje- cución y control que la Municipalidad de Ate realizará a través de la Subgerencia de Fiscalización, en coordinacióncon la Policía Nacional del Perú; Que, con la opinión favorable de la Dirección de Servi- cios Públicos Locales y visación de la Dirección Municipal,estando a los fundamentos expuestos en la parte conside- rativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972; SE DECRETA:Artículo Primero.- Modificar la Directiva Nº 008-2003/ MDA “PROCEDIMIENTO PARA EL CONTROL DE TRÁN-SITO Y SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES EN EL DISTRITO DE ATE” en los numerales VII, VIII, IX y X y el Formato de Noti-ficación de Sanción o Papeleta incluido en la Directiva Men- cionada, la misma que forma parte integrante del presente Decreto; quedando redactado de la siguiente manera: VII. DE LA EJECUCIÓN.- Las acciones de control y sanciones a los vehículos menores estarán a cargo de la Subgerencia de Fiscaliza- ción según corresponda o la que haga sus veces o en sudefecto la persona jurídica designada por ésta; siendo la encargada de la detección de infracciones por incumpli- miento de las disposiciones legales vigentes, así como derealizar el seguimiento al cumplimiento de la sanción im- puesta a los conductores de vehículos menores; para lo cual contará con el apoyo y participación de personal de laPolicía Nacional del Perú, encargada del control de tránsi- to, a la cual ésta Subgerencia le entregará los formatos de levantamiento de denuncias o de imposición de papeletaspor triplicado , para la realización de los operativos de con- trol programados. La Subgerencia de Fiscalización, bajo responsabilidad, debe comunicar mensualmente al Regis-tro Nacional de Sanciones por Infracciones al Tránsito Te- rrestre, a cargo del Viceministro de Transportes, los actos administrativos de imposición de sanciones que se produz-can durante el mes inmediato precedente, una vez que éstos hayan sido debidamente notificados. POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ.- Es la encargada de brindar el apoyo a la Subgerencia de Fiscalización de la Municipalidad Distrital de Ate, en la detección de infraccio-nes de los conductores de vehículos menores por incumpli- miento de las normas dispuestas al tránsito terrestre y de- más normas legales vigentes, contando con la supervisiónde ésta en la realización de acciones de control en la vía pública a través de su personal (efectivos policiales) o em- pleando incluso medios de electrónicos, computarizados uotro tipo de mecanismos tecnológicos que permitan verifi- car la comisión de infracciones de manera verosímil, gene- rando la imposición de la papeleta por la comisión de lasinfracciones que correspondan a través de las papeletas establecidas por la Municipalidad Distrital de Ate; debiendo devolver la copia o cargo de las papeletas impuestas en eltranscurso del día, para su control y acciones respectivas y teniendo como requisito principal para levantar la papeleta el pago de la misma en las oficinas o agencias bancariasseñaladas por la Autoridad Municipal Distrital, siendo reali- zado el levantamiento a través del personal designado por la Subgerencia de Fiscalización, quien dará la orden de libe- ración del vehículo una vez cumplido con todos requisitosexigidos por las normas legales vigentes. Así también los efectivos policiales podrán realizar in- tervenciones a los conductores de vehículos mayores queinfrinjan lo establecido en el Reglamento Nacional de Trán- sito en la jurisdicción del distrito, siendo ésta impuesta a través de la papeleta establecida por la Municipalidad Pro-vincial; en este último caso el pago de la multa debe ser depositado en las oficinas o agencias bancarias señala- das por la Municipalidad Provincial. DEPÓSITO OFICIAL MUNICIPAL (DOM).- Se encuen- tra establecido en el Decreto de Alcaldía Nº 046-2003-MDA. VIII. DEL DOCUMENTO SUSTENTATORIO DE LA IM- POSICIÓN POR DETECCIÓN DE INFRACCIÓN: NOTIFICACIÓN (PAPELETA) DE INFRACCIÓN.- La papeleta por comisión de infracciones al tránsito o disposi- ciones legales por parte de los conductores serán propor-cionadas a la Policía Nacional del Perú por la Subgerencia de Fiscalización; asimismo esta última realizará la super- visión del personal de la PNP a su cargo. La papeleta de infracción contará con la información establecida en el Decreto de Alcaldía Nº 046-2003-MDA. IX. DEL PROCEDIMIENTO.- IX. 1 IMPOSICIÓN DE LA DENUNCIA DE SANCIÓN O PAPELETA.- El efectivo de la Policía Nacional del Perú interviniente en la acción de control a la detección de lainfracción y supervisado por personal de la Subgerencia de Fiscalización, ordenará al conductor que detenga el vehículo. Acto seguido, se acercará al conductor a fin desolicitarle su licencia de conducir, tarjeta de propiedad o tarjeta de identificación vehicular y verificado por personal de Fiscalización a efecto de levantar la papeleta. Los do-cumentos mencionados deben ser devueltos conjuntamente con copia de la papeleta firmada por el conductor y el efec- tivo de la Policía Nacional interviniente; debiendo removerel vehículo menor al local municipal autorizado más cerca- no, en caso lo indique el Reglamento Nacional de Tránsito o en cumplimiento de las normas emitidas por la Municipa-lidad Distrital. En caso que la persona intervenida se nie- gue a firmar la papeleta, el efectivo policial debe dejar cons- tancia del hecho en la misma papeleta. En ambos casosse entenderá debidamente notificado al conductor con la entrega de la papeleta. Asimismo el efectivo policial debe remitir a la Subgerencia de la Municipalidad Distrital de Ate,la copia o cargo de las papeletas impuestas en el transcur- so del día, para su control y acciones respectivas. Este trabajo será realizado diariamente a través de efec- tivos de la Policía Nacional del Perú, encargada al control del tránsito; siendo supervisada por personal de la Subge- rencia de Fiscalización de la Municipalidad Distrital de Ate;esto con el fin de realizar la fiscalización del tránsito y del transporte en vehículos menores en la jurisdicción de esta Corporación Edil. Las especificaciones del registro y control de sancio- nes impuestas, del abono del importe de la multa por in- fracción cometida y de la liberación del vehículo menor seencuentran establecidas en el Decreto de Alcaldía Nº 046- 2003-MDA. X. FORMATO DE DENUNCIA DE SANCIÓN O PAPE- LETA PARA VEHÍCULOS MENORES.- El formato se encuentra anexado en las páginas siguien- tes. Artículo Segundo.- Las especificaciones y definicio- nes de los numerales VII, VIII y IX que no han sido modifi- cados en el artículo anterior continuarán conforme a lo es-tablecido en el Decreto de Alcaldía Nº 046-2003-MDA. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde