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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G37/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 20 de mayo de 2004 rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF)US$ por T.M. Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche Entera en Polvo Del 1/5/2004 al 150 265 278 1965 15/5/2004 Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Viceministro de Economía 09531 EDUCACIÓN /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G30/G2D/G32/G30/G30/G32/G2D/G50/G43/G4D/G20/G71/G75/G65 /G63/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/GF3/G20/G65/G6C/G20/G50/G61/G74/G72/G6F/G6E/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G61/G6C/G61/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F DECRETO SUPREMO Nº 009-2004-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2002-PCM se constituyó el Patronato del Palacio de Gobierno con el ob-jeto de coadyuvar en la restauración integral del Palacio deGobierno y en su adecuado mantenimiento; Que, resulta necesario precisar que el Patronato del Palacio de Gobierno estará adscrito al Instituto Nacionalde Cultura - INC, Organismo Público Descentralizado delSector Educación que tiene entre sus finalidades adminis-trar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la na-ción, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgáni-ca del Ministerio de Educación - Decreto Ley Nº 25762, enla Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción Nº 24047, y el Reglamento de Organización y Funcio-nes del INC aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2003-ED; Que, el artículo 6º de la Ley del Poder Ejecutivo apro- bado mediante Decreto Legislativo Nº 560 establece quela Casa Militar, como parte integrante del Despacho Presi-dencial, se encarga de la administración y seguridad de laCasa de Gobierno, razón por la cual es necesario incorpo-rar al Consejo Directivo del Patronato del Palacio de Go-bierno a un representante del Despacho Presidencial, comoórgano del Poder Ejecutivo vinculado directamente con lafinalidad del Patronato; Que, asimismo, es necesario contar con un represen- tante del Colegio de Arquitectos y un historiador en su Con-sejo Directivo por estar vinculados a la finalidad del patro-nato, la restauración, puesta en valor y mantenimiento delPalacio de Gobierno; Que, con el objeto de lograr un adecuado funcionamiento del Patronato del Palacio de Gobierno, es pertinente modi-ficar el Decreto Supremo Nº 010-2002-PCM mediante elcual se constituye dicho patronato en los aspectos señala-dos; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1º.- Modificación Modifícase los artículos 1º, 3º, 5º y 6º del Decreto Su- premo Nº 010-2002-PCM, los mismos que quedarán re-dactados de la siguiente manera: "Artículo 1º.- Objeto Constitúyase el "Patronato del Palacio de Gobierno", adscrito al Instituto Nacional de Cultura - INC, con el obje-to de coadyuvar en la restauración integral del Palacio deGobierno y en su adecuado mantenimiento y preservación". "Artículo 3º.- Consejo Directivo El Consejo Directivo estará conformado por un total de siete miembros, de la manera siguiente:- El Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura, quien lo presidirá. - Un representante del Ministerio de Educación.- Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros. - Un representante del Ministerio de Economía y Finan- zas. - Un representante del Despacho Presidencial.- Un representante del Colegio de Arquitectos del Perú.- Un historiador designado por el Instituto Nacional de Cultura. Los representantes deberán ser designados mediante resolución del titular del sector al que pertenezca o de laautoridad que corresponda dentro de los 15 días siguien-tes a la entrada en vigencia del presente Decreto Supre-mo." "Artículo 5º.- Prohibición Los miembros del Consejo Directivo no percibirán asig- nación, dieta, ni ningún aporte económico, cualquiera fue-re su denominación, por su participación en las sesionesde dicho órgano colegiado." "Artículo 6º.- Reglamenación El Ministerio de Educación aprobará las normas regla- mentarias correspondientes, a propuesta del Consejo Di-rectivo del Patronato para su funcionamiento, en un plazomáximo de 30 días contados a partir de la entrada en vi-gencia del presente Decreto Supremo." Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Edu-cación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinue- ve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 09596 /G45/G78/G63/G6C/G75/G79/G65/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G6E/G65/G78/G6F/G20/G49/G49/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G32/G39/G2D /G32/G30/G30/G34/G2D/G45/G44/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G70/G69/G65/G7A/G61/G73/G20/G61/G72/G74/GED/G73/G74/G69/G63/G61/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 031-2004-ED Lima, 19 de mayo de 2004 Visto, el Oficio Nº 448-2004-INC/DN cursado por el Di- rector Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 029-2004-ED, publicada el 5 de mayo de 2004, se autorizó, a partir de lafecha de publicación de la citada resolución y hasta el 28de enero de 2005, la salida temporal del país de los bienesintegrantes del Patrimonio Cultural de la Nación detalladosen los Anexos I y II adjuntos a la referida resolución, a finque conformen la exposición denominada "Perú Indígenay Virreinal", que se llevará a cabo del 24 de mayo al 29 deagosto de 2004 en el Museu Nacional D' Art de Catalunya,Barcelona, España, y del 6 de octubre de 2004 al 6 deenero de 2005 en la Biblioteca Nacional, Madrid - España; Que, de acuerdo al Oficio Nº 448-2004-INC/DN, el Ins- tituto Nacional de Cultura comunica que por error involun-tario se consignó en el Anexo II (Listado de Piezas Artísti-cas para la Exposición: Perú Indígena y Virreinal) adjuntoa la citada Resolución, la Escultura Serafín con código Cz-6/V-2.1/B-20/8, y la Pintura Entrada Triunfal a Jerusalén concódigo Cz-6/V-2.0/B-20/30, pertenecientes al Monasteriode Santa Catalina; y la Escultura Arcángel con código Cz-6/V-2.1/B-5/34, perteneciente a la Parroquia de San Blas;piezas que no están consideradas para la citada exposi-ción;