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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G37/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 20 de mayo de 2004 mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si-guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Generalde Administración del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, describiendo las acciones realizadas y los re-sultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09484 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C /G61/G20/G4D/GE9/G78/G69/G63/G6F/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 374-2004-MTC/02 Lima, 17 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordanciacon sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supre-mo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servi-dores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras enti-dades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Minis-terial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en elDiario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepciónde las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, disponerestringir al mínimo indispensable los viajes al exterior del país encomisión de servicios, estableciendo que, para el caso del PoderEjecutivo, éstos serán aprobados por resolución suprema refren- dada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepción de los sectores de Rela-ciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de laDirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobarán por reso-lución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por laDirección General de Aeronáutica Civil como dependenciaespecializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales esta-blecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y po-der mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perúpor la Organización de Aviación Civil Internacional, debe man-tener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad ope-racional a través de la ejecución de inspecciones técnicas alos explotadores aéreos en el país, basado en las disposicio-nes establecidas en el citado Convenio y en los estándares dela Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta DINPU 299/04/ 04, de fecha 30 de abril del 2004, en el marco del Procedimien-to Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección Generalde Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido enel Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministe-rio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General deAeronáutica Civil, efectuar los chequeos técnicos en la aero-nave Boeing 767, en la ruta Lima - México - Lima, a sus tripu-lantes auxiliares José Salazar, Gina Rivera, Yelina Valdivia,Giorgio Pinasco, Dassia Castañeda, Renato Rodríguez, Fio-rella López, Regina Delgado y Clifford Arroyo, durante los días20 y 22 de mayo de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs. 7305, 7687, 8580, 8013 y 9194, la solicitante hacumplido con el pago del derecho de tramitación corres-pondiente al Procedimiento a que se refiere el considerandoanterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos yla Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Órdenes deInspección Nº 0690-2004-MTC/12.04-SDO y 0691-2004- MTC/12.04-SDO designando a las Inspectoras PatriciaVictoria Mc Callum Luján y Mercedes Delpino Aspiazu,respectivamente, para realizar los chequeos técnicos enla aeronave Boeing 767, en la ruta Lima - México - Lima,al personal aeronáutico propuesto por la empresa Lan PerúS.A., durante los días 20 al 22 de mayo del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de las referidas Inspectoras de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funcio-nes que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pue-dan realizar los chequeos técnicos a que se contraen lasÓrdenes de Inspección Nºs. 0690-2004-MTC/12.04-SDOy 0691-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de las señoritas Patricia Victoria Mc Callum Luján y Mercedes Delpino Aspiazu, Ins-pectoras de la Dirección General de Aeronáutica Civil delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, durante losdías 20 al 22 de mayo del 2004, para los fines a que secontrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado pre- cedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresaLan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 7305,7687, 8580, 8013 y 9194, abonados a la Dirección de Tesore-ría del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyen-do las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por usode aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por dos Inspector as) US$ 1,320.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 56.48 (por dos Inspectoras) Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, las Inspecto-ras mencionadas en el Artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un in-forme al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Ge-neral de Administración del Ministerio de Transportes y Co-municaciones, describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09482 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G72/G65/G6E/G75/G65/G76/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G2D /G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E /G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G42/G65/G74/G68/G65/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G74/G65/G6C/G65/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G55/G48/G46 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 067-2004-MTC/03 Lima, 13 de mayo del 2004 VISTAS, las Solicitudes Registros Nºs. 2003-007233 y P/D 040798, presentadas por la empresa BETHEL TELECOMUNI-CACIONES S.A.C., sobre renovación y transferencia de autori-zación a favor de la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, de laestación del servicio de radiodifusión por televisión en UHF, en eldistrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 327-93-TCC/15.17, del 22 de julio de 1993, se autorizó por el plazo de diez (10)años a la EMPRESA DE RADIODIFUSIÓN SÍNTESIS S.A.,para operar una estación del servicio de radiodifusión comer-cial por televisión en UHF, en la ciudad de Lima; Que, por Resolución Directoral Nº 006-2000-MTC/15.19, del 10 de enero de 2000, se autorizó modificar la frecuencia dela estación de televisión en UHF de la EMPRESA DERADIODIFUSIÓN SÍNTESIS S.A., asignándole el Canal 25,así como también se le autorizó el cambio de ubicación de susestudios y planta transmisora; Que, con Resolución Directoral Nº 073-2002-MTC/15.19, del 18 de abril de 2002, se reconoció la nueva denominación