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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2004 (20/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G37/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 20 de mayo de 2004 Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Estadística e Informáticadel Ministerio de Energía y Minas, ha otorgado medianteInforme de Disponibilidad Presupuestal para LicitacionesPúblicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Nº 014-EM-SG-OGP/PRES del 30 de abril de 2004, la correspon-diente disponibilidad presupuestal para efectuar la contra-tación del citado Estudio de Abogados; Que, el artículo 105º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, establece que deproducirse algún supuesto de exoneración que determinela necesidad de efectuar procesos de Adjudicación de Me-nor Cuantía, la adquisición o contratación deberá llevarsea cabo mediante acciones inmediatas sobre la base de laobtención de una cotización que cumpla los requisitos es-tablecidos en las Bases, con autorización expresa del Titu-lar del Pliego o de la máxima autoridad administrativa de laentidad, según corresponda; Que, adicionalmente el artículo 114º del referido Re- glamento, señala que la facultad de aprobación de las exo-neraciones no puede ser delegada por los titulares de lasentidades del Sector Público, conforme se establece en elartículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 19º y el artículo 20º del Texto Único Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; los artícu-los 111º y 114º de su Reglamento, aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM; la Ley Nº 28128, Ley de Pre-supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; elDecreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía yMinas; y, el Decreto Supremo Nº 025-2003-EM, que aprue-ba el Reglamento de Organización y Funciones del Minis-terio de Energía y Minas; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar al Ministerio de Energía y Minas, del Proceso de Concurso Público para la contratación del Es-tudio de Abogados Navarro, Sologuren, Paredes & Gray Abo-gados, a fin que preste el servicio de asesoría legal externa enel proceso judicial a que se refiere la parte considerativa de lapresente Resolución; disponiéndose que la contratación searealizada mediante la modalidad de Adjudicación de MenorCuantía por un valor referencial de S/. 150 000,00 (Ciento Cin-cuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles), incluido todo tipo de impues-tos y por el plazo que dure el proceso judicial. Artículo 2º.- Autorizar al Director Ejecutivo de la Direc- ción Ejecutiva de Proyectos - DEP, para que suscriba elcorrespondiente contrato con el Estudio de Abogados Na-varro, Sologuren, Paredes & Gray Abogados, para lo cualpreviamente el Comité Especial Permanente de la Direc-ción Ejecutiva de Proyectos - DEP deberá adoptar las ac-ciones pertinentes, de conformidad con lo dispuesto en elTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Ejecutiva de Proyectos, la remisión de una copia de la presente Re-solución y de los documentos del visto a la ContraloríaGeneral de la República, dentro de los (10) diez díascalendario siguientes a la fecha de su aprobación, con-forme a lo dispuesto por el artículo 20º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 09516 INTERIOR /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G41/G67/G72/G65/G67/G61/G64/G75/G72/GED/G61/G20/G50/G6F/G6C/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G61/G64/G73/G63/G72/G69/G74/G61 /G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65 /G45/G73/G70/G61/GF1/G61 DECRETO SUPREMO Nº 011-2004-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, en la actualidad existen Agregadurías Policiales en diversos países a cargo de Oficiales de la Policía Nacio-nal del Perú, las mismas que permiten mantener una co-municación fluida y oportuna respecto a los aspectos poli-ciales de los países en los cuales se encuentran acredita-das, con la finalidad de incrementar las relaciones, inter-cambio y cooperación policial para el desarrollo de la Insti-tución; Que, las Agregadurías Policiales permiten el intercam- bio de información policial para prevenir, contrarrestar yneutralizar la delincuencia internacional organizada, queen sus distintos tipos y procedimientos acosan a nuestropaís; Que, los momentos actuales exigen tecnificar y actuali- zar el quehacer policial a través de la cooperación técnicapermanente, aplicación de métodos, sistemas y procedi-mientos que permitan garantizar la paz y el orden, contri-buyendo al desarrollo y fortalecimiento de los pueblos delos que forman parte las organizaciones policiales; Que, la existencia de nexos de la acción delictiva entre Perú y el Reino de España hacen necesaria la creación deuna Agregaduría Policial con la finalidad de que exista flui-dez y permanente intercambio de información para preve-nir, contrarrestar y neutralizar la delincuencia internacionalorganizada; De conformidad al D.S. Nº 002-93-N del 3.MAY.93 que aprueba la afiliación de la Policía Nacional del Perú a laOrganización Internacional de Policías Uniformadas (OIPU)y a los Artículos 3º y 37º de la Ley del Poder Ejecutivopromulgada por Decreto Legislativo Nº 560 del 28.MAR.90; DECRETA:Artículo 1º.- Créase la Agregaduría Policial adscrita a la Embajada del Perú en el Reino de España. Artículo 2º.- Los gastos que origine el funcionamiento de la Agregaduría Policial a la Embajada del Perú en elReino de España, serán con cargo al presupuesto del Plie-go del Ministerio del Interior. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinue- ve días del mes de mayo de dos mil cuatro. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 09601 /G50/G61/G73/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G74/G69/G72/G6F/G20/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G6F/G6C/G69/G63/GED/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 223-2004-IN Lima, 19 de mayo de 2004CONSIDERANDO: Que, el artículo 168º de la Constitución Política del Perú, establece que las leyes y reglamentos respectivos deter-minan la organización, las funciones, las especialidades,la preparación y el empleo; y norman la disciplina de laPolicía Nacional del Perú; Que, el Decreto Legislativo Nº 745, Ley de Situación Policial del Personal de la Policía Nacional del Perú, prevéen su artículo 50º, inciso c, el Pase a la Situación de Retiropor la Causal de Renovación; Que, el artículo 32º de la Ley Nº 27238, Ley de la Poli- cía Nacional del Perú establece que el Pase a la Situaciónde Retiro por Renovación se efectúa sobre la base de unapropuesta elaborada por el Consejo de Calificación pre-sentada al Ministro del Interior por el Director General dela Policía Nacional del Perú; Que, dicha causal tiene como finalidad procurar la re- novación constante de los Cuadros de Personal, atendien-do a las necesidades del servicio de la Institución Policial,haciendo posible la reformulación periódica de los mismos,