Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2004 (20/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 20 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, en tal sentido, el numero de piezas autorizadas para la exposicion "Peru Indigena y Virreinal", ha variado de 238 a 235, siendo necesario enmendar lo senalado en el primer considerando de la referida Resolucion Suprema; Que, el articulo 14º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, senala que cuando el vicio del acto administrativo por el incumplimiento a sus elementos de validez, no sea trascendente, prevalece la conservacion del acto, procediendose a su enmienda por la propia autoridad emisora; Que, asimismo, el numeral 14.2.3 del articulo 14º de la citada Ley indica que son actos administrativos afectados por vicios no trascendentes: el acto emitido con infraccion a las formalidades no esenciales del procedimiento, considerando como tales aquellas cuya realizacion correcta no hubiera impedido o cambiado el sentido de la decision final en aspectos importantes, o cuyo incumplimiento no afectare el debido MORDAZA del administrado; Que, en virtud a lo senalado en los citados dispositivos legales se ha considerado necesario enmendar los vicios consignados en la Resolucion Suprema Nº 029-2004-ED; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 24047, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Excluir del Anexo II de la Resolucion Suprema Nº 029-2004-ED, las siguientes piezas artisticas:
MORDAZA CUSCO: Monasterio de MORDAZA MORDAZA Escultura Pintura Parroquia de San MORDAZA Escultura TITULO CODIGO

juridica inscrita en la Partida Nº 11393349 del Registro de Personas Juridicas de Lima; CONSIDERANDO: Que, Red de Energia del Peru S.A. - REP presento con fecha 17 de octubre de 2002, el documento con registro Nº 1386012, solicitando se le tenga como titular de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro Naranjillo, ubicada en el distrito de Padre Luyando, provincia de MORDAZA MORDAZA y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM que figuran en el Expediente Nº 41111801; Que, en virtud de la Resolucion Suprema Nº 0212003-EM de fecha 25 de marzo de 2003, se aprobo la transferencia a favor de REP de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en las lineas de transmision y subestaciones comprendidas en el articulo 1º de la Resolucion Suprema Nº 071-96-EM de fecha 23 de agosto de 1996, de la que era titular la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. - ETECEN; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 3472001-EM/VME de fecha 24 de MORDAZA de 2001, se impusieron a favor de ETECEN las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro Naranjillo; Que, en razon del Contrato de Cesion de Posicion Contractual suscrito con fecha 5 de setiembre de 2002 entre ETECEN y REP, la primera cede a favor de la MORDAZA su posicion contractual frente al Estado en los derechos y obligaciones establecidos en el Contrato de Concesion Nº 061-95; Que, de acuerdo con los articulos 1035º y 1036º del Codigo Civil, concordados con el articulo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y los articulos 216º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, la servidumbre electrica es un derecho que se constituye en beneficio de la concesion definitiva, solo puede transmitirse con MORDAZA y subsiste mientras MORDAZA se encuentre vigente; Que, en virtud de la transferencia mencionada en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, REP adquirio todos los derechos y obligaciones inherentes a la concesion definitiva, entre los cuales se encuentran las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro Naranjillo, cuya transferencia a su favor ha solicitado formalizar mediante la correspondiente Resolucion Ministerial, de acuerdo con el articulo 111º de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos en la normatividad legal vigente, ha emitido el Informe Nº 079-2004-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Tener a Red de Energia del Peru S.A. como titular de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro Naranjillo, que fueran impuestas mediante la Resolucion Ministerial Nº 347-2001-EM/ VME de fecha 24 de MORDAZA de 2001. Articulo 2º.- Red de Energia del Peru S.A., ejercera los derechos y obligaciones inherentes a las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y la Resolucion Ministerial Nº 347-2001-EM/VME.

MORDAZA Entrada Triunfal a MORDAZA

Cz-6/V-2.1/B-20/8 Cz-6/V-2.0/B-20/30

MORDAZA

Cz-6/V-2.1/B-5/34

Articulo 2º.- Modificar el primer considerando de la Resolucion Nº 029-2004-ED, en los terminos siguientes: "Que, mediante Cartas s/n de fecha 22 de marzo y 20 de MORDAZA de 2004, el Presidente de la Sociedad Estatal para la Accion Cultural Exterior de Espana - SEACEX, Dr. MORDAZA Garin Llombart, solicito autorizacion para la salida temporal del MORDAZA de doscientos treinta y cinco (235) bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion ..." Articulo 3º.- Los demas extremos de la citada Resolucion Suprema, quedan subsistentes y mantienen plena vigencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 09597

ENERGIA Y MINAS
Disponen tener a Red de Energia del Peru S.A. como titular de servidumbres de sistema de telecomunicaciones, de MORDAZA, de electroducto y de paso
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 196-2004-MEM/DM
MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2004 VISTA: La solicitud de transferencia de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro Naranjillo, presentada por Red de Energia del Peru S.A. - REP, persona

Registrese, comuniquese y publiquese.
MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 08586

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