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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G37/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 20 de mayo de 2004 social de la EMPRESA DE RADIODIFUSIÓN SÍNTESIS S.A. por la de BETHEL TELECOMUNICACIONES S.A.C. y se leautorizó el cambio de ubicación de la planta transmisora de suestación del servicio de radiodifusión comercial por televisiónen UHF al distrito de Chorrillos, provincia y departamento deLima; Que, la empresa BETHEL TELECOMUNICACIONES S.A.C., ha solicitado la renovación de su autorización otorgadapor Resolución Ministerial Nº 327-93-TCC/15.17, así como quese apruebe la transferencia de la citada autorización a favor dela ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, adjuntando un "Con-trato de Transferencia de Autorización de Radiodifusión" del 08de julio de 2003, suscrito entre ambas partes, en virtud delcual la primera de las mencionadas acuerda transferir a la se-gunda, la autorización del servicio de radiodifusión comercialpor televisión en UHF descrita en el primer considerando, su-peditando la vigencia del contrato a la aprobación previa queotorgue este Ministerio para la referida transferencia de la au-torización; Que, por Resolución Directoral Nº 015-2004-MTC/17 se acumuló los procedimientos administrativos iniciados por laempresa BETHEL TELECOMUNICACIONES S.A.C., medianteSolicitudes de Registros Nºs. 2003-007233 y 040798 sobre larenovación de autorización otorgada por Resolución Ministe-rial Nº 327-93-TCC/15.17 y aprobación de transferencia de di-cha autorización a favor de ASOCIACIÓN CULTURAL BE-THEL; Que, el artículo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones dispone que las renovaciones de autori-zaciones del servicio de radiodifusión se presentan 3 mesesantes del vencimiento del plazo otorgado; a su vez el artículo182º del citado Reglamento General dispone que tratándosede los servicios de radiodifusión es requisito indispensable paraque opere la renovación automática haber cumplido con lospagos de los derechos, tasa anual, canon anual y demás con-ceptos que se adeuden al Ministerio, vinculados a telecomuni-caciones; Que, el artículo 120º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones son in-transferibles total o parcialmente, salvo aprobación previa yexpresa del Ministerio, siempre que hayan transcurrido dos (02)años, contados a partir de la fecha de su entrada en vigencia,tratándose de servicios de radiodifusión; Que, el artículo 99º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones y sus modificatorias, establece que elservicio de radiodifusión educativa es prestado por personasjurídicas sin fines de lucro; Que, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Te- lecomunicaciones mediante Informe Nº 043-2004-MTC/17.01.ssr, opina que la estación del servicio de radiodifusiónpor televisión autorizada por Resolución Ministerial Nº 327-93-TCC/15.17 se encuentra en aptitud técnica y legal para conti-nuar operando el servicio de radiodifusión, por lo que emite suconformidad respecto a la solicitud de renovación, incluyéndo-se la adecuación del tipo de emisión; asimismo, encuentra pro-cedente aprobar la transferencia de la citada autorización afavor de la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, reconocién-dola como titular de la autorización, al haberse verificado queha cumplido con los requisitos para aprobar la transferencia,indicando además que teniendo en cuenta que la adquirientees una asociación, que por su naturaleza jurídica no tiene finesde lucro, le corresponde operar el servicio de radiodifusión ob-jeto de transferencia y renovación en la modalidad de educati-va; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Su-premo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio de Transportes yComunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, el TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, lasNormas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas porResolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y, Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada a la empresa BETHEL TELECOMUNICACIONESS.A.C., por Resolución Ministerial Nº 327-93-TCC/15.17, paraoperar el servicio de radiodifusión comercial por televisión enUHF, ubicada en el distrito de Chorrillos, provincia y departa-mento de Lima, a favor de la ASOCIACIÓN CULTURAL BET-HEL, reconociéndola a ésta última como titular de la referidaautorización, por los fundamentos expuestos en la parte con-siderativa de la presente resolución.Artículo 2º.- Renovar la autorización otorgada por Resolu- ción Ministerial Nº 327-93-TCC/15.17 a favor de la ASOCIA-CIÓN CULTURAL BETHEL, para prestar el servicio de radio-difusión por televisión en UHF, en la modalidad educativa, en eldistrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, deacuerdo a las características técnicas que se detallan a conti-nuación : Servicio : TV-UHF Canal : 25 Banda: IVFrecuencia Video: 537.25 MHzFrecuencia Audio: 541.75 MHz Indicativo : OBV-4MEmisión : Video: 5M45C3F Audio: 50K0F3E Potencia : Video: 10 KW. Audio: 1 KW. Ubicación de laEstación :Estudios : Av. 28 de Julio Nº 1781, distrito de La Vic- toria, provincia y departamento de Lima. CoordenadasGeográficas:Longitud Oeste: 77° 01' 26.4"Latitud Sur: 12° 03' 43.4" Planta : Cerro Marcavilca, distrito de Chorr illos, provincia y departamento de Lima. CoordenadasGeográficas:Longitud Oeste: 77° 01' 35.2"Latitud Sur: 12° 10' 54.6" Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de 74 dBuV./m. Artículo 3º.- La renovación de la autorización a que se refiere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez(10) años, que vencerá el 22 de julio de 2013. La Dirección General de Gestión de Telecomunicacio- nes procederá a extender la correspondiente licencia deoperación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 09481 /G52/G65/G6E/G75/G65/G76/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G61 /G22/G41/G65/G72/G6F/G69/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E/G22/G20/G70/G61/G72/G61/G65/G6C/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G79/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G74/G61/G2D/G6C/G6C/G65/G72/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 059-2004-MTC/12 Lima, 4 de mayo del 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 071-99-MTC/ 15.16, del 28 de abril de 1999, se autorizó a la empresa"AEROINVERSIONES DEL PERÚ S.A.C." para el funcio-namiento y operación como Taller de Mantenimiento Aero-náutico, por el plazo de cinco (5) años, a partir del día si-guiente de la publicación de la citada Resolución Directoral,en el Diario Oficial El Peruano, con las habilitaciones que endicha Resolución se consignan; Que, la citada empresa mediante solicitud del 25 de marzo del 2004 ha solicitado la renovación de su permisode Operación, habiendo cumplido para el efecto, con los re-querimientos prescritos en las Regulaciones Aeronáuticasdel Perú, en su Parte 145 relacionada con el establecimien-to de un Taller de Mantenimiento Aeronáutico Nacional; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la Declaración Jurada, mediante el cual dejan constancia que ala fecha subsisten las condiciones Técnicas y Administrati-vas que dieron mérito al otorgamiento original del Permisopara las operaciones de mantenimiento, mantenimiento pre-ventivo, reparaciones y alteraciones de aeronaves; De conformidad con el artículo 9º de la Ley de Aero- náutica Civil del Perú, Ley Nº 27261 y su Reglamento De-