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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2004 (22/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G38/G39/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 22 de mayo de 2004 cuadros estadísticos, entre otros. Así como el Informe Técnico y Legal correspondiente; Que, mediante Oficios Nº 160-2004-GR-U-DRSU- DCAN-Nº 18, de fecha 22.4.04 y Oficio Nº 678-2004-GR-UCAYALI-DRSU/DLA/DEA/DG, de fecha 12.4.04,se sustenta técnicamente la necesidad de declarar la exoneración de la Licitación Pública Nacional para la adquisición, durante el período de 1 de abril al 15 demayo del presente año, de diversos alimentos parapersonas, tales como: a) Víveres frescos, b) Víveressecos y c) Cárnicos, siendo el monto total de la exo-neración la suma de S/.64,500.00 (sesenta y cuatro mil quinientos y 00/100 nuevos soles); esto en aten- ción que, a pesar de que se encuentra en trámite elproceso de selección correspondiente, para la adqui-sición de alimentos para la personas para el CAN Nº18, es imperiosa la necesidad de contar con los ali-mentos de manera inmediata, toda vez que la entidad dejaría de brindar un servicio social esencial, de apo- yo a los comensales indigentes y personas de la ter-cera edad, quienes son los principales clientes delcomedor CAN Nº 18, mediante subsidio económico eincluso sin costo alguno; Que, mediante Informe Legal Nº 002-2004- G.R.Ucayali-DRSU-OAL, de fecha 30.3.04, se justifi- ca legalmente la adquisición de diversos alimentos,especificados en el anexo I del Informe Técnico an-tes referido, mediante la exoneración del proceso deselección Licitación Pública Nacional; así se tiene queel artículo 19º inciso a) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, prevé la exoneración del proceso de selección porLicitación Pública, Concurso Público o AdjudicaciónDirecta para las contrataciones que se realicen ensituación de urgencia, declaradas conforme a ley,causal aplicable al presente caso, pues concurre el riesgo inminente de la ausencia de bienes alimenta- rios que comprometerían en forma directa la presta-ción del servicio de alimentación gratuita y semigra-tuita (subsidiada) que brinda el Centro de Alimenta-ción y Nutrición CAN Nº 18 - Pucallpa y Comedor delHospital Regional de Pucallpa, de la Dirección Re- gional Sectorial de Salud de Ucayali. Se debe preci- sar que el artículo 108º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº013-2001-PCM, segundo numeral, señala que lasituación de urgencia es una medida temporal anteun hecho de excepción, que determina una acción rápida a fin de contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el proce-so de selección correspondiente. Asimismo se hacumplido con lo señalado por el Art. 113º del regla-mento precitado, el cual establece que las resolucio-nes o acuerdos que aprueben la exoneración de los procesos de selección, deben requerir obliga- toriamente un Informe Técnico-Legal previo, emitidopor las áreas técnica y de asesoría jurídica de la en-tidad, dichos informes deben contener la justificacióntécnica y legal de la contratación, así como la nece-sidad de la exoneración. Asimismo señala que el Centro de Alimentación y Nutrición Nº 018 - Pucallpa y el Comedor del Hospital Regional de Pucallpa, sonórganos desconcentrados de la Dirección Regionalde Salud de Ucayali, cuya política, objetivo y fines esvelar por las familias de alto riesgo de desnutrición yatención a pacientes de bajos recursos económicos, en consecuencia, la paralización en su funcionamien- to repercute en las esferas alimenticias de familiasdesprotegidas nutricionalmente. Finalmente se señalaque es necesario evitar el desabastecimiento de losalmacenes de las referidas unidades ejecutoras,mientras se culmine el proceso de selección correspondiente, cuyo trámite se dio inicio una vez aprobado el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones de la Dirección Regional Sectorial deSalud de Ucayali por Resolución Directoral Nº 047-2004-GRU-DRSU-OL, de fecha 19.2.04, permitiendodefinir los niveles de gasto integrado por dos ejecuto- ras del mismo sector, lo cual contribuye al ahorro de un solo costo económico;Que, en el presente caso la adquisición a exonerar debe ser con cargo a la Cadena Funcional Programática- Programa 064, Función 14, Partida 531124, Meta 030,Recursos Ordinarios de la entidad; siendo el tiempo devigencia de la exoneración del proceso de selección apartir de la fecha hasta el 31.5.04; Al amparo de la Ley de Bases de la Descentrali- zación - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de los Gobier-nos Regionales - Ley Nº 27867, Texto Único Ordena-do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado - D.S. Nº 012-2001-PCM, Reglamento de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 013-2001-PCM y Directiva Nº 011-2001-CON- SUCODE-PRE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Ur- gencia la adquisición para el Centro de Alimentacióny Nutrición Nº 018 - Pucallpa y Comedor del HospitalRegional de Pucallpa de la Dirección Regional Secto-rial de Salud de Ucayali, de alimentos para personas,detallados en el Oficio Nº 160-2004-GR-U-DRSU- DCAN-Nº 018, de fecha 22.4.04; en consecuencia, EXONÉRESE del Proceso de Selección de LicitaciónPública Nacional, debiendo realizarse la adquisiciónmediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuan-tía, siendo el período de exoneración de cuarenta ycinco (45) días a partir de la fecha de expedición de la presente resolución. Artículo Segundo.- AUTORÍCESE la adquisición de los bienes citados en el artículo precedente, a la Direc-ción Regional Sectorial de Salud de Ucayali, por el mon-to estimado total de S/.64,500.00 (sesenta y cuatro milquinientos y 00/100 nuevos soles); financiados con re- cursos ordinarios de la entidad. Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE, la presente reso- lución en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo nomayor de 10 días hábiles, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- REMÍTASE copia de la presente resolución a la Contraloría General de la República den- tro del plazo de 10 días calendario, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ Presidente Regional 09694 /G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G2D /G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G65/G78/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G69/G2D/G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G55/G63/G61/G79/G61/G6C/G69 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0564 -2004-GRU-P Pucallpa, 19 de mayo de 2004 VISTO; El Informe Nº 002-2004-GRU-P-CAHPAD de la Comisión Ad Hoc de Procesos Administrativos Disci-plinarios, y demás antecedentes; CONSIDERANDO: Que, la Comisión AD HOC de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios de esta sede institucional y dela revisión del Informe Nº 012-2003-2-5354, denomi-nado "Examen Especial sobre Utilización de Recur-sos en la Ejecución de Proyectos en el EX CTAR UCA-YALI", se ha determinado que el Ing. LIZARDO CABA- LLERO DELGADO EX Presidente Ejecutivo del EX CTAR UCAYALI, es presunto responsable de las faltasadministrativas previstas en el Art. 28º Incs. a) y d) del