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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2004 (22/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 43

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G38/G39/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 22 de mayo de 2004 contratar para el desarrollo de la consultoría materia de exoneración, así como precisar el valor referencial y elplazo estimado de la contratación; Que, en consecuencia, es necesario complementar el contenido de los artículos pertinentes de la Resolu-ción Nº 137-2004-P/IPD, a efecto de atender las obser- vaciones del Consejo Superior de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado; En uso a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 28036 - Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, y deconformidad con las disposiciones del Texto Único Or-denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Complementar el contenido de los ar- tículos 1º y 2º de la Resolución Nº 137-2004-P/IPD de fecha 13 de abril de 2004, los mismos que quedarán re-dactados de la siguiente manera: Artículo 1º.- Aprobar, la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva, para la contratación por servicios personalísimos de la empresa contratista SER- VICIOS DE INGENIERÍA, TECNOLOGÍA Y CONSTRUC-CIÓN S.A.C. SEINTEC, para que realice la elaboracióndel Expediente Técnico de la obra: "Reconstrucción deun Sector de la Tribuna Oriente, obras complementariasy servicios higiénicos del Estadio Garcilaso del Cusco". Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Admi- nistración a realizar la contratación a que se refiere elartículo precedente mediante el proceso de Adjudicaciónde Menor Cuantía, por un período de veinte (20) díascalendario y hasta por la suma de Sesentitrés Mil No-ventidós y 50/100 Nuevos Soles (S/. 63,092.50) incluido el IGV, con cargo al Presupuesto del Instituto Peruano del Deporte, Ejercicio Fiscal 2004, fuente de financia-miento recursos ordinarios. Artículo 2º.- La presente Resolución, que levanta las observaciones formuladas por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, complementa el proceso de adjudicación de menor cuantía iniciado enmérito a la Resolución Nº 137-2004-P/IPD. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado y, Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVÁN CÉSAR DIBOS MIER Presidente 09687 INSTITUTO TECNOLÓGICO PESQUERO DEL PERÚ /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G2D /G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G67/G69/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64 /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G54/G50/G2C/G20/G6D/G65/G2D /G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G2D/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 28-2004-ITP/DE Callao, 14 de mayo de 2004 Visto el Memorándum Nº 444-2004-ITP/OA del 14 de mayo de 2004, mediante el cual la Oficina de Adminis-tración manifiesta que subsiste la situación de urgencia declarada por la Resolución Ejecutiva Nº 25-2004-ITP/ DE del 28 de abril de 2004, razón por cual solicita laexpedición de una nueva resolución ejecutiva, amplian-do la situación de urgencia del servicio complementario de vigilancia y seguridad integral, por el tiempo que de-more la culminación del Concurso Público Nº 2-2004-ITP al haberse interpuesto un recurso de apelación; CONSIDERANDO: Que el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con lo dispuesto en el Artículo 108ºde su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que se encuentran exonera- das de los procesos de Licitación Pública, ConcursoPúblico o Adjudicaciones Directas las adquisiciones ycontrataciones que se realicen por situación de urgen-cia; Que una vez aprobada la exoneración correspon- diente, la contratación debe efectuarse a través de un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, conforme alo establecido por el Artículo 20º del mencionado TextoÚnico Ordenado; asimismo, el Artículo 21º del mismocuerpo de ley, considera situación de urgencia cuandola ausencia extraordinaria o imprevisible de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la con- tinuidad de los servicios esenciales de la Entidad o delas operaciones productivas que tuviera a su cargo; Que el ITP, mediante la resolución ejecutiva de la re- ferencia, declaró en situación de urgencia por el períodode quince (15) días a partir del 1 de mayo de 2004, el servicio complementario de vigilancia y seguridad inte- gral de las instalaciones del ITP, considerando que elConcurso Público Nº 2-2004-ITP, convocado para la con-tratación del mismo, excedía el 30 de abril de 2004, fe-cha en que concluyó el contrato con la empresa que ve-nía prestando dicho servicio; Que el Comité Especial designado para que lleve a cabo el referido concurso, ha elevado a la Dirección Eje-cutiva, con Oficio Nº 18-2004-ITP/PCE del 12 de mayode 2004, el recurso de apelación presentado por la Em-presa de Administración y Servicios S.R.L. (EMASER),contra el acto de otorgamiento de la Buena Pro, para que resuelva, en su calidad de más alta autoridad admi- nistrativa de la Institución, acción que deja en suspensotodos los plazos de ley; subsistiendo en consecuenciala situación de urgencia; Que de conformidad con el memorándum del exor- dio, la Oficina de Administración, informa que las instalaciones de la Institución como laboratorios, salas de experimentación, plantas pilotos y oficinas adminis-trativas, no pueden quedarse sin la debida protección deseguridad, ya que por su ubicación geográfica están ex-puestas en forma permanente, a los riesgos de robo,asalto, deterioro, maltrato y otras contingencias en des- medro de su integridad física, por cuya razón solicita declarar en Situación de Urgencia el servicio comple-mentario de vigilancia y seguridad integral, por el tiempoque dure el procedimiento interpuesto y hasta que seresuelva en forma definitiva esta situación; Que por su parte, el Informe Legal Nº 019-2004-ITP/ OAJ del 14 de mayo de 2004, de la Oficina de Asesoría Jurídica, señala que la situación descrita comprometeen forma directa la continuidad de los servicios esencia-les y operativos del ITP; lo que determina que se confi-gure la subsistencia de la situación de urgencia previstaen el Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado y en el numeral 2 del Artículo 108º de su Reglamento; Que del contenido de los referidos informes se conclu- ye que técnica y legalmente se justifica la exoneracióndel proceso de selección para la contratación del servi-cio complementario de vigilancia y seguridad integral, cumpliéndose de esta forma con lo establecido en el Ar- tículo 113º del mencionado Reglamento; Que en los Artículos 105º y 116º del referido Regla- mento, se establecen los procedimientos a los deben su-jetarse tales contrataciones, precisándose que deberáindicarse en la resolución de exoneración el órgano que se encargará de llevar a cabo dicha contratación; igual- mente conforme a lo dispuesto en el numeral 6.5 de las