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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2004 (23/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G39/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de mayo de 2004 /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G32/G32 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G63/G65/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G74/G72/GE1/G6D/G69/G2D/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G70/G65/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G70/G61/G74/G69/G62/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65 /G75/G73/G6F/G20/G79/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F ORDENANZA Nº 112-MDL Lince, 28 de abril del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO:VISTO en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 001-2004- MDL-CAL de la Comisión de Asun-tos Legales y el Dictamen Nº 002-2004-MDL-CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano respecto a la Ordenanza Nº 022 de la Municipalidad Distrital de Lince publicada el18 de agosto del 2000 en el Diario Oficial El Peruano; y, CONSIDERANDO:Que, según los dictámenes de vistos, de acuerdo al In- forme Nº 068-2004-MDL/GDU del 31 de marzo del 2004 dela Gerencia de Desarrollo Urbano luego de la evaluación respecto de las ordenanzas que se venían aplicando para otorgar Licencias, Certificados y otros, ha establecido quela Ordenanza Nº 022 aprobada por el Concejo de fecha 10 de agosto del 2000 y publicada en el Diario Oficial El Pe- ruano el 18 de agosto del 2000, se emitió con la finalidadde regularizar la existencia de diversos negocios que ve- nían operando sin autorización municipal, aprobando un régimen de excepción incorporando al índice de Usos acti-vidades comerciales en diversas zonas residenciales antes no permitidas; Que, la Jefatura de Comercialización, Anuncios y Orna- to con el Informe Técnico Nº 157-2004-GDU/JCAO del 30 de marzo del presente año, señala que la Ordenanza Nº 022-MDL-2000 está generando la transformación del usodel suelo urbano, lo que está conllevando a la alteración de las zonas residenciales el tipo R-2, R-3, R-4, R-5, R-6 des- virtuando su carácter residencial y teniendo en considera-ción que se trataba de una Ordenanza transitoria, sugiere su derogación; Que la Gerencia de Asesoría Jurídica con Informe Nº 091-2004-MDL-GAJ del 14 de abril del 2004, luegodel análisis a los documentos emitidos por la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Ordenanza Nº 022-MDL- 2000, señala que dicha Ordenanza tiene carácter transi-torio la misma que a la fecha cuenta con tres años y ocho meses de vigencia, además que corresponde a la Municipalidad Provincial planificar integralmente el de-sarrollo local y el ordenamiento territorial, organizando el espacio físico y el uso del suelo, conforme lo estable- ce el artículo 73º numeral a) de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, las municipalidades distrita- les dentro de sus funciones específicas exclusivas pue- den otorgar autorizaciones para la apertura de estableci-mientos comerciales, industriales y de actividades pro- fesionales de acuerdo con la zonificación conforme a lo previsto en el artículo 79º numeral 3.6.4 de la acotada;esto significa que debe haber concordancia entre las disposiciones emanadas de la Municipalidad Metro- politana de Lima (índice de usos) y las aprobadas parael Distrito (Plano de Zonificación Distrital de Lince), en consecuencia, la Ordenanza Nº 022-MDL-2000 por con- sideraciones técnicas y legales debe ser derogada; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite dela lectura y aprobación del Acta, el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO, la Orde- nanza Nº 022 de la Municipalidad Distrital de Lince de fecha 10 de agosto del año 2000 sobre Régimen de ex- cepción para el trámite de expedientes de compatibili-dad de uso y licencias de funcionamiento, por las razo- nes expuestas en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General, y la Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 09692Nº de DENOMINACIÓN DEL REQUISITOSDERECHOCALIFICACIÓNDEPENDENCIA AUTORIDAD AUT ORIDAD Orden PROCEDIMIENTO DE PAGO AUTO- EVALUACIÓN DONDE QUE QUE RESUELVE % UIT MÁTICO PREVIA INICIA EL APRUEBA EL RECURSO SILEN- SILEN- TRÁMITE EL TRÁMITE IMPUGNATIVO CIO (+) CIO (-) R A JEFATURA DE SANIDAD 4.06Licencia Municipal para la Tenencia 1).Solicitud dirigida al Alcalde 20 días Jefatura de Jef atura Alcalde Concejo de un Can Potencialmente Peligroso 2).Pago por derecho de trámite 1.0000 Hábiles T rámite de Muni- 3) Acreditar aptitud psicológica Documentario Sanidad cipal del propietario mediante certificado o constanciaexpedida por un Psicólogo Colegiado. Ley N° 27596 Reg. Jurídico de Canes 4).Acompañar informe Técnico- Ordenanza N° 062 - MDL Pericial del can elaborado por el Médico Veterinario Colegiado y Hábil en el ejercicio de laprofesión, el mismo que debe contener la identificación del propietario o poseedor del can,su dirección domiciliaria, caracteristicas físicas que permitan identificar al can,examen clinico, vacunas, antecedentes veterinarios, su condición de animal peligrosoo no y antecedentes de incidencia de agresión 5) Copia del documento deidentidad del propietario o poseedor. 6) Presentación del Can conbozal y correa. 09691