Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2004 (23/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 23 de MORDAZA de 2004

cuales aporten aspectos ambientales adicionales a la organizacion. D.5.3.22 Evaluacion y registro de la mejora continua y de la prevencion de la contaminacion Con objeto de proporcionar confianza de que las organizaciones tienen en marcha procesos para conseguir la mejora continua y la prevencion de la contaminacion, los procedimientos de los organismos de certificacion deberian reflejar los siguientes factores: a) la organizacion debe definir los medios a traves de los cuales se alcanza su politica de compromiso con la mejora continua y prevencion de la contaminacion, asi como, desarrolla su(s) proceso(s) para llevarlo a cabo y para medir los progresos relacionados. b) el organismo de certificacion debe evaluar que dichos procesos son apropiados y se observa su ejecucion. c) el organismo de certificacion deberia identificar, para la organizacion, cualquier incoherencia entre la politica, los objetivos y metas y sus procesos o el resultado de su aplicacion. D.5.3.23 Documentacion del SGA La documentacion deberia describir el SGA y clarificar la relacion con cualquier otro sistema de gestion en funcionamiento en la organizacion o que tenga influencia en el SGA sujeto a certificacion. Se puede combinar la documentacion de un SGA con la de otros sistemas de gestion (como calidad, o seguridad y salud laboral) siempre que pueda identificarse claramente el SGA asi como sus interfaces con los otros sistemas. D.5.3.24 Auditorias de gestion conjuntas La auditoria puede combinarse con auditorias de otros sistemas de gestion. Esta combinacion sera posible si se puede demostrar que la auditoria satisface todos los requisitos para la certificacion del SGA. El plan de auditoria deberia identificar el papel de cada uno de los miembros del equipo asi como el criterio (norma o referencial) que cada uno va a auditar. Deberan estar MORDAZA y ser facilmente identificables todos los elementos importantes de un SGA en el informe de auditoria. La calidad de la auditoria no deberia verse afectada negativamente por la combinacion de las auditorias. 5.4 INFORME DE EVALUACION Directrices del IAF relativas a la clausula 5.4 (D.5.4.1) D.5.4.1 Un auditor debera explicar los hallazgos de la auditoria y/o clarificar los requisitos de la MORDAZA de evaluacion durante la auditoria y/o en la reunion de cierre pero no debera dar consejos o consultoria como parte de la evaluacion. 5.5 DECISION SOBRE LA CERTIFICACION Directrices del IAF relativas a la clausula 5.5 (D.5.5.1 D.5.5.7) D.5.5.1 La informacion recogida durante el MORDAZA de certificacion deberia ser suficiente para: a) que el organismo de certificacion pueda tomar una decision fundada sobre la certificacion (o para re-certificacion despues de una re-evaluacion). b) asegurar la necesaria trazabilidad en el caso, por ejemplo, de una apelacion, o la planificacion de la siguiente auditoria (que podria ser realizada por un equipo diferente). c) asegurar la continuidad del proceso. Ademas de los requisitos referentes a la elaboracion de informes que se establecen en la clausula 5.4.1.e), la informacion recogida durante la auditoria deberia incluir: d) el grado de confianza existente en las auditorias internas. e) un resumen de las observaciones mas importantes, tanto positivas como negativas, con respecto a la aplicacion y eficacia del sistema de gestion ambiental. f) las conclusiones del equipo auditor. D.5.5.2 Informe del equipo auditor al organismo de certificacion

Con objeto de proporcionar las bases para la decision sobre la certificacion, el organismo de certificacion requerira un informe MORDAZA que le proporcione la informacion suficiente para tomar la decision. Para conseguirlo el informe deberia satisfacer los requisitos de la ISO 14011, en concreto la clausula 5.4.2 ademas de informacion adicional relativa a la organizacion en cuestion (ver tambien la clausula 4.1.8 de la Guia ISO/IEC 66). a) Se requieren informes del equipo auditor al organismo de certificacion como minimo al concluir las fases 1 y 2 de la auditoria. Estos informes, en combinacion con la informacion de los archivos deberian contener como minimo: - un informe de auditoria (fases 1 y 2) incluyendo un resumen de la revision de la documentacion y de la auditoria (fase 2), cubriendo, en particular, los dias de auditoria empleados (incluyendo investigacion en oficinas y en MORDAZA, auditoria (fase 1), auditoria (fase 2) e informe) - resolucion de no conformidades. - investigaciones que se han seguido durante la auditoria, razonamiento para su seleccion, y la metodologia empleada. - la recomendacion del equipo auditor al organismo de certificacion b) Un informe de seguimiento deberia contener, en particular, informacion sobre la resolucion de las no conformidades descritas con anterioridad. c) Como minimo, los informes surgidos de la re-evaluacion deberian cubrir la totalidad de los requisitos del punto a). D.5.5.3 La unidad que toma la decision de otorgar o denegar una certificacion dentro del organismo de certificacion, la cual puede ser una persona, debera incorporar un nivel de conocimiento y experiencia suficiente para evaluar el MORDAZA de auditoria y las recomendaciones asociadas realizadas por el equipo auditor. D.5.5.4 La certificacion no debe concederse hasta que todas las no conformidades, segun se definen en la directriz D.3.1.1., se hayan corregido y el organismo de certificacion MORDAZA verificado dicha correccion (mediante una nueva visita o por otros medios apropiados de verificacion). D.5.5.5 Todo documento de certificacion debe identificar su plazo de validez. Se recomienda que dicho plazo de validez sea compatible con los procedimientos de renovacion de la certificacion. Ver el Anexo 2 para directrices relativas a la transferencia de certificados acreditados. D.5.5.6 Para que un certificado pueda ser considerado como acreditado este debe, en primer lugar, haber sido emitido por un organismo de certificacion que cumpla las condiciones de la acreditacion y en MORDAZA lugar identificar de manera no ambigua al organismo acreditador asi como al emisor del certificado. D.5.5.7 En aquellos casos en los que un organismo de certificacion MORDAZA sido acreditado por mas de un organismo de acreditacion para el alcance objeto del certificado, el certificado acreditado debe identificar, al menos, a uno de los acreditadores. 5.6 PROCEDIMIENTOS PARA LAS VISITAS DE SEGUIMIENTO Y LA REEVALUACION Directrices del IAF relativas a la clausula 5.6 (D.5.6.1 D.5.6.14) D.5.6.1 Los organismos de certificacion deben establecer procedimientos MORDAZA que describan las circunstancias y condiciones en las que se mantendra la certificacion. Si en las visitas de seguimiento o renovacion se detectan no conformidades, segun se define en D.3.1.1, esas no conformidades deben ser corregidas en un plazo de tiempo establecido por el organismo de certificacion. Si la correccion no se realiza dentro de ese plazo de tiempo, la certificacion se reducira, suspendera o cancelara. El tiempo permitido para implantar las acciones correctivas deberia corresponderse con la gravedad de la no conformidad. D.5.6.2 El seguimiento realizado por el organismo de certificacion debe garantizar que las organizaciones certificadas siguen cumpliendo los requisitos de la MORDAZA frente a la cual se certificaron. El organismo de certificacion deberia disponer de los procedimientos que le permitan garantizarlo.

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