Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2004 (23/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 23 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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e) Conocimiento preciso de los sistemas de gestion ambiental. D.4.2.12 Gestion del MORDAZA de toma de decisiones La funcion directiva debe disponer de la competencia y los procedimientos para gestionar el MORDAZA de toma de decisiones relativas a la concesion / cancelacion de certificados de sistemas de gestion ambiental. D.4.2.13 Competencia del personal-Equipos auditores Los siguientes requisitos son de aplicacion para la evaluacion y la re-evaluacion. Para las actividades de seguimiento solamente seran de aplicacion aquellos requisitos adecuados a las actividades del seguimiento planificadas. D.4.2.14 Los siguientes requisitos son aplicables a cada miembro del equipo auditor: todos los miembros del equipo auditor deberian, al menos estar familiarizados, con todo lo siguiente: a) la MORDAZA de sistemas de gestion ambiental, b) los conceptos sobre sistemas de gestion, en general, c) las cuestiones relativas a los distintos medios receptores (como aire, agua, etc.), d) los principios de auditoria. D.4.2.15 Los siguientes requisitos son aplicables al equipo auditor, en conjunto: a) por lo menos un miembro del equipo auditor deberia satisfacer los criterios de el organismo de certificacion para responsabilizarse dentro del equipo, de cada una de las siguientes areas: - direccion del equipo auditor y gestion del MORDAZA de auditoria. - conocimiento preciso de los requisitos legales, reglamentarios y normativos en el MORDAZA ambiental. - sistemas de gestion y metodos de auditoria. - aspectos e impactos ambientales, incluyendo tecnicas para su reduccion y control. - conocimientos tecnicos actualizados del sector especifico. b) el equipo auditor deberia, en conjunto, tener experiencia, formacion y conocimientos actualizados de lo siguiente: - tecnicas de reduccion de los impactos ambientales perjudiciales y aplicacion practica de estas tecnicas, - realizacion de analisis de los aspectos ambientales y sus impactos asociados; c) el equipo auditor deberia ser competente para seguir el rastro de las evidencias de fallos del sistema de gestion ambiental de la organizacion hasta asignarlos a los elementos apropiados del sistema de gestion ambiental. d) un equipo auditor puede consistir en una unica persona siempre que cumpla con todos los requisitos expuestos para el equipo auditor. D.4.2.16 Utilizacion de expertos tecnicos Aunque no satisfagan todos los criterios anteriores, en el equipo auditor pueden utilizarse expertos tecnicos con conocimientos especificos del MORDAZA, los temas ambientales y la legislacion que afecte a la organizacion. Los expertos tecnicos no deberian actuar independientemente. 4.3 CAMBIOS EN LOS REQUISITOS DE CERTIFICACION 4.4 APELACIONES, QUEJAS E IMPUGNACIONES 5. REQUISITOS PARA LA CERTIFICACION 5.1 SOLICITUD DE CERTIFICACION 5.1.1 INFORMACION SOBRE EL PROCEDIMIENTO 5.1.2 LA SOLICITUD 5.2 PREPARACION DE LA EVALUACION Directrices del IAF relativas a la clausula 5.2. (D.5.2.1 D.5.2.2.) D.5.2.1 Nota: Ver las directrices para la revision del contrato (D 4.2.10).

D.5.2.2 Las directrices para la auditoria fase 1 se incluyen en el punto siguiente 5.3. Evaluacion de la Guia ISO/ IEC 66. 5.3. EVALUACION Directrices del IAF relativas a la clausula 5.3 (D.5.3.1 D.5.3.24) D.5.3.1 Alcance de la certificacion Esta directriz pretende proporcionar la suficiente flexibilidad para permitir a las organizaciones de distinta naturaleza definir el alcance de su certificado de SGA, de tal manera que refleje sus necesidades de negocio y sus diferentes situaciones operacionales. No obstante, esta directriz deberia excluir a una organizacion que omita del alcance de certificacion elementos de sus actividades, que deberian estar incluidos en su SGA. D.5.3.2 Los siguientes aspectos deberian ser utilizados para determinar el alcance del certificado. D.5.3.3 Para que el SGA de la organizacion sea apto para una certificacion, a) La Direccion de las actividades, objeto del SGA, deberia: - ser capaz de demostrar su responsabilidad sobre todos los aspectos ambientales e impactos relevantes para el SGA. - tener autoridad para determinar como se implanta la politica ambiental a traves del establecimiento de sus propios objetivos y metas asi como de los programas para conseguirlos. - tener la autoridad para asignar los recursos financieros y humanos apropiados para el control y la mejora ambiental pudiendo estar sujeto a presupuestos u otras restricciones. Los recursos adicionales para las mejoras ambientales podrian requerir la autoridad de directivos de mayor nivel. b) Se deberian definir los limites de la responsabilidad para flujos de entrada y salida, hacia y desde la organizacion. c) Las interfases con servicios o actividades que no se encuentren completamente dentro del alcance del SGA (por ejemplo una planta de tratamiento de efluentes comun para varios emplazamientos), deberian, no obstante, incluirse dentro del SGA sujeto a certificacion (por ejemplo deberian ser incluidas en la identificacion y evaluacion, etc. de los aspectos ambientales). d) Ademas, se deberia tener en cuenta el alcance de las autorizaciones ambientales de la organizacion cuando se determine la cobertura de la certificacion. D.5.3.4 Actividades Las actividades objeto de la certificacion deberian estar claramente identificadas. D.5.3.5 Emplazamiento a) Se define habitualmente como: Todo el terreno en el cual se llevan a cabo las actividades bajo el control de una organizacion en una determinada localizacion, incluido cualquier almacenamiento asociado de materias primas, productos intermedios o terminados, subproductos o residuos y cualquier equipo o infraestructura implicada en sus actividades, MORDAZA o no fijos. De manera alternativa, cuando la ley lo requiera deben aplicarse las definiciones establecidas en los regimenes de licencias locales, autonomicas o estatales. Se pueden utilizar otras definiciones siempre de manera justificada. b) Los emplazamientos temporales, tales como emplazamientos de construccion, seran cubiertos por el SGA de la organizacion que tenga el control de gestion sobre ellos, independientemente de donde esten localizados, y pueden ser objeto de evaluacion basada en un muestreo como parte del MORDAZA de certificacion para proporcionar la evidencia del funcionamiento y efectividad del sistema. c) Cuando no sea factible definir una localizacion (ej. servicios) la cobertura del certificado deberia tener en cuenta las actividades de la oficina central de la organizacion asi como la prestacion de sus servicios. Cuando sea aplicable, en casos especiales, el organismo de certificacion puede decidir que la auditoria de certificacion se lleve a cabo solamente donde la organizacion presta sus servicios. En estos casos las interfases con la oficina central deberan ser auditadas.

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