Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2004 (23/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 23 de MORDAZA de 2004

cabo una auditoria directa de las finanzas o contabilidad del organismo de certificacion. D.4.1.18 Si la decision de emitir o retirar un certificado de acuerdo con la clausula 4.1.2 n) de la Guia ISO/IEC 66 es tomada por un comite constituido, entre otros, por representantes de una o mas de las organizaciones certificadas, los procedimientos operativos del organismo de certificacion deberian asegurar que esos representantes no tengan una influencia significativa en la toma de decisiones. Esto puede lograrse, por ejemplo, mediante la distribucion de los derechos de MORDAZA o algun otro metodo equivalente. D.4.1.19 En aplicacion de la clausula 4.1.2 o) de la Guia ISO/IEC 66, cuando el organismo de certificacion y un solicitante o una organizacion certificada forman parte del Gobierno no deberian depender de la misma persona o grupo con responsabilidad ejecutiva en ambas. El Organismo de certificacion debe, considerando el requisito de imparcialidad, ser capaz de demostrar como gestiona casos de esta indole. D.4.1.20 La clausula 4.1.2 o) de la Guia ISO/IEC 66 establece dos requisitos separados. En primer lugar, el organismo de certificacion no debera, bajo ninguna circunstancia, proporcionar los servicios definidos en los sub-parrafos 1), 2) y 3) de ese punto. En MORDAZA lugar, aunque no existe una restriccion especifica para los servicios o actividades que el organismo relacionado puede ofrecer, estas no deberan afectar la confidencialidad, objetividad o imparcialidad del organismo de certificacion. D.4.1.21 Se considera consultoria, a los efectos de la clausula 4.1.2 o) de la Guia ISO/CEI 66, la participacion creativa y activa en el desarrollo de los sistemas de gestion ambiental, objeto de evaluacion, mediante, por ejemplo: a) preparar o elaborar manuales o procedimientos; b) participar en el MORDAZA de toma de decisiones sobre asuntos relacionados con los sistemas de gestion; c) proporcionar consejos especificos sobre el desarrollo y la implantacion de sistemas de gestion con vistas a su certificacion. NOTA: Sistema de gestion, tal y como se entiende en D 2.1.23, MORDAZA todos los aspectos de estos incluyendo, entre ellos, los financieros. D.4.1.22 A los efectos de la clausula 4.1.2 o) de la Guia ISO/IEC 66, la imparcialidad e independencia del organismo de certificacion deberia garantizarse a tres niveles: a) Estrategico y politico; b) Decisiones referentes a la certificacion; c) Auditoria. Las directrices referentes a la clausula 4.1.2 o) de la Guia intentan asegurar la imparcialidad e independencia a estos tres niveles. D.4.1.23 A los efectos de la clausula 4.1.2 o) de la Guia ISO/IEC 66 los organismos de certificacion pueden realizar las siguientes actividades sin que se consideren servicios de consultoria o sin que necesariamente generen posibles conflictos de interes. Sin embargo todos los conflictos de interes deberian ser tratados de acuerdo con la directriz D 4.1.28: a) certificacion, incluyendo reuniones de informacion, reuniones de planificacion, analisis de documentacion, auditoria (excepto auditorias internas) y seguimiento de las no conformidades; b) organizacion y participacion como ponente en cursos abiertos de formacion, siempre que, cuando estos cursos MORDAZA referencia a la gestion ambiental, los sistemas de gestion relacionados o auditoria, deberian limitarse a facilitar informacion general y consejos que MORDAZA de dominio publico; es decir, no deben dar consejos especificos a una empresa pues contravendria los requisitos de D.4.1.21 c); c) permitir el acceso o facilitar, previa peticion, la informacion que ha servido de base para la interpretacion de los requisitos de las normas de auditoria por parte de el organismo de certificacion; d) actividades previas a la auditoria destinadas, unicamente, a determinar si esta todo preparado para iniciarla. Puesto que la fase 1 de la auditoria del SGA incluye una evaluacion para determinar si la organizacion esta preparada para las etapas subsiguientes, el organismo de certificacion deberia ejercer una vigilancia especial para asegurar que cualquier actividad adicional de preauditoria no tenga como resultado recomendaciones o consejos que podrian contravenir los requisitos de D 4.1.21.

El organismo de certificacion deberia poder confirmar que dichas actividades no incumplen estas indicaciones ni se utilizan para justificar una reduccion en la duracion de la eventual evaluacion; e) realizar auditorias de MORDAZA y tercera parte de acuerdo con otras normas o reglamentos diferentes a los que forman parte del alcance de acreditacion; f) desarrollar actividades con valor anadido durante la auditoria y las visitas de seguimiento; por ejemplo, identificando oportunidades de mejora que se hayan puesto de manifiesto durante la auditoria, sin recomendar soluciones concretas. D.4.1.24 Los servicios de consultoria prestados por un organismo relacionado y los servicios de certificacion nunca deben ofrecerse conjuntamente al mercado. Tampoco debe publicarse nada en material publicitario o en presentaciones comerciales, ya MORDAZA verbales o escritas, que pueda dar a entender que las dos actividades estan relacionadas. El organismo de certificacion tiene la obligacion de asegurar que ninguno de sus clientes reciba la impresion de que el uso de ambos servicios (certificacion y consultoria) supondria una ventaja para su negocio, de manera que la certificacion siga siendo, y asi lo parezca, imparcial. D.4.1.25 El organismo de certificacion no deberia realizar ninguna declaracion que pueda sugerir que la certificacion seria mas sencilla, facil o menos costosa si se utilizaran determinados servicios de consultoria o formacion. D.4.1.26 Los organismos relacionados son aquellos que mantienen vinculos con un organismo de certificacion mediante propietarios o directivos comunes, acuerdos contractuales, elementos comunes en el nombre, acuerdos informales u otros medios por los cuales el organismo relacionado tiene algun interes particular en el resultado de una evaluacion o puede influir en el resultado del mismo. D.4.1.27 El organismo de certificacion deberia analizar y documentar la relacion con este MORDAZA de organismos relacionados para determinar las posibilidades de que se produzca conflicto de intereses con la prestacion del servicio de certificacion e identificar aquellos organismos y actividades que podrian, si no se someten a los controles oportunos, afectar a la confidencialidad, objetividad o imparcialidad. D.4.1.28 Los organismos de certificacion deben demostrar como gestionan sus actividades de certificacion y cualquier otra actividad, de forma que se eliminen los conflictos de interes reales y se reduzca al minimo cualquier riesgo identificado para la imparcialidad. Esta demostracion debe abarcar todas las posibles MORDAZA de conflicto de interes, ya se deriven del organismo de certificacion o de las actividades de organismos relacionados. El organismo de acreditacion espera que le sea facilitada la auditoria de esas actividades. Esto puede incluir la persecucion de lineas de investigacion o la revision de registros tanto de el organismo de certificacion como de los organismos relacionados para la actividad considerada. Para determinar el alcance de dichas investigaciones se deberia tomar en consideracion el historico sobre imparcialidad del organismo de certificacion. Si se encuentran evidencias de fallos en el mantenimiento de la imparcialidad, puede ser necesario que la auditoria/evaluacion tenga que incluir a los organismos relacionados para garantizar que se ha restablecido el control sobre los posibles conflictos de interes. D.4.1.29 Los requisitos de las clausulas 4.1.2 e) y m) y 4.2.3 f) de la Guia ISO/IEC 66 significan que todas aquellas personas que hayan prestado servicios de consultoria, incluidas las que ocupan puestos directivos, no deben ser contratadas para realizar una auditoria como parte del MORDAZA de certificacion si han participado en alguna actividad de consultoria con la organizacion en cuestion (o con alguna empresa relacionada con esa organizacion) al menos en los dos ultimos anos. Situaciones como que un empleador (del individuo) este implicado o MORDAZA estado implicado previamente con la organizacion evaluada, pueden crear conflictos de interes a los individuos implicados en cualquier parte del MORDAZA de certificacion. El organismo de certificacion tiene la responsabilidad de identificar y evaluar estas situaciones y asignar las responsabilidades y tareas oportunas de tal manera que se asegure que la imparcialidad no se vea comprometida. Nota de CRT: La prestacion de servicios de consultoria posterior a la auditoria por los miembros del equipo

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