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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2004 (27/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G31/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 27 de mayo de 2004 - Copia fedateada de la constancia de inscripción de la organización en los Registros Públicos o Libro de Actasde la Organización, debidamente legalizado, demostrando ser organización de carácter regional y no local. - Fotocopia del Documento de Identidad del represen- tante. - Declaración Jurada del representante, según formato especial. Para la Población no organizada: - Solicitud de inscripción acompañada de un padrón con un mínimo de 200 firmas de adherentes residentes en el Callao, debidamente legalizado, adjuntando copia del DNIde cada uno de ellos. Los adherentes no podrán firmar por más de una lista, caso contrario se invalidan todas las lis- tas en las que figuren sus firmas. De las entidades Públicas: - La presentación mediante comunicación oficial, firma- da por el Titular de la entidad a la que corresponde. Artículo 7º.- Inscripción El proceso de Inscripción se inicia con la presentación de la solicitud, de acuerdo al modelo, en la Mesa de Partesdel Gobierno Regional del Callao, a partir del día siguiente de la Convocatoria y tendrá una duración de 5 días útiles, en el horario establecido. La recepción de ésta, es de cur-so obligatorio bajo responsabilidad. El Gobierno Regional del Callao, para tal efecto abrirá un Libro de Registro, en el cual se anotarán las inscripciones que satisfagan los re-quisitos establecidos en el artículo precedente. Transcurridos los 5 días, el Gobierno Regional efectua- rá la publicación de los Agentes Participantes hábiles paraparticipar en el proceso del Presupuesto Participativo 2005. Luego de publicada la lista de los Agentes Participan- tes hábiles, cualquier persona que acredite residencia enel ámbito de la Región Callao, podrá interponer recurso de reclamo o impugnación, dentro de los siguientes tres (3) días útiles a la fecha de publicación. Estos recursos serán resueltos en única y exclusiva instancia por el Comité formado por la Gerencia de Aseso- ría Jurídica y la Gerencia Regional de Planeamiento, Pre-supuesto y Acondicionamiento Territorial, en un plazo no mayor de cuatro (4) días útiles de presentado el recurso. El Gobierno Regional expedirá una Credencial que acre- dite a los solicitantes aptos como Agentes Participantes para las reuniones de Capacitación y Talleres del Proceso de Planeamiento del Desarrollo Concertado y Presupues-to Participativo Artículo 8º.- Derechos de los Agentes Participan- tes. - Participar activamente en las capacitaciones y/o talle- res con voz y voto. - Que sus propuestas deben ser tomadas en cuenta, siempre y cuando se encuentren dentro de la normativavigente del proceso de Planeamiento del Desarrollo Con- certado y Presupuesto Participativo. Artículo 9º.- Obligaciones de los Agentes Partici- pantes. - La asistencia a las sesiones de capacitación será in- dispensable, caso contrario el agente quedará inhabilitado de continuar participando en el proceso. Estas sesionesde capacitación estarán organizadas por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territo- rial, en coordinación con la Dirección Nacional de Presu-puesto Público , Consejo Nacional de Descentralización, la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, Organismos de la Sociedad Civil y de Coopera-ción Internacional. - Cada Agente participante registrará su asistencia y llevará una tarjeta de control de asistencia que le propor-cionará la Comisión respectiva. - En cada capacitación y talleres deberá identificarse mediante documento oficial (DNI). - La responsabilidad de su asistencia a los diferentes actos organizados (capacitaciones y talleres) es personal, no pudiendo delegar a ninguna otra persona.- Respetar los lineamientos en las capacitaciones y/o talleres, los cuales serán establecidos al inicio de los mis-mos. - Los participantes que incumplan con las disposiciones del presente reglamento, se harán acreedores a una sus-pensión parcial o definitiva en sus derechos como Agente Participante. DISPOSICION TRANSITORIA Primera.- El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, aprobará el presente reglamento mediante Or- denanza de Consejo Regional. Segunda.- Todo lo no contemplado en el presente Re- glamento deberá ser resuelto por el equipo técnico desig- nado para tal fin por la Gerencia General Regional. Tercera.- Para el proceso de identificación y acredita- ción de los agentes participantes del presente año lectivo, se cumplirá el siguiente cronograma. CRONOGRAMA PARA EL REGISTRO DE AGENTES DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2005 ACTIVID AD FECHAS APROBACION DEL REGLAMENTO POR EL CONSEJO 25 DE MAYO REGIONAL PUBLICACION DE LA ORDENANZA Y EL REGLAMENTO 27 DE MAYO CONVOCATORIA PARA LA INSCRIPCION Y REGISTRO DEL 27 AL 28 DE MAYO INSCRIPCION Y REGISTRO DEL 31 DE MAYO AL 4 DE JUNIO PUBLICACION DE AGENTES HABILES 6 DE JUNIO IMPUGNACIONES Y/O RECLAMOS DEL 7 AL 9 DE JUNIO ABSOLUCION DE IMPUGNACIONES Y/O RECLAMOS HASTA EL 15 DE JUNIO PUBLICACION DEFINITIVA DE AGENTES P ARTICIPANTES 17 DE JUNIO 10079 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G47/G72/G75/G70/G6F/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G75/G72/G69/G73/G2D /G6D/G6F/G20/G53/G6F/G73/G74/G65/G6E/G69/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G6F/G72/G65/G74/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2004-CR/GRL Iquitos, 4 de mayo del 2004. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO POR CUANTO: El Consejo Regional de la Región Loreto, en Sesión Ordinaria de Consejo de fecha 4 de mayo del 2004, aprobó por Unanimidad la siguiente Ordenanza; Artículo Primero.- Crear el Grupo Técnico Regional de Turismo Sostenible de la Región Loreto, cuyos objetivos son: Objetivo General: "Elaborar el Plan Regional Concertado de Turismo Sostenible como herramienta de Gestión para el Gobierno Regional de Loreto". Objetivos Específicos: - Elaborar el Diagnóstico Situacional del Sector Turis- mo en la Región Loreto. - Elaborar Políticas, objetivos y lineamientos estraté- gicos que orienten el desarrollo del turismo regional, me- diante un proceso participativo. - Elaborar Planes de Acción. Artículo Segundo.- El Grupo Técnico Regional de Tu- rismo Sostenible de la Región Loreto tendrá a su cargo las siguientes funciones: - Espacio o mecanismo para discusión, análisis y búsqueda de acuerdos técnicos para el turismo sostenible de la región Loreto.