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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (13/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 37

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G32/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de noviembre de 2004 documento que la legislación aplicable a estas instituciones establezca, para mejorar y acondicionar los ambientes físi-cos destinados al funcionamiento de los Juzgados de PazLetrados; asumir los gastos de telefonía fija, radios o celula-res para los Magistrados; brindar equipo informático, mobi-liario, útiles de oficina y otros bienes y servicios que serequieran para el óptimo funcionamiento de los referidosórganos jurisdiccionales y asegurar una mejor atención alpúblico; en el marco de la delegación otorgada y que resul-ten necesarios para el cabal cumplimiento del encargo. Asimismo, el Presidente del Poder Judicial podrá partici- par y suscribir los referidos Convenios, Acuerdos, Actas decolaboración o Entendimiento de considerarlo pertinente. La instalación de los referidos Juzgados de Paz Letra- dos deberá realizarse dentro de los 30 días siguientes a lapublicación de la presente Resolución. Debiendo, el Presi-dente de la Corte Superior de Justicia de Lima remitirá alConsejo Ejecutivo el informe respectivo”. Artículo Segundo.- Modifíquese el artículo quinto de la Resolución Administrativa Nº 190-2004-CE-PJ, su fecha18 de octubre del año en curso, el mismo que tendrá elsiguiente texto: “Artículo Quinto.- Autorizar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco y LaLibertad para que adopten todas las medidas y accionesque sean necesarias para la implementación y adecuadocumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Encontrándose facultados, principalmente, para lo si- guiente: - Seleccionar, en coordinación con el Ministerio del Inte- rior la Comisaría y los ambientes en los que funcionará elJuzgado de Paz Letrado, y de acuerdo a ello, determinar lao las Comisarías PNP que, para las denuncias o procesospor faltas penales, serán atendidas por el referido Juzgado. - Ampliar o reducir la competencia territorial de los Juzga- dos de Paz Letrados recientemente creados, y de acuerdo aello, variar la o las Comisarías PNP que, para las denuncias oprocesos por faltas penales, serán atendidas por el Juzgadode Paz Letrado, previo análisis y estudio respectivo. - Declarar como Sedes Judiciales los ambientes de las Comisarías que se destinen para la instalación de los Juz-gados de Paz Letrados, objeto de la presente resolución. - Suscribir con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Lo- cales: Provinciales o Distritales, u otras instituciones públicaso privadas y/o los representantes de las otras partes intervi-nientes, Convenios, Acuerdos, Actas de Colaboración o deEntendimiento u otro documento que la legislación aplicablea estas instituciones establezca, para mejorar y acondicionarlos ambientes físicos destinados al funcionamiento de losJuzgados de Paz Letrados; asumir los gastos de telefoníafija, radios o celulares para los magistrados; brindar equipoinformático, mobiliario, útiles de oficina y otros bienes y servi-cios que se requieran para el óptimo funcionamiento de losreferidos órganos jurisdiccionales y asegurar una mejor aten-ción al público; en el marco de la delegación otorgada y queresulten necesarios para el cabal cumplimiento del encargo. Asimismo, el Presidente del Poder Judicial podrá partici- par y suscribir los referidos Convenios, Acuerdos, Actas decolaboración o Entendimiento de considerarlo pertinente. La instalación de los referidos Juzgados de Paz Letrados deberá realizarse dentro de los 30 días siguientes a la publi-cación de la presente Resolución. Debiendo los Presidentesde las mencionadas Cortes Superiores de Justicia remitir alConsejo Ejecutivo del Poder Judicial el respectivo informe”. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio del Interior,Ministerio de Justicia, Cortes Superiores de Justicia de Lima,Arequipa, Cusco y La Libertad, y la Gerencia del PoderJudicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. HUGO SIVINA HURTADO WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO ANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉNEDGARDO AMEZ HERRERA LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 20489CORTE SUPREMA DE JUSTICIA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G66/G61/G6C/G73/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 131-2004-P-PJ Lima, 8 de noviembre de 2004 VISTO:El Memorándum Nº 459-2004-RNC-GSJR-GG/PJ, del Jefe del Registro Nacional de Condenas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante OF. RE(SCP-DAL-ASN) Nº 4/078 C/A, de fecha 26 de julio del 2004, la Directora de Protección alNacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita alJefe del Registro Nacional de Condenas, que se informe siel Certificado Judicial de Antecedentes Penales corres-pondiente a Gloria Susana Campodonico Quinto ha sidoemitido por dicha entidad; Que, a través del Oficio Nº 673-2004-RNC-GSJR-GG/ PJ, de fecha 12 de agosto del 2004, el Jefe del RegistroNacional de Condenas comunica que el mencionado certi-ficado de antecedentes penales es falso; Que, los hechos antes expuestos constituyen presuntos ilícitos penales los cuales deben ser debidamente investi-gados por las autoridades correspondientes a fin de de-terminar las responsabilidades del caso, en consecuenciaresulta necesario autorizar a la Procuradora Pública delPoder Judicial, a fin de que inicie las acciones legalespertinentes ante las autoridades respectivas; Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial D.S. Nº 017-93-JUS; y Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representación y Defensa del Estado en Juicio mo-dificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial paraque inicie las acciones legales pertinentes contra GloriaSusana Campodonico Quinto, por los hechos expuestosen la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionadaProcuradora Pública, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.HUGO SIVINA HURTADO Presidente 20564 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 132-2004-P-PJ Lima, 8 de noviembre de 2004 VISTO:El Memorándum Nº 437-2004-RNC-GSJR-GG/PJ, del Jefe del Registro Nacional de Condenas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Memorándum Nº 437-2004-RNC-GSJR- GG/PJ, el Jefe del Registro Nacional de Condenas, comu-nica que el día 21 de setiembre del 2004, se acercó a laventanilla del Registro Nacional de Condenas la Sra. AnaElvira Campos Nacarino de Espinoza portando una CartaPoder legalizada por el señor Notario Dr. Cesar FranciscoTorres Kruger, con la cual pretendía realizar el trámite paraobtener el Certificado Judicial de Antecedentes Penales anombre de la Srta. Gabriela Espinoza Campos;