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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (15/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G33/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 15 de noviembre de 2004 mento de Organización y Funciones del Ministerio de Jus- ticia, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el funcionamiento del Cen- tro de Asistencia Legal Gratuita - "ALEGRA" ubicado en eldistrito y provincia de Arequipa, a partir del lunes 15 denoviembre de 2004, a través del cual se brindarán losservicios de justicia de: - Defensoría de Oficio. - Consultorio Jurídico Popular.- Centro de Conciliación Extrajudicial Gratuito. Artículo Segundo.- Conforme a los artículos 71º y 72º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministe-rio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, la Dirección Nacional de Justicia, órgano delínea del Ministerio de Justicia, tendrá la responsabilidaddel cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Disponer que los demás órganos del Ministerio de Justicia brinden el apoyo correspondiente parael cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 20558 SALUD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G22/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 /G49/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G42/GE1/G73/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G2D/G6C/G75/G64/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1069-2004/MINSA Lima, 10 de noviembre de 2004 Vista la propuesta de Definición de Provisión Básica de Salud, elaborada por el Grupo de Trabajo de la Alta Direc-ción del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establecen que toda persona tienederecho a la protección de su salud y que es responsabili-dad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, en el marco del fortalecimiento de los programas y proyectos sociales, mediante Decreto Supremo No. 009-2004-PCM, se establece como prioridad de la ejecución dela política social y de lucha contra la pobreza, el desarrollode las capacidades humanas, lo cual implica garantizar elacceso a servicios básicos de salud, educación, nutrición yjusticia de una calidad aceptable independientemente delos niveles de ingreso; así como dirigir el gasto asistencialhacia aquellos hogares que presentan los mayores nivelesde déficit de consumo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 130-2004-EF, se establecen criterios y mecanismos orientados a mejorar laequidad y calidad en el gasto social; así como la prioridadde atención de grupos beneficiarios a través de la focaliza-ción, con el propósito de hacerlo más eficiente y eficaz ylograr mejoras en el bienestar de las poblaciones en situa-ción de pobreza y mayor vulnerabilidad; Que, el numeral 2.2 del Artículo 2º del Decreto Supre- mo Nº 130-2004-EF, dispone que la prestación de los ser-vicios de educación inicial, educación primaria y educaciónsecundaria y la provisión básica de salud, no son materiade focalización y que la regulación y la asignación de re-cursos de estos servicios debe realizarse bajo criterios deuniversalidad y equidad, promoviéndose el acceso progre-sivo de toda la población a servicios de calidad, en elmenor plazo posible; Que, la Primera Disposición Complementaria del Decre- to Supremo Nº 130-2004-EF dispone que corresponde alMinisterio de Salud determinar los servicios incluidos en laprovisión básica de salud; Con la visación del Viceministro de Salud; y,De conformidad con lo previsto en el literal l) del ar- tículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar el adjunto documento técnico denominado “Servicios Incluidos en la Provisión Básica deSalud”. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud Documento Técnico Servicios Incluidos en la Provisión Básica de Salud 1. Definición de la Provisión Básica de Salud Es el conjunto de actividades e intervenciones de salud, con alta externalidad e impacto social que se realizan parapromover, mantener y mejorar la salud de la población. 2. Consideraciones básicas- La provisión básica de salud debe ser garantizada para toda la población. - Los servicios de la provisión básica de salud deben ser financiados con la participación de todos los efectoresde salud. - El Estado promoverá, en el nivel de gobierno nacio- nal, regional y local, el acceso progresivo de toda la pobla-ción a través de la regulación y asignación de los recursospúblicos, de acuerdo a su disponibilidad presupuestal. - La relación de servicios que forman parte de la provisión básica de salud, incluida en el presente documento, tendráuna vigencia de 2 años, contados a partir de la fecha de suoficialización por Resolución Ministerial; pudiendo ser modifi-cada de existir fundamentadas razones de orden técnico. - Al cabo del plazo establecido el Ministerio de Salud determinará con una Resolución Ministerial, la nueva con-formación del conjunto de servicios de la provisión básicade salud. 3. ClasificaciónLos servicios de la provisión básica se clasifican en tres grupos: - Intervenciones de Salud Colectiva - Atenciones de Salud Individual de alto impacto social- Servicios a la sociedad a. Intervenciones de Salud Colectiva Corresponden a aquellas intervenciones de carácter masivo que producen beneficios para toda la población. Comprenden actividades de promoción de la salud, a través de programas de información, educación y comuni-cación para la salud y actividades de vigilancia y controlsanitario. En la Tabla Nº 1 se lista los servicios que forman parte de las intervenciones de salud colectiva. b. Atenciones de Salud Individual de alto impacto social Son aquellas atenciones cuya aplicación y acción en los individuos producen una alta rentabilidad social, seaporque protegen del riesgo de enfermar o morir a la comu-nidad en su conjunto - produciendo beneficios secunda-rios o externalidades positivas en su salud - o porque cons-tituyen estrategias sanitarias de alto costo-efectividad orien-tadas a aplicarse a partir de las prioridades sectoriales. En la Tabla Nº 2 se lista los servicios que forman parte de las atenciones de salud individual de alto impacto social. c. Servicios a la sociedad Son aquellos servicios que se proporcionan con el fin de evitar los riesgos y controlar los efectos de eventos yenfermedades que afectan la salud de la sociedad enconjunto. Comprenden además servicios que facilitan a lasfamilias, los procedimientos legales del registro civil. En la Tabla Nº 3 se lista los servicios a la sociedad.