Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2004 (20/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, sabado 20 de noviembre de 2004 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 295-2004-VIVIENDA

NORMAS LEGALES

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MORDAZA, 18 de noviembre de 2004 Vistos; el Oficio Nº 0400-2004-ASOC.H de la Asociacion Civil sin fines de lucro Huancaro, distrito de MORDAZA, departamento de Cusco; el Informe Tecnico Nº 086-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM y el Memorandum Nº 094-2004-VIVIENDA/CGP del Comite de Gestion Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adquirio maquinaria para la industria del calzado, confeccion y tejido, procedentes de la Republica Popular China con la finalidad de equipar a pequenos y microempresarios; siendo dicha MORDAZA modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizo destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos via el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades educativas del MORDAZA, asi mismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se agrego al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97 una disposicion que senalo que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrian transferir en calidad de donacion a los centros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitacion o de promocion social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobo la Ley Organica que modifica la organizacion y funcion de los Ministerios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinandose el numero de Ministerios, entre los cuales se constituyo el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivo el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de MORDAZA del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se establecio que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun corresponda, asumia las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Basico Municipal y los organos de apoyo, control, defensa judicial y asesoria del Ministerio de la Presidencia que se desactivo; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es un organismo publico integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organizacion y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como mision mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios basicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conservacion, mantenimiento y proteccion de los centros de poblacion y sus areas de influencia, fomentando la participacion de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa de la inversion privada; Que, a traves del oficio de Vistos, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quintasi, Presidente de la Asociacion Civil sin fines de lucro Huancaro, solicito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la donacion de maquicentros; adecuandose dicho pedido en coordinaciones conjuntas con los funcionarios del Ministerio a modulo de maquinaria para la industria del cuero; Que, mediante Memorandum Nº 233-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM el Jefe del Programa de Equipamiento Basico Municipal corrio traslado del Informe Tecnico Nº 086-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM en el cual se preciso que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar la maquinaria solicitada como donacion; Que, el Comite de Gestion Patrimonial contando con la opinion tecnica favorable del Programa de

Equipamiento Basico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los actos de disposicion de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para ser transferidos, aprobada via la Resolucion de Secretaria General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donacion de las maquinas detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donacion de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion a favor de la Asociacion Civil sin fines de lucro Huancaro, con la finalidad de implementar dicha institucion y brindar capacitacion tecnica; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion de maquinaria descrita en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion, valorizada en S/.10 435.32 (Diez mil cuatrocientos treinta y cinco con 32/100 Nuevos Soles), a favor de la Asociacion Civil sin fines de lucro Huancaro, con la finalidad de brindar capacitacion tecnica. Articulo 2º.- El programa de Equipamiento Basico Municipal sera responsable de velar porque se cumpla con la finalidad de la donacion. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloria General de la Republica dentro de los terminos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 21049

PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Eligen representantes titular y suplentes ante el MORDAZA Nacional de Elecciones para el periodo 2004-2008
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE SALA PLENA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA Nº 008-2004-SP-CS

MORDAZA, 12 de noviembre de 2004 VISTO y CONSIDERANDO: Que, por acuerdo de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Republica del 2 de noviembre del 2000 se MORDAZA a los representantes Titular y Suplentes de este Supremo Tribunal ante el MORDAZA Nacional de Elecciones por un periodo de 4 anos; Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 179º inciso 1) de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo 10º inciso a) y siguientes de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones; corresponde a este Supremo Tribunal proceder a la eleccion de los representantes ante dicho organo Constitucional MORDAZA, al haberse vencido el plazo de la anterior eleccion; La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Republica en Sesion Extraordinaria de la fecha; de con-

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