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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G37/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de noviembre de 2004 Que, en tal sentido, los costos del respectivo via- je de inspección, están íntegramente cubiertos por laempresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Or- den de Inspección Nº 1793-2004-MTC/12.04-SDO de- signando al inspector Alfredo Federico Alvarez Ze-vallos, para realizar los chequeos técnicos en simu- lador de vuelo del equipo Boeing 767, al personal aeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú S.A.,en la ciudad de Denver, Estados Unidos de América, durante los días 20 al 23 de noviembre de 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y suReglamento, pueda realizar los chequeos técnicos a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1793-2004- MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Alfredo Federico Alvarez Zevallos, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones, a la ciudad de Denver, Es- tados Unidos de América, durante los días 20 al 23 de noviembre de 2004, para los fines a que se contrae laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramentecubierto por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 24899 y 24900, abona- dos a la Dirección de Tesorería del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, incluyendo la asig- nación por concepto de viáticos, de acuerdo al si- guiente detalle : Viáticos US$ 880.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artí- culo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Artículo 1º de la presen-te Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, de- berá presentar un informe al Despacho Ministerial,con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, descri- biendo las acciones realizadas y los resultados ob-tenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de im-puestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 21021 VIVIENDA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G71/G75/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G73 /G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G65/G6E/G74/G69/G64/G61/G64/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 292-2004-VIVIENDA Lima, 18 de noviembre de 2004 Vistos; el Oficio Nº 414-2004-UNHEVAL-R, de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, Departamentode Huánuco; el Informe Técnico Nº 039-2004/VIVIEN- DA-VMCS-PREBAM y el Memorándum Nº 089-A-2004-VIVIENDA/CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adquirió maquinaria para la industria del calzado, confec-ción y tejido, procedentes de la República Popular China con la finalidad de equipar a pequeños y microempresa- rios; siendo dicha norma modificada por Decreto de Ur-gencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizó destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos vía el Decreto de UrgenciaNº 111-96 a entidades educativas del país, así mismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se agregó al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97 una dispo-sición que señaló que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrían transferir en calidad de donación a los centros educativos estatales ya organizaciones sociales con fines educativos, de capa- citación o de promoción social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y función de los Ministerios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinándose el número de Ministe-rios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vi- vienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Mi- nisterio de la Presidencia, quedando extinguido para to- dos sus efectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según corresponda, asumía las competen-cias, funciones, atribuciones, los derechos y obligacio- nes del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Básico Municipal y los órganos de apo-yo, control, defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidencia que se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Ejecu- tivo, que se rige por su Ley de Organización y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización y Funcio-nes aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIEN- DA, y que tiene como misión mejorar las condiciones de vida de la población facilitando su acceso a una vivienda adecua-da y a los servicios básicos, proporcionando el ordenamien- to, crecimiento, conservación, mantenimiento y protección de los centros de población y sus áreas de influencia, fo-mentando la participación de las organizaciones de la socie- dad civil y de la iniciativa de la inversión privada; Que, a través del oficio de Vistos, el Sr. Edwyn Orte- ga Galarza, Rector de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la donación de maquicentros; adecuándo-se dicho pedido en coordinaciones conjuntas con dicha Universidad y los funcionarios del Ministerio a módulo de maquinaria para la industria del cuero; Que, Mediante Memorándum Nº 275-2004/VIVIEN- DA-VMCS-PREBAM el Jefe del Programa de Equipa- miento Básico Municipal corrió traslado del Informe Téc-nico Nº 039-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM en el cual se precisó que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar la maqui-naria solicitada como donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de EquipamientoBásico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Ad- ministrativo respecto de los actos de disposición de bienesmuebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferi- dos, aprobada vía la Resolución de Secretaría General Nº016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de las máquinas detalladas en el Anexo que for- ma parte integrante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donación de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1