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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (08/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 56

PÆg. 277978 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de octubre de 2004 Aprueban "Procedimiento de Fiscaliza- ción y Control de Aportes por Regula-ción" RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 275-2004 -OS/CD Lima, 16 de setiembre de 2004VISTO:El Memorando Nº GFE-279-2004 de la Gerencia de Fis- calización Eléctrica, por el cual se solicita al Consejo Di-rectivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Ener-gía, la aprobación del Procedimiento de Fiscalización yControl de Aportes por Regulación; CONSIDERANDO:Que, según lo establecido por el inciso c) del artícu- lo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organis-mos Reguladores de la Inversión Privada en los Servi-cios Públicos, la función normativa de los OrganismosReguladores, entre ellos OSINERG, comprende la fa-cultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito yen materia de su respectiva competencia, los reglamen-tos de los procedimientos a su cargo, normas de ca-rácter general referidas a actividades supervisadas ode sus usuarios; Que, según lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucio-nal de OSINERG, el Consejo Directivo está facultado paraaprobar procedimientos administrativos vinculados, entreotros, a la Función Supervisora; Que, la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públi- cos, en su artículo 10º estableció a favor de los organis- mos reguladores un Aporte por Regulación, el mismo queno podrá exceder del 1% del valor de la facturación anualde las empresas y entidades bajo su ámbito. Que, a fin de recaudar y fiscalizar el cumplimiento del pago del referido Aporte por Regulación, es necesario con-tar con un procedimiento para el control de dichos pagos aser efectuados por las empresas y entidades comprendi-das bajo el ámbito de competencia de OSINERG; Que, asimismo, la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del Organismo Supervisorde la Inversión en Energía, en su artículo 7º ha precisadola naturaleza jurídica del Aporte por Regulación al definirlocomo una Contribución; Que, de conformidad con el criterio de transparencia en la función normativa previsto en el artículo 25º del Re-glamento de OSINERG aprobado por el Decreto Supre-mo Nº 054-2001-PCM, el 26 de enero del año en cursoOSINERG prepublicó en el Diario Oficial “El Peruano” el“Procedimiento de Fiscalización y Control de Aportes porRegulación”, con la finalidad de recibir los aportes delpúblico en general, los mismos que han sido objeto decomentarios en la exposición de motivos de la presenteResolución; Que, según lo dispuesto por el artículo 22º del Regla- mento General de OSINERG aprobado mediante DecretoSupremo Nº 054-2001-PCM, la función normativa de ca-rácter general es ejercida de manera exclusiva por el Con-sejo Directivo a través de resoluciones; Que, de conformidad con el artículo 3º inciso c) de la Ley Nº 27332, modificado por la Ley Nº 27631, el artículo52º inciso n), los artículos 22º y 25º del Reglamento Gene-ral de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y las normas que anteceden; Con la opinión favorable de la Gerencia Legal, la Ge- rencia de Fiscalización en Hidrocarburos y la Gerencia deFiscalización Eléctrica. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el “Procedimiento de Fiscaliza- ción y Control de Aportes por Regulación” contenido en elanexo adjunto y cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo DirectivoOSINERG EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Regu- ladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, en su artículo 10º estableció a favor de los organismos regu- ladores un Aporte por Regulación, el mismo que no podráexceder del 1% del valor de la facturación anual de lasempresas y entidades bajo su ámbito. En ese sentido, a fin de recaudar y fiscalizar el cumpli- miento del pago del referido Aporte por Regulación, se ha elaborado el presente Procedimiento considerando las dis- posiciones que para el efecto contiene el Código Tributario,el cual regula las relaciones jurídico-tributarias entre elacreedor tributario y el deudor tributario. En efecto, segúnlo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 27699 - LeyComplementaria de Fortalecimiento Institucional del Orga- nismo Supervisor de la Inversión en Energía, el Aporte por Regulación constituye una contribución. De conformidad con el criterio de transparencia en el ejercicio de la función normativa del OSINERG, previstoen el artículo 25º de su Reglamento General, aprobado porDecreto Supremo Nº 054-2004-PCM, el 26 de enero del año en curso se cumplió con prepublicar el proyecto de “Procedimiento de Fiscalización y Control de Aportes porRegulación“, con el objeto de recibir las opiniones de losinteresados, que puedan contribuir a mejorar dicho proce-dimiento, opiniones que en ciertos casos han sido recogi-das en la presente norma, según se detalla a continuación. I) Observaciones presentadas por la empresa EGEM- SA: • Respecto al punto 7.4.1 del Procedimiento, se ha acep- tado la propuesta de la empresa, en el sentido de precisar que los ingresos a ser gravados son los que el generador recibe en su calidad de propietario de la red secundaria detransmisión. II) Observaciones presentadas por la empresa EDEL- NOR S.A: • Respecto al numeral 7.4 del Procedimiento, no se ha aceptado la propuesta de la empresa, debido que no existeviolación al Principio de Legalidad, en la medida que esteprincipio busca que sea sólo la ley la que establezca labase imponible. En efecto, ha sido la Ley la que ha estable- cido la base imponible, y no el Procedimiento, correspon- diéndole a este último tan sólo el precisar, dentro de losalcances de la ley, los rubros que comprende la base im-ponible sin crear, modificar o extinguir tributo alguno, a finde poder realizar una correcta fiscalización y control delmismo. • Respecto al numeral 7.4.3 del Procedimiento, se ha rechazado la propuesta de la empresa referida a que losdenominados recargos por refinanciamiento no deben for-mar parte de la base imponible del Aporte; debido a queentre las actividades normadas, reguladas, supervisadaso fiscalizadas a que se refiere el Decreto Supremo Nº 136- 2002-PCM no se encuentra dicho concepto. En efecto, la deuda que es sometida a refinanciamiento es producto dela prestación del servicio público de electricidad realizadapor la empresa eléctrica, es decir, constituye una venta,por lo que se encuentra gravada por el Aporte de Regula-ción. Cabe resaltar que no se debe confundir los mecanis- mos de pago que adopte la empresa, con el origen de la deuda misma, es decir, con la venta de electricidad, que eslo que constituye la base imponible que grava el Aporte porRegulación. • Respecto al numeral 7.6 del Procedimiento, se ha re- chazado lo expuesto por EDELNOR, en la medida que es completamente válido que la función de supervisión y fis- calización pueda ser ejercidas a través de las empresassupervisoras, al amparo de la Ley Nº 27699. Por tanto, noexiste contravención a lo dispuesto por el Código Tributa-