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PÆg. 277987 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de octubre de 2004 00/100 NUEVOS SOLES) vía Licitación Pública Nacio- nal, y asimismo solicita también las siguientes modifica-ciones de los valores referenciales: el "Estudio Cons-trucción y Equipamiento del Centro de Salud Defenso-res de la Patria - Ventanilla", con un valor referencialactual de S/. 42,200.00 (CUARENTA Y DOS MIL DOS- CIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES); vía Adjudi- cación Directa Selectiva; la Obra "Rehabilitación Inte-gral del Centro Educativo Inicial Nº 091", con un valorreferencial actual de S/. 245,000.00 (DOSCIENTOSCUARENTA Y CINCO MIL CON 00/100 NUEVOS SO-LES) vía Adjudicación Directa Selectiva; la Obra "Refor- zando el Nivel de Salud de la 1ra. Micro Red V Red de Ventanilla - Componente: Construcción y Equipamientodel Centro de Salud 03 de febrero - Ventanilla, con unvalor referencial actual de S/. 830,000.00 (OCHOCIEN-TOS TREINTA MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) víaAdjudicación Directa Pública; el "Estudio Mejoramiento y Equipamiento del Servicio de Emergencia del Hospital Daniel Alcides Carrión", con un valor referencial actualde S/. 66,430.00 (SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIEN-TOS TREINTA CON 00/100 NUEVOS SOLES) vía Adju-dicación Directa Selectiva; así como la Gerencia Regio-nal de Desarrollo Social la solicitud para incluir en el PAAC 2004, el Estudio a Nivel de Perfil del "Proyecto Integral Complejo Polideportivo Telmo Carbajo" con unvalor referencial de S/. 18,064.20 (DIECIOCHO MILSESENTA Y CUATRO CON 20/100 NUEVOS SOLES)vía Adjudicación Directa Selectiva; contando las modifi-caciones e inclusiones solicitadas con la cobertura pre- supuestal respectiva; Que, el numeral 7 de la Directiva Nº 005-2003-CON- CUCODE/PRE, aprobada con Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE, en concordancia con el Artículo 7ºdel Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM, y el Artículo 8º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, precisa que el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones podrá ser modificado en cualquier momen-to, durante el curso del ejercicio presupuestal de conformi-dad con la asignación presupuestal o en caso de repro- gramación de las metas propuestas, asimismo añade que toda modificación sea por inclusión o exclusión de proce-sos de selección deberá ser aprobado por el Titular delPliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad ycomunicada al CONSUCODE y a PROMPYME, dentro delos diez (10) días siguientes a dicha aprobación; Que, en virtud de las atribuciones que le confiere los Artículos 20º, 21º inciso "v" y 41º de la Ley N° 27867 "LeyOrgánica de Gobiernos Regionales", el numeral "4" delArtículo 18º y Artículo 20º del Reglamento de Organiza-ción y Funciones del Gobierno Regional del Callao, apro-bado por Ordenanza Regional Nº 002-2004-REGIÓN CA- LLAO-CR, su modificatoria con Ordenanza Regional Nº 004-2004-REGIÓN CALLAO-CR, y con la conformidad dela Gerencia General Regional y la visación de la Gerenciade Asesoría Jurídica, la Gerencia Regional de DesarrolloSocial, Gerencia Regional de Infraestructura y de la Ge-rencia de Administración del Gobierno Regional del Ca- llao; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, por las consideracio- nes expuestas, la inclusión y modificación de procesos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Go- bierno Regional del Callao, para el Ejercicio Presupuestaldel Año 2004, aprobado por Resolución Ejecutiva Regio-nal Nº 023-2004-REGIÓN CALLAO-PR; modificaciones queobran en Anexo y que, debidamente suscrito, forma parteintegrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER, que la Gerencia de Administración remita copia de la presente Resolución alConsejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado - CONSUCODE y, a la Comisión de Promoción dela Pequeña y Microempresa - PROMPYME, así como, lapublicación de la misma en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de aproba- da. Asimismo, dicha Gerencia deberá cautelar que el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones, se encuentre enla página Web de la Entidad y a disposición de los intere-sados para su revisión y adquisición, en la Oficina de Lo- gística de la Entidad, ubicada en la Av. Elmer Faucett Nº3970 - Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente 18175 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Sancionan con cese temporal a ex Direc- tor Regional Sectorial de Transportes,Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción de Ucayali RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 0097-2004-GRU-P-GGR Pucallpa, 29 de setiembre del 2004 VISTO.- El Informe Nº 025-2004-G.R.Ucayali-CEPAD y demás documentos que obran en autos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 0082-2004-GRU-P-GGR, de fecha 20 de agosto del2004, se resolvió Aperturar Proceso Administrativo Disci-plinario contra el Sr. Nilo Vicente Choque Antonio, ex Direc- tor Regional Sectorial de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción de Ucayali, sobre irregularidadesen la Dirección a su cargo; Que, habiéndose notificado al procesado mediante el Diario Oficial El Peruano, no ha efectuado el descargo co-rrespondiente en el plazo establecido por ley. Lo cual impli- ca una aceptación tácita de los cargos imputados en su contra; Que, de los antecedentes y demás actuados del expe- diente administrativo se tiene conocimiento que el Sr. NiloVicente Choque Antonio, ex Director Regional Sectorial deTransportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción de Ucayali con fecha 19 de agosto del 2003, celebró el contra- to de alquiler de maquinaria Nº 015-2003-DRSTCUDR-TERCEROS con el Ing. Edgar Vilca Justo, Ingeniero Resi-dente para ejecutar trabajos en el núcleo ejecutor - TrochaCarrozable - Nuevo San Pedro Km. 47, CFB; Que, al realizar la verificación y análisis de los docu- mentos, se observa que el contrato de alquiler de máquina Nº 015-2003-DRSTCUDR-TERCEROS contiene omisiónde datos en su contenido tales como: No se indica la per-sona encargada del control de la maquinaria en la obra,asimismo adolece de muchos errores u omisiones; omi-tiendo cláusulas que garanticen y aseguren su cumplimiento en salvaguarda de los intereses patrimoniales de la institu- ción; no se fijaron las probables fechas de inicio y términodel contrato; asimismo se determina que la adquisición decombustible, repuestos, servicio de mantenimiento y repa-ración de maquinaria no han intervino el área de abasteci-miento, ni el área de administración financiera, contravi- niendo la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27209; Que, la carrera administrativa comprende un conjunto de principios, normas y procesos, asimismo regula los de-rechos y deberes que corresponde a los funcionarios yservidores públicos ya ante la inobservancia de éstos, pue- de ser pasible de sanción por un intermedio de un proceso administrativo disciplinario, en el que se acopian las prue-bas de cargo y descargo, en la que se produce la valora-ción, con la finalidad de determinar la comisión de falta, laparticipación del trabajador, su responsabilidad o irrespon-sabilidad, así como la sanción que corresponde aplicar; En uso de la facultad conferida por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto