Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2004 (17/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, MORDAZA 17 de octubre de 2004 INDICE
TITULOS CAPITULOS CONTENIDO

NORMAS LEGALES

Pag. 278505

articulos 365º,368º y 369º de nuestro ordenamiento Penal vigente.

TITULO I
TITULO PRELIMINAR

DISPOSICIONES GENERALES
I II i. ii. iii. iv. v. vi. vii. III i. ii. iii. iv. v. IV V VI DISPOSICONES GENERALES DEL CONSEJO REGIONAL. Definicion, Finalidad, Objetivo Secretaria del Consejo Regional De los Consejeros De la Presidencia Regional De la Vice Presidencia Regional Vacancia y Suspension del Cargo Del Consejo de Coordinacion Regional. DE LAS SESIONES Generalidades de las Sesiones De las Sesion de Instalacion De las Sesione Ordinaria De las Sesiones Extraordinarias De las Sesiones Solemnes SISTEMAS DE SANCIONES DISCIPLINARIAS DE LAS IMPUGNACIONES ADMINISTRATIVAS DE LAS COMISIONES DISPOSICION FINAL

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL SAN MORDAZA TITULO PRELIMINAR
Articulo I: El presente reglamento tiene fuerza de ley, precisa las funciones del Consejo Regional de San MORDAZA, define su organizacion, y funciones, establece los deberes y derechos de los miembros del Consejo y regula los procedimientos del Consejo Regional. Articulo II: EL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA emana de la voluntad popular. Es persona juridica de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal. Tiene jurisdiccion en el ambito de la circunscripcion territorial del departamento de San MORDAZA, su sede es la MORDAZA de Moyobamba. Articulo III: EL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA, tiene por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo, garantiza el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo en merito a los principios de justicia y equidad. Articulo IV: Corresponde al GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA, organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region. Articulo V: El Gobierno Regional tiene la siguiente estructura Organica Basica: EL CONSEJO REGIONAL, LA PRESIDENCIA REGIONAL Y EL CONSEJO DE COORDINACION REGIONAL. Articulo VI: Las normas que aprueba el Consejo Regional conforme al MORDAZA de sus atribuciones y competencias exclusivas, son de cumplimiento obligatorio en sus respectivas jurisdicciones. Los Poderes Legislativo y Ejecutivo, no pueden ni deben afectar o restringir las competencias constitucionales exclusivas de los Gobiernos Regionales. La normatividad expedida por el Consejo Regional se sujeta al ordenamiento juridico establecido por la Constitucion y las Leyes de la Republica, las normas de caracter general deben ser publicadas en el diario Oficial "EI Peruano", asimismo deben ser difundidas a traves del MORDAZA o pagina Web de la Region San MORDAZA, y en su caso en el diario de avisos judiciales o el de mayor circulacion en la Region sin cuyo requisito no surten efecto alguno. Articulo VII: Los Procedimientos y tramites Administrativos en asuntos de competencia del Gobierno Regional se tramitan y resuelven conforme a Ley de la materia y se agotan en la respectiva jurisdiccion regional. Articulo VIII: Las autoridades politicas, administrativas, policiales y militares tienen el deber de reconocer y respetar la preeminencia del Gobierno Regional y prestar su colaboracion efectiva para el cumplimiento de sus disposiciones y funciones, en caso contrario se comunicara a sus superiores para los fines del caso, sin perjuicio de las acciones jurisdiccionales correspondientes amparados en los

Articulo 1º.- El presente Reglamento precisa las competencias que la Ley Organica de Gobiernos Regionales, que senala al Consejo Regional como MORDAZA organismo del Gobierno Regional, en el ambito de las atribuciones, derechos y deberes de sus miembros, regula las Sesiones de Consejo, estipula las formalidades a las que debe cenirse, y el funcionamiento de las Comisiones, de conformidad con la Constitucion Politica, Ley de Bases de Descentralizacion, Ley de Gobiernos Regionales y su modificatoria y las demas normas conexas. Articulo 2º.- El Consejo Regional de San MORDAZA, es un organo colegiado conformado por el Presidente, Vicepresidente y Diez Consejeros Regionales, los mismos que son elegidos por sufragio directo por un periodo de cuatro anos. El mandato es irrenunciable, pero revocable conforme a la Ley de la materia. Corresponde al Consejo Regional, las atribuciones, funciones y prerrogativas que establece la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y las demas normas juridicas concordantes con ellas. Articulo 3º.- El Consejo ejerce funciones normativas y fiscalizadoras. La normativas las ejerce dictando, modificando o derogando Ordenanzas y Acuerdos de Consejo Regional. Las funciones de fiscalizacion a traves de comisiones permanentes o especiales o mediante acuerdos en que dispone que la parte Ejecutiva del Gobierno Regional le informe sobre aquellos asuntos que demandan su intervencion. El Consejo cumple funciones administrativas en el modo y forma de ley.

TITULO II DEL CONSEJO REGIONAL CAPITULO I DEFINICION FINALIDAD OBJETIVO Y ATRIBUCIONES
Articulo 4º.- El Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas. Esta integrado por el Presidente Regional, el Vicepresidente y los Consejeros Regionales. Articulo 5º.- El Consejo Regional de San MORDAZA tiene como finalidad la produccion de la legislacion y normatividad necesaria para fomentar y fiscalizar en la Region San MORDAZA, su desarrollo integral sostenido y sostenible, con la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico y social, poblacional, cultural y ambiental a traves de planes, programas y proyectos orientadas a generar condiciones que permita el crecimiento economico armonizado con la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres en igualdad de oportunidades. Articulo 6º.- Son objetivos del Consejo Regional a. Contribuir con la obligacion del Gobierno Regional, como parte fundamental de la estructura descentralizada del Estado b. Garantizar la eficiencia y eficacia de los organos del Gobierno de la Region San MORDAZA mediante la dacion de normas que aseguran la descentralizacion y desconcentracion administrativa. c. Fiscalizar las acciones de los organos de la administracion Publica de la Region San Martin. Articulo 7º.- Atribuciones del Consejo Regional Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. b. Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulacion entre zonas

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