Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2004 (17/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, MORDAZA 17 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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de las investigaciones que realizan los Consejeros o Comisiones, que por mandato de ley estan autorizados, a fin de que las instancias respectivas apliquen las medidas correctivas que correspondan. Exceptuandose de estos tramites cuando se trate de la funcion de fiscalizacion y de solicitud de informacion pudiendo realizarse de manera oral y/o escrita. Dependiendo de la gravedad de la informacion dolosa la comision correspondiente podra actuar conjuntamente con el organo de Control Interno. f. Asistir a las sesiones del Consejo Regional y Comisiones correspondientes con derecho a voz y voto. g. El Consejero Regional tiene derecho a recibir dietas y viaticos conforme a Ley. Las dietas no podran exceder de una y media Unidad impositiva Tributaria en un periodo de un mes. No tiene caracter remunerativo son renunciables y excluyentes de cualquier otra bonificacion o asignacion de similar concepto. Se abonara por cada periodo efectivo de sesiones en el transcurso del mes, a las que MORDAZA asistido el Consejero. Para efecto de computar la asistencia como valida el Consejero debera llegar a la sesion en la hora indicada de la citacion, y debera permanecer desde el inicio hasta el final. h. El Consejero Regional tiene derecho a contar con asesoramiento tecnico y/o legal en las acciones y funciones de su competencia y recursos economicos que le permitan cumplir cabalmente con las obligaciones funcionales que emanan de la Constitucion Politica, Ley de Bases de Descentralizacion, la Ley Organica de Gobierno Regional y su modificatoria, y el presente reglamento. i. Los Consejeros deberan estar debidamente informados de las actos juridicos y/o de gobierno, del Ejecutivo en el ambito de su Provincia y a nivel Regional, haciendosele conocer de manera obligatoria lo referente a su jurisdiccion provincial. j. El Presidente, Vicepresidente y los Consejeros Regionales en aras de la transparencia administrativa estan obligados a presentar Declaracion Jurada de bienes y/o rentas al inicio y conclusion de su mandato. k. Los demas que le MORDAZA asignados por Ley y por Consejo Regional.

nal de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, siendo obligatoria la publicacion de la MORDAZA que la aprueba y su monto. Articulo 18º.- Son atribuciones del Presidente Regional: a. Dirigir y supervisar la marcha del Gobierno Regional y de sus organos ejecutivos, administrativos y tecnicos. b. Proponer y ejecutar el Presupuesto Participativo Regional aprobado por el Consejo Regional. c. Asignar MORDAZA al Gerente General Regional y a los Gerentes Regionales, asi como nombrar y MORDAZA a los funcionarios de confianza. d. Dictar Decretos y Resoluciones Regionales. e. Dirigir la ejecucion de los planes y programas del Gobierno Regional y velar por su cumplimiento. f. Administrar los bienes y las rentas del Gobierno Regional. g. Dirigir, supervisar, coordinar y administrar las actividades y servicios publicos a cargo del Gobierno Regional a traves de sus Gerentes Regionales. h. Aprobar las normas reglamentarias de organizacion y funciones de las dependencias administrativas del Gobierno Regional (ROF). i. Disponer la publicacion mensual y detalladas de las estadisticas regionales. j. Suscribir convenios o contratos con la cooperacion tecnica internacional, con el Apoyo del Consejo Nacional de la Descentralizacion, y de otras entidades publicas y privadas, en el MORDAZA de su competencia. k. Celebrar y suscribir, en representacion del Gobierno Regional, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecucion o concesion de obras, proyectos de inversion, prestacion de servicios y demas acciones de desarrollo conforme a la Ley de la materia y solo respecto de aquellos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional. l. Convocar y presidir las sesiones del Consejo Regional y del Consejo de Coordinacion Regional. m. Presentar su Informe Anual al Consejo Regional. n. Presentar la Memoria y el informe de los Estados Presupuestarios y Financieros del Gobierno Regional al Consejo Regional. o. Promulgar las Ordenanzas Regionales y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional. p. Presentar al Consejo Regional: 1) El Plan de Desarrollo Regional Concertado. 2) El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual. 3) El Programa de Promocion de Inversiones y Exportaciones Regionales. 4) El Programa de Competitividad Regional. 5) El Programa Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas. 6) El Programa de Desarrollo Institucional. 7) Las propuestas de acuerdos de cooperacion con otros gobiernos regionales y de estrategias de acciones macro regionales. q. Proponer al Consejo las iniciativas legislativas. r. Proponer y celebrar los contratos de las operaciones de credito interno y externo aprobadas por el Consejo Regional. s. Promover y celebrar convenios con instituciones academicas, universidades y centros de investigacion publicos y privados para realizar acciones de capacitacion, asistencia tecnica e investigacion. t. Promover y participar en eventos de integracion y coordinacion macroregionales. u. Proponer, ejecutar las estrategias y politicas para el fomento de la participacion ciudadana. v. Las demas que le senale la ley. Articulo 19º.- De los Actos del Presidente Regional. El Presidente Regional ejecuta sus actos de gobierno mediante Decretos Regionales; los actos administrativos que correspondan, son suscritos con el Gerente General Regional y/o los Gerentes Regionales.

DE LAS RESPONSABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES DE LOS CONSEJEROS REGIONALES
Articulo 16º.- El cargo de Consejero Regional es incompatible: - Con el ejercicio de cualquier otra funcion publica proveniente de eleccion popular. - Con la condicion de Gerente, apoderado, representante, mandatario, abogado, accionista o miembro de directorio de empresas o instituciones que tienen con el Gobierno Regional contratos de obras, de suministros o de aprovisionamiento, administran rentas publicas o prestan servicios publicos. - Con cargos similares en empresas que durante el mandato de los Consejeros Regionales, obtengan concesiones del Gobierno Regional de San MORDAZA, asi como en empresas del sistema crediticio financiero supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros. Los Consejeros Regionales son responsables: - Solidariamente, por los acuerdos que adopten salvo que dejen expresa MORDAZA de su MORDAZA en contra. - Individualmente, por los actos violatorios de la Ley, en el ejercicio del cargo. - Los Consejeros Regionales no pueden ejercer cargos en el Gobierno Regional, salvo que hayan sido elegidos siendo trabajadores, en cuyo caso gozaran de licencia durante el tiempo que dure su cargo. - Los Consejeros Regionales no pueden intervenir a favor de terceros en causas pendientes con el Gobierno Regional.

CAPITULO IV DE LA PRESIDENCIA REGIONAL
Articulo 17º.- La Presidencia Regional es el organo Ejecutivo del Gobierno Regional, recae en el Presidente Regional, quien es la MORDAZA autoridad de su jurisdiccion, representante legal y titular del Pliego Presupuestal del Gobierno Regional. El Presidente Regional desempena su cargo a dedicacion exclusiva, con la sola excepcion de la funcion docente. Percibe una remuneracion fijada por el Consejo Regio-

CAPITULO V DE LA VICEPRESIDENCIA REGIONAL
Articulo 20º.- El Vicepresidente Regional reemplaza al Presidente Regional en casos de licencia concedida por el Consejo Regional, que no puede superar los 45 dias naturales al ano; por ausencia o impedimento temporal, por suspension o vacancia, con las prerrogativas y atribucio-

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