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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (23/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

PÆg. 278943 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de octubre de 2004 CAPÍTULO III RESIDENCIA Y PREEMINENCIAS Artículo 67º.- El personal en las situaciones de Dispo- nibilidad o Retiro podrá ausentarse o residir en cualquier lugar del país o del extranjero previo conocimiento de laSuperioridad, sin perjuicio del cumplimiento de las disposi-ciones establecidas en la Ley de Pensiones Militar-Policial. Artículo 68º.- El personal en la situación de Retiro, sobreviviente de una batalla o acción de armas en guerra exterior tiene derecho a usar el uniforme y ocupar lugar especial en las ceremonias y actos oficiales. CAPÍTULO IV ESTADO CIVIL Artículo 69º.- El personal en situación de Actividad, puede contraer matrimonio previo conocimiento de la Su-perioridad. Para contraer matrimonio con extranjera, requerirá au- torización otorgada por Resolución Directoral. 19210 Autorizan a EdecÆn para acompaæar al Ministro de Defensa en su viaje a Italia para participar en la entrega oficial de unidades navales al Estado Peruano RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 465-2004-DE/SG Lima, 20 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro de Defensa viajará a la ciudad de La Spezia-Italia, del 28 de octubre al 6 de noviembre del2004, con la finalidad de participar en la entrega Oficial alEstado Peruano de las Unidades Navales adquiridas a laMarina Militar Italiana, así como la incorporación y afirmadodel Pabellón Nacional; Que, se ha designado al señor Capitán de Fragata Carlos Ricardo TUPAC YUPANQUI Bromberg, en su condi-ción de Edecán, para acompañar al señor Ministro de De-fensa en su viaje al citado país; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fe-cha 5 de junio del 2002; Ley Nº 28128 - Ley de Presupues-to para el Sector Público para el Año Fiscal 2004; Ley Nº27860 - Ley del Ministerio de Defensa; y Decreto SupremoNº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modi- ficado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fe- cha 30 de junio del 2004; y, Estando a lo acordado: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio a la ciudad de La Spezia-Italia, del 28 deoctubre al 6 de noviembre del 2004, al señor Capitán deFragata Carlos Ricardo TUPAC YUPANQUI Bromberg, Ede-cán del señor Ministro de Defensa; para los fines expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Pre-supuestal del Ministerio de Defensa, de acuerdo al siguien-te detalle: Pasajes: Lima-La Spezia (ITALIA)-Lima US$ 1,200.00 x 1 persona Viáticos: US$ 260.00 x 10 días x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 28.24 x 1 persona Artículo 3º.- El citado Oficial Superior, deberá dar cum- plimiento a lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Su- premo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y laCuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y elMinistro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 19211 Disponen la adquisición de repuestos para equipos criptogrÆficos de la Mari-na de Guerra del Perœ mediante proce-so de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1107-2004-DE/MGP Lima, 19 de octubre de 2004 Visto el Oficio M.600-2298 de fecha 3 de agosto del 2004, mediante el cual el Director de Telemática de la Ma-rina solicita la exoneración del proceso de selección deAdjudicación Directa Selectiva, para la adquisición de re- puestos para equipos criptográficos, como bienes que no admiten sustitutos; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Técnico Nº 001-2004 de fecha 17 de junio del 2004, el Jefe del Departamento de Seguridad de la Información de la Dirección de Telemática de la Marina señala que la capacidad deoperatividad de los equipos que integran el SistemaCriptográfico, actualmente operando en Unidades yDependencias de la Marina de Guerra del Perú, se veafectada porque existen equipos inoperativos que por falta de repuestos se encuentran fuera de servicio, lo cual afecta la seguridad de las comunicaciones, siendonecesario la adquisición de repuestos de criptografía; Que, asimismo, en dicho Informe Técnico se precisa que la empresa OMNISEC AG. de Suiza es fabricante ex-clusivo de los equipos que integran el referido Sistema, teniendo derechos sobre las patentes, autorizaciones, hardware y licencias de software para operaciones de losequipos de la misma marca, siendo la única empresa quebrinda el suministro de los repuestos adecuados para lacontinuidad de su funcionamiento, concluyendo por elloque los bienes del requerimiento presentado no admiten sustitutos; Que, mediante la Carta sin número de fecha 1 de julio del 2004, la empresa OMNISEC AG. confirma quesu representante exclusivo en el Perú es el señorGuillermo Zariquiey Guillot, a través de la firma CORDI-TEL, indicando además que dicha empresa es la única fabricante de productos de la marca exclusiva OMNI- SEC AG., no contando con subsidiarias ni sucursales,tan sólo con representaciones comerciales a nivel mun-dial; Que, el inciso (f) del artículo 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM de fecha 12 de febrero del 2001, dispone queestán exoneradas de los procesos de Licitación Pública,Concurso Público o Adjudicación Directa, las adquisicionesque se realicen por la causal de "Bienes que no admitenSustitutos"; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la citada Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,establece que las adquisiciones o contrataciones a que serefiere la norma del considerando precedente se realizaránmediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía,