Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2004 (23/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 23 de octubre de 2004
CAPITULO III RESIDENCIA Y PREEMINENCIAS

NORMAS LEGALES

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Articulo 67º.- El personal en las situaciones de Disponibilidad o Retiro podra ausentarse o residir en cualquier lugar del MORDAZA o del extranjero previo conocimiento de la Superioridad, sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley de Pensiones Militar-Policial. Articulo 68º.- El personal en la situacion de Retiro, sobreviviente de una batalla o accion de MORDAZA en MORDAZA exterior tiene derecho a usar el uniforme y ocupar lugar especial en las ceremonias y actos oficiales. CAPITULO IV ESTADO CIVIL Articulo 69º.- El personal en situacion de Actividad, puede contraer matrimonio previo conocimiento de la Superioridad. Para contraer matrimonio con extranjera, requerira autorizacion otorgada por Resolucion Directoral. 19210

Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 19211

Autorizan a Edecan para acompanar al Ministro de Defensa en su viaje a Italia para participar en la entrega oficial de unidades navales al Estado Peruano
RESOLUCION SUPREMA Nº 465-2004-DE/SG
MORDAZA, 20 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el senor Ministro de Defensa viajara a la MORDAZA de La Spezia-Italia, del 28 de octubre al 6 de noviembre del 2004, con la finalidad de participar en la entrega Oficial al Estado Peruano de las Unidades Navales adquiridas a la MORDAZA Militar Italiana, asi como la incorporacion y afirmado del Pabellon Nacional; Que, se ha designado al senor Capitan de Fragata MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bromberg, en su condicion de Edecan, para acompanar al senor Ministro de Defensa en su viaje al citado pais; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002; Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto para el Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa; y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio del 2004; y, Estando a lo acordado: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision del Servicio a la MORDAZA de La Spezia-Italia, del 28 de octubre al 6 de noviembre del 2004, al senor Capitan de Fragata MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bromberg, Edecan del senor Ministro de Defensa; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Defensa, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: Lima-La Spezia (ITALIA)-Lima US$ 1,200.00 x 1 persona Viaticos: US$ 260.00 x 10 dias x 1 persona Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto US$ 28.24 x 1 persona Articulo 3º.- El citado Oficial Superior, debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la

Disponen la adquisicion de repuestos para equipos criptograficos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1107-2004-DE/MGP
MORDAZA, 19 de octubre de 2004 Visto el Oficio M.600-2298 de fecha 3 de agosto del 2004, mediante el cual el Director de Telematica de la MORDAZA solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, para la adquisicion de repuestos para equipos criptograficos, como bienes que no admiten sustitutos; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Tecnico Nº 001-2004 de fecha 17 de junio del 2004, el Jefe del Departamento de Seguridad de la Informacion de la Direccion de Telematica de la MORDAZA senala que la capacidad de operatividad de los equipos que integran el Sistema Criptografico, actualmente operando en Unidades y Dependencias de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, se ve afectada porque existen equipos inoperativos que por falta de repuestos se encuentran fuera de servicio, lo cual afecta la seguridad de las comunicaciones, siendo necesario la adquisicion de repuestos de criptografia; Que, asimismo, en dicho Informe Tecnico se precisa que la empresa OMNISEC AG. de Suiza es fabricante exclusivo de los equipos que integran el referido Sistema, teniendo derechos sobre las patentes, autorizaciones, hardware y licencias de software para operaciones de los equipos de la misma MORDAZA, siendo la unica empresa que brinda el suministro de los repuestos adecuados para la continuidad de su funcionamiento, concluyendo por ello que los bienes del requerimiento presentado no admiten sustitutos; Que, mediante la Carta sin numero de fecha 1 de MORDAZA del 2004, la empresa OMNISEC AG. confirma que su representante exclusivo en el Peru es el senor MORDAZA Zariquiey Guillot, a traves de la firma CORDITEL, indicando ademas que dicha empresa es la unica fabricante de productos de la MORDAZA exclusiva OMNISEC AG., no contando con subsidiarias ni sucursales, tan solo con representaciones comerciales a nivel mundial; Que, el inciso (f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM de fecha 12 de febrero del 2001, dispone que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones que se realicen por la causal de "Bienes que no admiten Sustitutos"; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la citada Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere la MORDAZA del considerando precedente se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia,

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