Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2004 (23/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 23 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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octubre 2004 a enero 2005, para cuyo efecto se propone a la Universidad Nacional Agraria La Molina; Que, el referido Informe Tecnico Economico sustenta la conveniencia de proceder a la contratacion con la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA en cuanto resulta mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios del MORDAZA en razon de los costos de oportunidad y considera que resulta mas eficiente contratar con la referida entidad estatal por la experiencia tecnica con la que cuenta; Que, el articulo 106° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado desarrolla los requisitos a que se refiere el inciso a) del articulo 19° de la Ley, indicando que debe estar sustentada en un Informe Tecnico Economico elaborado por la Entidad en el que se detalle y demuestre cuando menos que la adquisicion o contratacion resulta ser mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios del MORDAZA, siempre y cuando ello no sea el resultado del uso o aprovechamiento por parte de la Entidad que participa como postor de ventajas o prerrogativas derivadas de su condicion de Entidad del Estado que suponga colocar en situacion de desventaja a los otros proveedores de los mismos bienes, servicios, obras, arrendamientos y seguros, asi como que en razon de costos de oportunidad, resulta mas eficiente adquirir o contratar con otra entidad del Estado y que la adquisicion resulta tecnicamente idonea y viable; Que el inciso a) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen entre entidades del Sector Publico, de acuerdo a los criterios de economia que establece el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que de conformidad con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la MORDAZA de dicha Resolucion y el informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, la Oficina de Asesoria Juridica ha emitido opinion legal a traves del Informe Nº 1493-2004-ME/SG-OAJ, conforme a lo dispuesto en el articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el Art. 114º del precitado Reglamento, senala que la facultad de aprobacion de las Exoneraciones referidas en el MORDAZA considerando no puede ser delegada por las autoridades que se indican en el Art. 20º del citado Texto Unico Ordenado; Que, mediante la Hoja de Coordinacion Nº 891 -2004ME/SPE-UP de fecha 15 de octubre 2004 de la Unidad de Presupuesto garantiza y certifica la disponibilidad presupuestal por un monto de S/ 746,688.00 nuevos soles para la Unidad Ejecutora 026 Programa de Educacion Basica para Todos con la cadena de gasto respectiva; Que, mediante Hoja de Coordinacion Interna Nº 1412004-ME-SG/COMPFE-PR se certifica la existencia de recursos por el monto de S/. 650,000.00 nuevos soles definiendose la cadena de gasto para la Unidad Ejecutora 030: Programa de Educacion en Areas Rurales por lo cual existe la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de la Resolucion Ministerial de exoneracion, la misma que asciende a un valor referencial total de S/. 1´050,000.00 (Un Millon Cincuenta Mil Nuevos Soles) incluido el Impuesto General a las Ventas; Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia el servicio de Levantamiento de informacion de asistencia del "Plan Piloto de Bonificaciones Especiales para Docentes de Areas Rurales" (PLAN PILOTO) y toma de prueba de aprendizaje para el PLAN PILOTO y para la Linea de Base del Proyecto de Educacion en Areas Rurales (PEAR), por un valor referencial de S/. 1´050,000.00 (Un Millon Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) por el periodo comprendido entre los meses de octubre 2004 a enero 2005 y cuya contratacion se efectue a traves del Area de Licitaciones de la Comision de Coordinacion y Administracion de la Ejecucion de Proyectos con Financiamiento Externo, COMPFE del Ministerio de Educacion;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nos. 51-95-ED, 002-96-ED, 012-2001-PCM, 0132001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerese al Ministerio de Educacion del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico por causal de contratacion entre entidades del Sector Publico, y autoricese a contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia el servicio de Levantamiento de Informacion de asistencia del "Plan Piloto de Bonificaciones Especiales para Docentes de Areas Rurales" (PLAN PILOTO) y toma de prueba de aprendizaje para el PLAN PILOTO y para la Linea de Base del Proyecto de Educacion en Areas Rurales (PEAR) por un valor referencial de S/. 1´050,000.00 (Un Millon Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) por el periodo comprendido entre los meses de octubre 2004 a enero 2005. Articulo 2º.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se realizara a traves del Area de Licitaciones de la Comision de Coordinacion y Administracion de la Ejecucion de Proyectos con Financiamiento Externo - COMPFE del Ministerio de Educacion, y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 3º.- El egreso que ocasione la presente Resolucion se aplicara con cargo al presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educacion; Unidad Ejecutora 026: Programa de Educacion Basica para Todos y de la Unidad Ejecutora 030: Proyecto de Educacion en Areas Rurales (PEAR). Articulo 4º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes seran remitidos a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 19156

Autorizan a procurador iniciar acciones contra Director Titular del Centro de Educacion Ocupacional "PROMAE RIMAC" por presunta comision de delitos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0543-2004-ED
MORDAZA, 21 de octubre de 2004 Vistos el Oficio Nº 2113-2004-PP/ED del Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, Expediente Nº 63547-2004 y demas actuados; CONSIDERANDO: Que mediante el Oficio Nº 2113-2004-PP/ED el Procurador Publico del Sector Educacion solicita que este Ministerio emita la Resolucion Autoritativa que le permita interponer las acciones judiciales pertinentes contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Titular del Centro de Educacion Ocupacional "PROMAE RIMAC", por la presunta comision de los delitos contra la Administracion Publica, en su modalidad de Usurpacion de Funciones y Desobediencia a la Autoridad, en agravio del Estado, ilicitos penales previstos y sancionados en los articulos 361º y 368º del Codigo Penal; Que de los hechos y las actas levantadas por la MORDAZA y MORDAZA Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito de MORDAZA se advierte, que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la fecha se rehusa a acatar lo dispuesto en las Resoluciones Directorales UGEL 02 Nºs. 3989 y 4124-2004, las cuales sancionan con Separacion Temporal en el servicio por el lapso de dos (2) anos sin goce de remuneracion y encargan la funcion de Director del Centro de Educacion Ocupa-

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