Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2004 (23/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 23 de octubre de 2004

Que, la III Reunion de Presidentes de MORDAZA del Sur es el mecanismo para seguir impulsando acciones de coordinacion y cooperacion con miras a la conformacion de un espacio comun sudamericano; Que, el Peru ha asumido la responsabilidad de organizar la III Reunion de Presidentes de MORDAZA del Sur, que se celebrara los dias 8 y 9 de diciembre del ano en curso, en las ciudades de MORDAZA y MORDAZA, y a la que asistiran los Jefes de Estado y de Gobierno de doce paises de la Region, asi como los Jefes de Estado de dos paises americanos que asisten en calidad de invitados especiales; Que, dicho honroso encargo comprende la adecuada realizacion de las reuniones preparatorias previstas en el MORDAZA de la citada III Reunion de Presidentes de MORDAZA del Sur; Que, del mismo modo, se ha considerado oportuno tan apropiado MORDAZA para llevar a cabo la conmemoracion del 180º Aniversario de las batallas de MORDAZA y MORDAZA y de la Convocatoria al Congreso Anfictionico de Panama, efemerides historicas que representan la MORDAZA y senalan el rumbo de la integracion latinoamericana; Que, de conformidad con la Resolucion Ministerial Nº 0531-2004-RE de 8 de MORDAZA de 2004 se designo al Coordinador General de la III Reunion de Presidentes de MORDAZA del Sur; SE RESUELVE:

se decidio celebrar su II Reunion en el Peru en el 2004. Asimismo, mediante Resolucion Nº 58/216 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su 58º Periodo de Sesiones, se acogio con beneplacito el ofrecimiento del Peru de servir de anfitrion de la proxima reunion mundial de los miembros de la Alianza para las Montanas en el MORDAZA semestre de 2004; Que, en ese sentido, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Centro Internacional de la Papa (CIP) han asumido la tarea de organizar y promover la realizacion de la II Reunion Mundial de la Alianza para las Montanas en la MORDAZA del MORDAZA, para los dias 28 y 29 de octubre de 2004 y que los aspecto logisticos de la citada reunion contaran con el apoyo financiero de los gobiernos de Italia y Suiza; De conformidad con los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar la "II Reunion Mundial de la Alianza para las Montanas" que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, los dias 28 y 29 de octubre de 2004. Articulo 2º.- La presente Resolucion de oficializacion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo Unico.- Declarese de "interes nacional", la realizacion de la III Reunion de Presidentes de MORDAZA del Sur, a realizarse los dias 8 y 9 de diciembre del ano en curso, en las ciudades de MORDAZA y Ayacucho; asi como todas las reuniones preparatorias cuyos trabajos contribuiran a la formulacion de los mandatos que emanen de dicho evento. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 19215

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 19167

Designan delegacion que participara en audiencias y reuniones sobre casos del Peru que se realizaran en EE.UU. en la Comision Interamericana de Derechos Humanos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0847-2004-RE
MORDAZA, 21 de octubre de 2004

Oficializan la II Reunion Mundial de la Alianza para las Montanas que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0846-2004-RE
MORDAZA, 21 de octubre de 2004 Visto el Memorandum (SME-DDS) Nº 306, mediante el cual la Subsecretaria de Asuntos Multilaterales, solicita la oficializacion de la "II Reunion Mundial de la Alianza para las Montanas" que se llevara a cabo en la MORDAZA del MORDAZA, el 28 y 29 de octubre de 2004. CONSIDERANDO: Que durante la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, llevada a cabo en Johannesburgo, Sudafrica, del 26 de agosto al 4 de setiembre de 2002, el Peru adhirio a la Alianza Internacional o Acuerdo MORDAZA II sobre el Desarrollo Sostenible de los ecosistemas fragiles de montanas; Que la Alianza para las Montanas (AM) o "Mountains Partnership" (MP), integrada por gobiernos de 42 paises, 14 Organizaciones Intergubernamentales y 50 Grupos Principales no Gubernamentales, es una asociacion voluntaria de las Partes interesadas en colaborar con el objetivo comun de lograr el desarrollo sostenible de las regiones montanosas de todo el MORDAZA, asi como promover iniciativas conjuntas con base en el parrafo 42 del Plan de Aplicacion de la Cumbre de Johannesburgo de 2002 y otros documentos relacionados con el tema; Que en la I Reunion Mundial de la Alianza para las Montanas (AM), efectuada en Merano, Italia, en octubre de 2003,

CONSIDERANDO: Que el 121º Periodo de Sesiones de la Comision Interamericana de Derechos Humanos se viene desarrollando en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 11 al 29 de octubre de 2004; Que en ese MORDAZA, la Comision Interamericana de Derechos Humanos ha convocado a audiencias y reuniones de trabajo sobre casos del Peru los dias 25 y 26 de octubre de 2004; Que mediante Oficio Nº 1271-2004-JUS/CNDH-SE de 4 de octubre de 2004, el Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos comunico la nomina de los integrantes del Sector Justicia en la delegacion oficial del Estado peruano ante el 121º Periodo de Sesiones de la Comision Interamericana de Derechos Humanos; Que, es necesario designar la delegacion peruana que participara en representacion del Estado peruano en dichas audiencias; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GPX) Nº 4629, del Gabinete de Coordinacion del Secretario de Politica Exterior, de 4 de octubre de 2004; y la Hoja de Tramite (GPX) Nº 4778, de 13 de octubre de 2004; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, en concordancia con el articulo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y el articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004;

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