Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2004 (23/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 23 de octubre de 2004

requiriendo obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo; asimismo, su inciso (a) dispone que las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, en el Informe Legal Nº 001-2004 de fecha 19 de MORDAZA del 2004, el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica del Estado Mayor General de la MORDAZA concluye que legalmente es factible enmarcar la adquisicion de bienes que, por su origen y condicion tecnica, solo tienen un fabricante dentro del universo de potenciales proveedores, cuando la compra del suministro garantice celeridad en la atencion del requerimiento y disminucion de costos al garantizarse tecnica y operativamente el adecuado funcionamiento de los equipos a los cuales destinaran los bienes adquiridos; Que, asimismo, en el referido Informe Legal se indica que el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, contemplan legalmente como exoneracion, la adquisicion de bienes que no admiten sustitutos, situacion que bajo el criterio de economia, subdividido en aspectos de oportunidad y costos, enmarcan la atencion del requerimiento de repuestos para el Sistema Criptografico de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, como un MORDAZA de adquisicion a ser realizado bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el articulo 105º del Reglamento de la citada Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que de producirse los supuestos senalados en los articulos 19º y 32º de dicha Ley, que determinen la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda; Que, el articulo 116º del Reglamento de la mencionada Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que las adquisiciones y Contrataciones exoneradas de conformidad con el articulo 19º de dicha Ley, se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo de aplicacion lo dispuesto en el articulo 105º del citado Reglamento; asimismo, que la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara, en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Estando a lo recomendado por el Director de Telematica de la MORDAZA, a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA, y de acuerdo a la atribucion conferida por el inciso (a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM de fecha 12 de febrero del 2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la adquisicion de repuestos para equipos criptograficos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, como bienes que no admiten sustitutos. Articulo 2º.- Exonerar a la MORDAZA de MORDAZA del Peru de efectuar el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, para la adquisicion de repuestos de criptografia, para la contratacion de la firma CORDITEL representante exclusivo en el Peru de la empresa OMNISEC AG. de Suiza, fabricante exclusivo de los repuestos criptograficos, por un valor referencial de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 154,000.00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios Ano Fiscal 2004 de la MORDAZA de MORDAZA del Peru - Direccion de Telematica, cadena del gasto 5.3.11.30.03. Articulo 3º.- Autorizar al Comandante General de la MORDAZA a nombrar el Comite Especial que llevara a cabo el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia para adquirir los bienes a que se refiere el Articulo Primero, asi como al Director de Telematica de la MORDAZA para que efectue los tramites administrativos que correspondan, de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 4º.- Disponer se publique la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los DIEZ (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision y se remita a la Contraloria General de la Republica MORDAZA de dicha

resolucion, asi como de los Informes Legal y Tecnico que la sustentan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 18985

ECONOMIA Y FINANZAS
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 145-2004-EF Mediante Oficio Nº 354-2004-SCM-PR la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 145-2004-EF, publicado en la edicion del 19 de octubre de 2004. En la pagina Nº 278632, inciso b) del articulo 2º DICE: "(...) b) Se otorgara al personal que cuente con vinculo laboral vigente en el momento en que se abona cada uno de los montos establecidos en los literales a) y b) del articulo 1º del presente Decreto Supremo. No procede el pago retroactivo de la parte de la asignacion extraordinaria que no se percibio en razon a que no existia vinculo laboral vigente en la oportunidad de su pago". DEBE DECIR: "(...) b) Se otorgara al personal que cuente con vinculo laboral vigente en el momento en que se abona el monto establecido en el articulo 1º del presente Decreto Supremo. No procede el pago retroactivo de la parte de la asignacion extraordinaria que no se percibio en razon a que no existia vinculo laboral vigente en la oportunidad de su pago". 19208

EDUCACION
Autorizan contratar servicio de levantamiento de informacion de asistencia sobre plan piloto de bonificaciones para docentes de areas rurales, mediante adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0531-2004-ED
MORDAZA, 19 de octubre de 2004 VISTO; El Memorandum Nº 236-2004-ME/SPE/PLANMED del Jefe (e) de la Oficina de Planificacion Estrategica y Medicion de la Calidad Educativa; CONSIDERANDO: Que, el Jefe (e) de la Oficina de Planificacion Estrategica y Medicion de la Calidad Educativa, adjunta el Informe Tecnico Economico Nº 002- 2004/SPE por el cual se comunica la necesidad de contratar el servicio de Levantamiento de Informacion de asistencia del "Plan Piloto de Bonificaciones Especiales para Docentes de Areas Rurales" (PLAN PILOTO) y toma de prueba de aprendizaje para el PLAN PILOTO y para la Linea de Base del Proyecto de Educacion en Areas Rurales (PEAR), por un valor referencial de S/. 1´050,000.00 (Un Millon Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) por el periodo comprendido entre los meses de

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