Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2004 (23/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, sabado 23 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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Clinica BARRAQUER de BOGOTA-COLOMBIA; por un periodo de TREINTA (30) dias; CONSIDERANDO: Que, con el Oficio Nº 149-04-FOSPOLI-GG-DTE de 20OCT2004, la Gerencia General de FOSPOLI solicita se expida Resolucion autoritativa para viaje al extranjero del SOT3 PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a efectos de ser sometido a tratamiento Medico Especializado de Oftalmologia, en la Clinica BARRAQUER de BOGOTA-COLOMBIA, por un periodo de TREINTA (30) dias, quien presenta el diagnostico de "TRAUMATISMO GRAVE OJO MORDAZA POR PROYECTIL DE ARMA DE FUEGO"; Que, el articulo 7º del D.S. Nº 005-DE/SG de 04DIC87, y su modificatoria el D.S. Nº 065-DE/CCFFAA de 17FEB93, establece que el Personal Militar y Civil de las FF.AA. tienen derecho a recibir Tratamiento Medico Especializado en el extranjero cuando no MORDAZA logrado su total recuperacion en el MORDAZA, cuyo beneficio se hizo extensivo al Personal Policial y Civil de la Policia Nacional del Peru, mediante el D.S. Nº 008-88-IN de 29FEB88; Que, de conformidad a lo preceptuado en la Directiva Nº 001-90-OGA-DM aprobado por R.M. N° 0341-90-IN/OGA de 06SET90, sobre Normas Complementarias de Austeridad Sectorial en la Ejecucion de Gasto Publico, concordante con la Directiva Nº 004-90-IN-OSPI/PCT.0318, respecto a la Autorizacion de Viajes al Extranjero; y a lo previsto en el Reglamento del Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru, aprobado por R.M. Nº 0431-97-IN/PNP de 06MAY97; Que, de acuerdo a lo informado por la Direccion de Sanidad de la Policia Nacional del Peru, mediante, las Actas de Junta Medica Nº 297-2004-HC.LNS.PNP.DIVCIR-SERVOFT de 18OCT2004 y de Junta de Intersanidades Nº 006-2004-HC.LNS.PNP.DIVCIR.SERVOFT de 19OCT2004, el mencionado servidor requiere en forma muy urgente sea sometido a Cirugia Ocular ojo MORDAZA "VITRECTOMIA POSTERIOR, MAS EXTRACCION DE CUERPO EXTRANO INFRAOCULAR, LENSECTOMIA, APLICACION DE ENDOLASER, INYECCION DE GAS C3 F8" en la Clinica BARRAQUER de BOGOTA-COLOMBIA, el Informe Nº 155-2004-DIREJADM-DIRECFIN PNPDEP/DA de 21OCT2004, sobre concepto de Remuneracion por Tratamiento Medico en el Extranjero, el Proyecto de Liquidacion Nº 07-DIREFIN PNP-DPYB de 21OCT2004 y el Oficio Nº 148-04-FOSPOLI-GG-DTE de 20OCT2004, mediante el cual el Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru, comunica que cubrira los gastos del Tratamiento Medico Especializado en la mencionada clinica; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion de Recursos Humanos de la Policia Nacional del Peru, en su Dictamen Nº 4190-2004-DIRREHUMUNIASJUR-UPROSUB de 21OCT2004; Lo propuesto por el General PNP Director de Recursos Humanos de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero al SOT3 PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en compania de su hermana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ser sometido a Tratamiento Medico Especializado de Oftalmologia, en la Clinica BARRAQUER de BOGOTA-COLOMBIA, por un periodo de TREINTA (30) dias, a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion. Articulo 2º.- La Direccion de Economia de la Policia Nacional del Peru, abonara al mencionado servidor la cantidad de TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/ 100 ($ 3,696.00) DOLARES AMERICANOS, por concepto de remuneracion por Tratamiento Medico en el extranjero, asimismo, sufragara los gastos por concepto de Pasajes e Impuestos CORPAC por la cantidad de CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 (S/. 434.00) NUEVOS SOLES. Articulo 3º.- El Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru, cubrira los gastos que demande su tratamiento Medico Especializado en la Clinica BARRAQUER de BOGOTA-COLOMBIA; por la suma de CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 05/100 ($ 4,243.05) DOLARES AMERICANOS; asimismo sufragara los gastos de pasajes, equipajes e impuesto CORPAC para la acompanante.

Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a solicitar liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro del Interior y por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior 19213

JUSTICIA
Designan representante ante la Comision Multisectorial para la imple mentacion del Plan Nacional de Apoyo a la Familia 2004 - 2011
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 507-2004-JUS
MORDAZA, 20 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2004-MIMDES, se constituyo la Comision Multisectorial para la implementacion del Plan Nacional de Apoyo a la Familia 2004-2011; Que, la referida Comision esta integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Justicia, resultando necesario designar al representante del Ministerio de Justicia ante aquella; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25993, de la Ley Nº 27594, el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS y el Decreto Supremo Nº 006-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor abogado MORDAZA MORDAZA Artola MORDAZA, Asesor de la Alta Direccion, como representante del Ministerio de Justicia ante la Comision Multisectorial para la implementacion del Plan Nacional de Apoyo a la Familia 2004-2011. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia 19061

Autorizan a procurador iniciar acciones a presunto responsable de la comision de delito contra la administracion publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 508-2004-JUS
MORDAZA, 20 de octubre de 2004 Visto el Oficio Nº 2233-2004-JUS-PPMJ, de fecha 14 de setiembre del 2004, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 220-2004-INPE/06, de fecha 26 de MORDAZA del 2004, la Oficina General de Asesoria Juridica del Instituto Nacional Penitenciario, da cuenta que a un Agente Penitenciario del Establecimiento

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