Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2004 (08/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 104

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 8 de setiembre de 2004

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Sancionan con cese temporal a ex funcionarios de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0483-2004-ALC/MDSA

MORDAZA MORDAZA, 3 de setiembre 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA Visto, el Informe Nº 032-2004-CEPAD/MDSA, de fecha 23 de agosto del ano en curso, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0364-2004ALC/MDSA, del 9 de MORDAZA del 2004, se procedio a la apertura de MORDAZA Administrativo Disciplinario a los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subgerente de Informatica y Estadistica; Williams MORDAZA Lama, ex Gerente de Rentas; MORDAZA MORDAZA Nogueira, ex Director de Rentas; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Rentas; MORDAZA MORDAZA Chuqui MORDAZA, ex Jefe de la Division de Administracion Tributaria, Recaudacion y Orientacion al Contribuyente; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Administracion Tributaria de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, a merito de las observaciones y recomendaciones contenidas en el Informe Nº 008-2004.OCI/MDSA, respecto del Examen Especial a la Gerencia de Rentas - Periodo 2003, practicado por la Gerencia del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita; evidenciandose que los ex funcionarios presuntamente han incumplido con sus obligaciones incurriendo en faltas de caracter disciplinario cuya gravedad podria ser causal de Cese Temporal o Destitucion; Que, todos los procesados han sido debidamente notificados conforme a ley, habiendo presentado sus descargos los senores: Williams MORDAZA Lama, ex Gerente de Rentas; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Rentas y MORDAZA MORDAZA Chuqui MORDAZA, ex Jefe de la Division de Administracion Tributaria, Recaudacion y Orientacion al Contribuyente; cuyas imputaciones han quedado subsistentes; Que, se ha determinado que la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, con el informe de conformidad del servicio, tanto para el pago parcial, como para el pago final otorgado por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Informatica y Estadistica; cancelo a la Empresa G & D DATA SAC, el importe de S/. 72,000,00 (setenta y dos mil y 00/ 100 nuevos soles) por la adquisicion de un Sistema Integrado de Rentas y no obstante haberse verificado que el proveedor no habia cumplido con dejar operativo dicho sistema,; tales imputaciones han quedado subsistentes debido a que el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA no presento descargo alguno en su defensa; contraviniendo lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del Articulo 21º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico Nº 276, incurriendo en faltas de caracter administrativo disciplinarias, tipificadas en los incisos a) y d) del Articulo 28º del indicado cuerpo legal y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Que, se ha establecido tambien, que ha pesar de no haberse probado el perjuicio economico y financiero ocasionado a la Entidad; sin embargo, se ha determinado que los senores: Williams MORDAZA Lama, ex Director de Rentas, MORDAZA MORDAZA Nogueira, ex Gerente de Rentas y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Rentas, no se preocuparon en verificar si el personal a su cargo, reunia o no el perfil de formacion academica y experiencia laboral de acuerdo a las funciones que desempenaban en la referida oficina de Rentas; habiendo inobservado el cumplimiento de sus obligaciones establecidas en los incisos a) y d) del Articulo 21º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico Nº 276, incurriendo en faltas de caracter

administrativo disciplinarias, tipificadas en los incisos a) y d) del Articulo 28º del indicado cuerpo legal y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Que, se desprende igualmente, que ha pesar de no haberse establecido ni probado el perjuicio economico y financiero ocasionado a la Entidad; sin embargo, se ha determinado que los senores: Williams MORDAZA Lama, ex Director de Rentas, MORDAZA MORDAZA Nogueira, ex Gerente de Rentas, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Rentas, MORDAZA MORDAZA Chuqui MORDAZA ex Jefe de la Division de Administracion Tributaria, Recaudacion y Orientacion al Contribuyente y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Administracion Tributaria; no contaban con una adecuada supervision y monitoreo del personal a su cargo respecto a las funciones relacionadas con el padron de contribuyentes, subsistiendo los cargos que se les imputa; habiendo inobservado el cumplimiento de sus obligaciones establecidas en los incisos a) y d) del Articulo 21º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico Nº 276, incurriendo en faltas de caracter administrativo disciplinarias, tipificadas en los incisos a) y d) del Articulo 28º del indicado cuerpo legal y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Que, asimismo se ha observado, que ha pesar de no haberse establecido ni probado el perjuicio economico y financiero ocasionado a la Entidad; sin embargo, se ha determinado que los senores Williams MORDAZA Lama, ex Director de Rentas, MORDAZA MORDAZA Nogueira, ex Gerente de Rentas, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Rentas, MORDAZA MORDAZA Chuqui MORDAZA, ex Jefe de la Division de Administracion Tributaria, Recaudacion y Orientacion al Contribuyente y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Administracion Tributaria, no contaban con un adecuado control de los reportes de las cuentas corrientes respecto de los adeudos de los contribuyentes, trayendo consigo la falta de confiabilidad a los saldos que muestra el referido reporte, afectando la eficiencia en la gestion del sistema de cobranza, asi como la proyeccion sobre captacion de ingresos para el cumplimiento de metas de la institucion; habiendo inobservado el cumplimiento de sus obligaciones establecidas en los incisos a) y d) del Articulo 21º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico Nº 276, incurriendo en faltas de caracter administrativo disciplinarias, tipificadas en los incisos a) y d) del Articulo 28º del indicado cuerpo legal y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Que, se prescribe tambien, que ha pesar de no haberse establecido ni probado el perjuicio economico y financiero ocasionado a la Entidad; sin embargo, se ha determinado que los senores: Williams MORDAZA Lama, ex Director de Rentas, MORDAZA MORDAZA Nogueira, ex Gerente de Rentas y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Rentas, MORDAZA MORDAZA Chuqui MORDAZA, ex Jefe de la Division de Administracion Tributaria, Recaudacion y Orientacion al Contribuyente, MORDAZA MORDAZA, no realizaban la supervision y control de los expedientes de fraccionamiento, existiendo algunos casos de fraccionamiento que fueron otorgados incumpliendo el Reglamento Nº 001-2003MOSA aprobado mediante Ordenanza Nº 004-2003MOSA del 14 de febrero del 2003, afectando la eficiencia de la gestion y la proyeccion sobre captacion de ingresos para el cumplimiento de metas de la institucion; inobservado el cumplimiento de sus obligaciones establecidas en los incisos a) y d) del Articulo 21º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico Nº 276, incurriendo en faltas de caracter administrativo disciplinarias, tipificadas en los incisos a) y d) del Articulo 28º del indicado cuerpo legal y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Que, de igual forma, a pesar de no haberse establecido ni probado el perjuicio economico y financiero ocasionado a la Entidad; sin embargo, se ha determinado que los senores: Williams MORDAZA Lama, ex Director de Rentas, MORDAZA MORDAZA Nogueira, ex Gerente de Rentas y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Rentas, MORDAZA MORDAZA Chuqui MORDAZA, ex Jefe de la Division de Administracion Tributaria, Recaudacion y Orientacion al Contribuyente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de la Division de Administracion Tributaria, no realizaron la supervision y con-

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