Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (04/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G31/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 4 de abril de 2005 CONSIDERANDO: El Consejo de Coordinación Regional forma parte de la estructura básica del Gobierno Regional y constituyeuna instancia de consulta y concertación entre la autori-dad regional, municipal y representantes de la sociedad civil, conforme estipula el artículo 191º de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 27902 quemodifica la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de GobiernosRegionales; Posteriormente, el rol de los Consejos de Coordina- ción Regional se ha visto fortalecido con la emisión denuevas leyes que reconocen y disponen la intervención de dichas instancias en aspectos específicos de la ges- tión regional y el proceso de descentralización en gene-ral. Tal es el caso de la Ley Marco de Presupuesto Par-ticipativo Nº 28056, la Ley Marco de Promoción de laInversión Descentralizada Nº 28273. Todas estas leyesincluyen dispositivos cuya consideración resulta de mucha importancia para el efectivo funcionamiento de los Consejos de Coordinación Regional, pues precisanmomentos y ámbitos de gestión en los que el GobiernoRegional deben solicitar la opinión y participación delCCR; La Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, modificada por Ley Nº 28013, señala quela elección de los representantes de la sociedad civil ante los CCR, debe realizarse dentro de los sesenta días naturales del año correspondiente. De esta ma-nera, pues cumplidos los dos primeros años de ins-talación del Consejo de Coordinación Regional, losGobiernos Regionales deben proceder a organizar yrealizar la elección de los nuevos representantes so- ciales; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales,modificada por la Ley Nº 27902; y, demás normas perti-nentes; y estando a lo acordado por unanimidad en lasesión extraordinaria llevada a cabo el día 3 de marzodel 2005; ORDENA: Artículo Primero.- Iniciar el proceso de elección de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional. Artículo Segundo.- Aprobar, el Reglamento para la Elección de Representantes de las Organizaciones dela Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regio-nal, que consta de Cinco (5) Títulos, siete (7) Capítulosy treinta y siete (37) artículos. Artículo Tercero.- Disponer, la publicación del Regla- mento para la Elección de Representantes de las Organi-zaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordi- nación Regional, en los diferentes medios de comunica- ción de mayor difusión regional y local, debiendo incluir-se de manera obligatoria en el Portal Electrónico delGobierno Regional de Ancash. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Re- gional de Ancash para su promulgación. Huaraz, a los veintinueve días del mes de marzo del 2005. RICARDO NARVÁEZ SOTO Presidente del Consejo Regional de Ancash POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla.Dado en la sede central del Gobierno Regional de Ancash, a los veintinueve días del mes de marzo del 2005. RICARDO NARVÁEZ SOTO PresidenteGobierno Regional de AncashREGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El Consejo de Coordinación Regional forma parte de la estructura básica del Gobierno Regio-nal y constituye una instancia de consulta y concerta- ción entre el Gobierno Regional, las municipalidades y los representantes de la sociedad civil. Está conforma-do por el Presidente Regional, quien lo preside, los alcal-des provinciales de la Región, los representantes de lasorganizaciones de la sociedad civil y los representantesde los alcaldes distritales, estos últimos elegidos mediante proceso electoral. Artículo 2º.- El Consejo de Coordinación Regional tiene la función de concertar y emitir opinión consultivasobre aspectos centrales de la gestión de gobierno, comoson: - El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual; - El Plan de Desarrollo Regional Concertado;- La Visión General de los lineamientos estratégicos de los programas componentes del Plan de DesarrolloRegional Concertado; - Otras que le encargue y solicite el Consejo Regional. TÍTULO II DE LA COMPOSICIÓN Y VIGENCIA DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL Artículo 3º.- El Consejo de Coordinación Regio- nal de Ancash está conformado por el Presidente delGobierno Regional; los alcaldes y/o alcaldesas pro-vinciales, los representantes de los alcaldes distrita-les en una proporción del 60% y por los representan- tes de las organizaciones sociales, en una propor- ción de 40%, debiendo corresponder a las organiza-ciones de empresarios y productores al menos latercera parte. Artículo 4º.- Los representantes de las organizacio- nes de la sociedad civil son elegidos por los delegados de las organizaciones debidamente registradas en el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil para unperíodo de dos años, debiendo realizarse dicha eleccióndentro de los 60 días naturales del año correspondiente,procediendo a su respectiva instalación. Artículo 5º.- El Consejo de Coordinación Regional de Ancash, se encuentra conformado de la siguiente manera: - 20 Alcaldes Provinciales, que representan a cada una de las provincias que conforman el ámbito regio-nal. - 13 representantes de las organizaciones sociales elegidos mediante acto electoral, así como 13 accesita-rios, quienes reemplazan a los titulares. - 1 representante de los alcaldes distritales elegido democráticamente, mediante proceso electoral. TÍTULO III DEL REGISTRO E INSCRIPCIÓN DE REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL CAPÍTULO I DE LA CONVOCATORIA Artículo 6º.- La convocatoria para la inscripción de los representantes de las organizaciones sociales de- berá ser efectuada una vez aprobado el presente Re-glamento mediante Ordenanza Regional, por los órga-nos responsables del Gobierno Regional. Dicha con-