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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (04/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G31/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 4 de abril de 2005 Artículo 2º.- La Zona Registral IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución efectuará la primera ins- cripción de dominio a favor del Estado, del terreno descrito enel artículo precedente en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDDA CARRASCO GAVIÑO Jefa (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 06563 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 048-2005/SBN-GO-JAR La Molina, 23 de marzo de 2005Visto el Expediente Nº 034-2005/SBN-JAR, correspon- diente a la inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 6 945,08 m², que se ubica frentea una vía carrozable, al norte de la Urbanización Miramar, al Este de la denominada playa “Las Conchitas”, a una distan- cia de 1,50 kilómetros al norte del Balneario de Ancón, distritode Ancón, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económi- co de los bienes del Estado en armonía con el interéssocial, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su regis- tro, inscripción y fiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identificó un terreno libre de inscripción, ubicado alnorte de la Urbanización Miramar, al Este de la denomi- nada playa “Las Conchitas”, a una distancia de 1,50 kilómetros al norte del Balneario de Ancón, distrito deAncón, provincia y departamento de Lima; Que, con fecha 14 de setiembre de 2004, se realizó la inspección técnica al predio submateria, en la que se ve-rificó que es de naturaleza eriaza, presentando un suelo suelto de textura arenosa y sin accidentes topográficos; Que, mediante Informe Técnico Nº 6918-2004- SUNARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 12 de noviembre de 2004, la Oficina de Catastro de la Zona Registral IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicosconcluye que el terreno eriazo de 69 496, 32 m², que com- prende al predio de 6 945,08 m², se ubica en zona donde se aprecian los predios inscritos en el Tomo 100-B fojas 61,Tomo 100-B fojas 411 y Tomo 560 fojas 145 del Registro de Predios de Lima y que la diferencia en ámbito donde no se visualiza información de antecedente registral; Que, en tal sentido, efectuada la exclusión del área ya inscrita en el Registro de Predios de Lima y del traba- jo de gabinete se determinó que una de las áreas libresde inscripción asciende a 6 945,08 m²; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superinten-dencia de Bienes Nacionales, señala que los terrenos eriazos o ribereños se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio afavor del Estado del terreno de 6 945,08 m², de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Artícu- lo 33º del “Reglamento General de Procedimientos Administrati-vos de los Bienes de Propiedad Estatal” aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobadapor Resolución Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014- 2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primerade dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolu- ción de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprue- ba el “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, facultan a laJefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir enprimera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Dispo- sición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modi-ficado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decre- to Supremo Nº 131-2001-EF, “Estatuto de la Superinten- dencia de Bienes Nacionales” y Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF, “Reglamento General de Procedimientos Admi-nistrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”, modifica- do por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF; y, Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 070-2005/SBN-GO-JAR, de fecha 21 de marzo de 2005; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno eriazo de 6 945,08 m², que se ubica frente a una vía carrozable, al norte de laUrbanización Miramar, al Este de la denominada playa “Las Conchitas”, a una distancia de 1,50 kilómetros al norte del Balneario de Ancón, distrito de Ancón, provin-cia y departamento de Lima, según la documentación técnica que sustenta la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución efectuará la primera ins- cripción de dominio a favor del Estado, del terreno descrito enel artículo precedente en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDDA CARRASCO GAVIÑO Jefa (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 06564 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 049-2005/SBN-GO-JAR La Molina, 23 de marzo de 2005 Visto el Expediente Nº 033-2005/SBN-JAR, correspondiente a la inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 36 922,08 m², quese ubica al norte de la Urbanización Miramar, al Este de la denominada playa “Las Conchitas”, a una distancia de 1,50 kilómetros al norte del Balneario de Ancón, distritode Ancón, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económi-co de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su regis-tro, inscripción y fiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales,se identificó un terreno libre de inscripción, ubicado al norte de la Urbanización Miramar, al Este de la denomi- nada playa “Las Conchitas”, a una distancia de 1,50kilómetros al norte del Balneario de Ancón, distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima; Que, con fecha 14 de setiembre de 2004, se realizó la inspección técnica al predio submateria, en la que se ve- rificó que es de naturaleza eriaza, presentando un suelo suelto de textura arenosa y sin accidentes topográficos; Que, mediante Informe Técnico Nº 6918-2004- SUNARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 12 de noviembre de 2004, la Oficina de Catastro de la Zona Registral IX - Sede Limade la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos concluye que el terreno eriazo de 69 496, 32 m², que com- prende al predio de 36 922,08 m² se ubica en zona dondese aprecian los predios inscritos en el Tomo 100-B fojas 61, Tomo 100-B fojas 411 y Tomo 560 fojas 145 del Registro de Predios de Lima y que la diferencia en ámbito donde no sevisualiza información de antecedente registral; Que, en tal sentido, efectuada la exclusión del área ya inscrita en el Registro de Predios de Lima y del trabajo degabinete se determinó que una de las áreas libres de inscripción cuenta con una extensión de 36 922,08 m²; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supre- mo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, señala que los terrenos eriazos o ribereños se consideran bienesde propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 36 922,08 m², de conformidad con el