Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2005 (04/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 4 de MORDAZA de 2005

Que mediante Resolucion de Superintendencia N° 019-2005/SUNAT se establecieron los medios, condiciones, forma, plazos y lugares para la MORDAZA de la Declaracion Jurada Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio gravable 2004, asi como la forma, plazo y condiciones de la MORDAZA de la declaracion y el pago del Impuesto a las Transacciones Financieras - ITF a que se refiere el inciso g) del articulo 9° de la Ley N° 28194; Que mediante Decreto Supremo N° 027-2005-PCM se ha declarado Duelo Nacional por el fallecimiento de Su Santidad el Papa MORDAZA MORDAZA II y dia no laborable para el Sector Publico y el Sector Privado a nivel nacional, el lunes 4 de MORDAZA de 2005; Que a fin de facilitar el cumplimiento de las mencionadas obligaciones tributarias, resulta necesario prorrogar de manera excepcional la fecha de vencimiento para la Declaracion Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del ITF del ejercicio gravable 2004, correspondiente a los deudores tributarios cuyo ultimo digito del RUC sea cero (0); Al MORDAZA del articulo 79º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y modificatoria; articulo 17° de la Ley N° 28194; articulos 29º y 88º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias; articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 e inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por el Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- PRORROGA DE LA MORDAZA DE LA DECLARACION Y PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA Y DEL ITF DEL EJERCICIO GRAVABLE 2004 CORRESPONDIENTE A LOS DEUDORES TRIBUTARIOS CUYO ULTIMO DIGITO DEL RUC SEA CERO (0) Prorroguese de manera excepcional hasta el 8 de MORDAZA de 2005, la fecha de vencimiento de la MORDAZA de las Declaraciones Juradas Anuales del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras a que se refiere el inciso g) del articulo 9° de la Ley N° 28194, asi como de la regularizacion y el pago respectivo establecido por el articulo 8º de la Resolucion de Superintendencia N° 019-2005/SUNAT, correspondiente a los deudores tributarios cuyo ultimo digito del RUC sea cero (0). Articulo 2º.- VIGENCIA La presente MORDAZA entrara en vigencia el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 06648

Asentamientos Humanos MORDAZA Rosita, Vista MORDAZA y la via de acceso vehicular a la cumbre, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico un terreno libre de inscripcion de 65,053.98 m², ubicado en la ladera del Cerro San MORDAZA, colindante con los Asentamientos Humanos MORDAZA Rosita, Vista MORDAZA y la via de acceso vehicular a la cumbre, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, con fecha 28 de setiembre de 2004, se realizo la inspeccion tecnica al predio submateria, en la que se verifico que este se encuentra libre de ocupacion, constatandose ademas que, es de naturaleza eriaza, presentando un suelo de textura rocosa y topografia accidentada con pendientes pronunciadas; Que, mediante Informe Tecnico Nº 0380-2005-SUNARPZ.R.NºIX/OC de fecha 18 de enero de 2005, la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos concluye que el terreno materia de consulta de 65,053.98 m², se superpone parcialmente con dos areas inscritas con los Codigos de Predio Nºs. P02109920 y P02113349, correspondientes a areas de circulacion y parcialmente en ambito donde no se encuentra inscripcion; Que, revisados los documentos tecnicos que obran en los titulos archivados de las partidas mencionadas en el considerando precedente, se determino que el area superpuesta inscrita con el Codigo de Predio P02109920 es de 37.93 m² y el area superpuesta inscrita con el Codigo de Predio P02113349 es de 2,235.84 m², quedando un area libre de inscripcion de 62,780.21 m²; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 62,780.21 m², de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Articulo 33º del "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 0032004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 3152001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 1542001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF; y, Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 0068-2005/SBN-GO-JAR, de fecha 18 de marzo de 2005; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 62,780.21 m², que se ubica en la ladera del Cerro San MORDAZA, colindante con los Asentamientos Humanos MORDAZA Rosita, Vista MORDAZA y la via de acceso vehicular a la cumbre, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, segun la documentacion tecnica que sustenta la presente Resolucion.

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de MORDAZA e Ica
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 045-2005/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 23 de marzo de 2005 Visto el Expediente Nº 036-2005/SBN-JAR, correspondiente a la inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 62 780.21 m², que se ubica en la ladera del Cerro San MORDAZA, colindante con los

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