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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (04/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G31/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 4 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia N° 019-2005/SUNAT se establecieron los medios, con- diciones, forma, plazos y lugares para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio gravable 2004, así como la forma, plazo y condiciones de la presentación de la de- claración y el pago del Impuesto a las Transacciones Financieras - ITF a que se refiere el inciso g) del artículo 9° de la Ley N° 28194; Que mediante Decreto Supremo N° 027-2005-PCM se ha declarado Duelo Nacional por el fallecimiento de Su Santidad el Papa Juan Pablo II y día no laborable para el Sector Público y el Sector Privado a nivel nacional, el lunes 4 de abril de 2005; Que a fin de facilitar el cumplimiento de las menciona- das obligaciones tributarias, resulta necesario prorrogar de manera excepcional la fecha de vencimiento para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del ITF del ejercicio gravable 2004, correspondiente a los deudo- res tributarios cuyo último dígito del RUC sea cero (0); Al amparo del artículo 79º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y modificatoria; artí- culo 17° de la Ley N° 28194; artículos 29º y 88º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias; artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 e inciso q) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por el Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- PRÓRROGA DE LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA Y DEL ITF DEL EJERCICIO GRAVABLE 2004 CORRESPONDIENTE A LOS DEUDORES TRIBUTA- RIOS CUYO ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC SEA CERO (0) Prorróguese de manera excepcional hasta el 8 de abril de 2005, la fecha de vencimiento de la presentación de las Declaraciones Juradas Anuales del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras a que se refiere el inciso g) del artículo 9° de la Ley N° 28194, así como de la regularización y el pago respectivo establecido por el artículo 8º de la Resolución de Superintendencia N° 019-2005/SUNAT, correspondiente a los deudores tri- butarios cuyo último dígito del RUC sea cero (0). Artículo 2º.- VIGENCIA La presente norma entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 06648 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G2D /G6D/G69/G6E/G69/G6F/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G73/G65/G72/G69/G61/G7A/G6F/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G2D/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G65/G20/G49/G63/G61 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 045-2005/SBN-GO-JAR La Molina, 23 de marzo de 2005Visto el Expediente Nº 036-2005/SBN-JAR, correspon- diente a la inscripción en primera de dominio a favor delEstado del terreno eriazo de 62 780.21 m², que se ubica en la ladera del Cerro San Cristóbal, colindante con losAsentamientos Humanos Santa Rosita, Vista Alegre y la vía de acceso vehicular a la cumbre, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bie- nes del Estado en armonía con el interés social, promoviendosu intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se iden- tificó un terreno libre de inscripción de 65,053.98 m², ubi- cado en la ladera del Cerro San Cristóbal, colindante conlos Asentamientos Humanos Santa Rosita, Vista Alegre y la vía de acceso vehicular a la cumbre, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, con fecha 28 de setiembre de 2004, se realizó la inspección técnica al predio submateria, en la que se ve- rificó que éste se encuentra libre de ocupación, consta-tándose además que, es de naturaleza eriaza, presentan- do un suelo de textura rocosa y topografía accidentada con pendientes pronunciadas; Que, mediante Inf orme Técnico Nº 0380-2005-SUNARP- Z.R.NºIX/OC de fecha 18 de enero de 2005, la Oficina de Catastro de la Zona Registral IX - Sede Lima de la Superin-tendencia Nacional de los Registros Públicos concluye que el terreno materia de consulta de 65,053.98 m², se superpo- ne parcialmente con dos áreas inscritas con los Códigos dePredio Nºs. P02109920 y P02113349, correspondientes a áreas de circulación y parcialmente en ámbito donde no se encuentra inscripción; Que, revisados los documentos técnicos que obran en los títulos archivados de las partidas mencionadas en el considerando precedente, se determinó que el áreasuperpuesta inscrita con el Código de Predio P02109920 es de 37.93 m² y el área superpuesta inscrita con el Código de Predio P02113349 es de 2,235.84 m², quedan-do un área libre de inscripción de 62,780.21 m²; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superinten-dencia de Bienes Nacionales, señala que los terrenos eria- zos o ribereños se consideran bienes de propiedad esta- tal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripciónde dominio a favor del Estado del terreno de 62,780.21 m², de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Artículo 33º del “Reglamento General de Pro-cedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal” aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por ResoluciónNº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003- 2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de domi-nio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolu- ción de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprue- ba el “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, facultan a laJefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir enprimera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposi- ción Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modifica-do por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, “Estatuto de la Superintenden- cia de Bienes Nacionales” y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, “Reglamento General de Procedimientos Admi- nistrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”, modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF; y, Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0068-2005/SBN-GO-JAR, de fecha 18 de marzo de 2005; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno eriazo de 62,780.21 m², que se ubica en la ladera del Cerro San Cristóbal, colindante con los Asentamientos Humanos Santa Rosi-ta, Vista Aleg re y la vía de acceso vehicular a la cumbre, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departa- mento de Lima, según la documentación técnica quesustenta la presente Resolución.