Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2005 (04/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 4 de MORDAZA de 2005

los articulos 28º y 29º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales pertinentes contra la empresa Proime Contratistas Generales S.A., con el objeto de resarcir al Estado con la suma de US$ 855 301,30 (ochocientos cincuenta y cinco mil trescientos uno con 30/100 Dolares Americanos) importe del saldo deudor del contratista, resultante de la Liquidacion por resolucion de Contrato de Obra Nº 99-017-EM/DEP, aprobada por Resolucion Directoral Nº 081-04-EM/DEP del 27 de MORDAZA de 2004, mas los intereses respectivos, en cautela de los intereses del Estado. Articulo 2º.- Remitase al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energia y Minas, los antecedentes de la presente Resolucion, con transcripcion de la misma, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 06527

que inicie las acciones legales pertinentes contra el Juez MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular del 31º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, Decreto Ley Nº 25962 - Ley Organica del Sector Energia y Minas; y los articulos 28º y 29º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales pertinentes contra el Juez MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular del 31º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima. Articulo 2º.- Remitase al referido Procurador Publico, los antecedentes de la presente Resolucion, con transcripcion de la misma, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 06528

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra magistrado de juzgado civil que dispuso el embargo de depositos de la Direccion Ejecutiva de Proyectos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 126-2005-MEM/DM MORDAZA, 29 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, el 31º Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA con fecha 5 de octubre de 2004, mediante Resolucion Nº 12 declaro infundada la contradiccion postulada por la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas y fundada la demanda de Ejecucion de Laudo Arbitral de Conciencia interpuesta por la empresa Proime Contratistas Generales S.A., en el MORDAZA de Ejecucion de Resoluciones; Que, la Procuraduria Publica mediante Escrito del 22 de diciembre de 2004, informo al 31º Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, respecto al caracter inembargable de los depositos de la Direccion Ejecutiva de Proyectos en el Sistema Financiero Nacional, en virtud a lo establecido en la Ley Nº 26756 y los Decretos de Urgencia Nºs. 019-2001 y 055-2001; Que, no obstante lo informado por la Procuraduria Publica, con fecha 3 de febrero de 2005, el Juez MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular del 31º Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, ha expedido la Resolucion Nº 49, por la cual admite la solicitud cautelar presentada por la empresa Proime Contratistas Generales S.A., ordenando un embargo en forma de retencion hasta por la suma de US$ 1001 009,92 sobre todos los valores, obligaciones liquidas que tenga la Direccion Ejecutiva de Proyectos en el sistema bancario y financiero nacional, notificando a las entidades bancarias para que en calidad de entes retenedores de inmediato consignen el monto de dinero retenido mediante certificado judicial en el Banco de la Nacion a nombre del Juzgado; Que, la citada Resolucion contraviene lo dispuesto en la Ley Nº 26756 y los Decretos de Urgencia Nºs. 0192001 y 055-2001, los que establecen la inembargabilidad de los bienes del Estado consistentes en depositos de dinero en las cuentas del Estado en el Sistema Financiero Nacional; Que, estando a los hechos expuestos, es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energia y Minas, a efecto

Restituyen vigencia de la MORDAZA DGE 011-CE-1 "Conexiones para Suministros de Energia Electrica hasta 10 kW"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 127-2005-MEM/DM MORDAZA, 29 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, con fecha 30 de octubre de 2004 se publico la Resolucion Ministerial Nº 442-2004-MEM/DM que sustituyo la MORDAZA DGE 011-CE-1 "Conexiones para Suministros de Energia Electrica hasta 10 kW", aprobada con Resolucion Directoral Nº 080-78-EM-DGE del 16 de marzo de 1978, por la MORDAZA DGE "Conexiones Electricas en Baja Tension en Zonas de Concesion de Distribucion", que entro en vigencia a partir del 1 de enero de 2005, teniendo como objetivo establecer los procedimientos, caracteristicas tecnicas y disposiciones de seguridad para todas las nuevas conexiones electricas alimentadas desde la red de Baja Tension; Que, mediante Oficio Nº 849-2005-OSINERG-GFE de fecha 1 de marzo de 2005, la Gerencia General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia OSINERG comunico a la Direccion General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas, que la aplicacion de algunos aspectos de seguridad contenidos en la nueva MORDAZA, podrian generar importantes sobrecostos y barreras que limiten la obtencion de suministro electrico a una gran parte de la poblacion que no cuenta con dicho servicio, ademas de no haberse determinado la entidad competente para la supervision de las instalaciones internas; Que, atendiendo a lo senalado, es pertinente suspender la vigencia de la MORDAZA DGE "Conexiones Electricas en Baja Tension en Zonas de Concesion de Distribucion", aprobada por Resolucion Ministerial Nº 442-2004MEM/DM; y, restituir la vigencia de la MORDAZA DGE 011-CE1 "Conexiones para Suministros de Energia Electrica hasta 10 kW", aprobada por Resolucion Directoral Nº 080-78EM-DGE, en lo que no se oponga a las normas vigentes; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el inciso c) del articulo 6º del Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas; y, el literal g) del articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia;

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