Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2005 (04/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 4 de MORDAZA de 2005

dad Distrital de Cayma, provincia y departamento de MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo del Concejo Municipal Nº 115-2004-MDC de fecha 10 de diciembre de 2004, que declaro improcedente el pedido de reconsideracion formulado contra el Acuerdo del Concejo Municipal Nº 096-2004-MDC de fecha 5 de octubre de 2004 que declaro no ha lugar la solicitud de vacancia del cargo del MORDAZA don MORDAZA MORDAZA Nunez, por haber incurrido en la causal de nepotismo, prevista en inciso 8) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de vacancia se sustenta en el hecho, que el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cayma, don MORDAZA MORDAZA Nunez, designo a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien es hermano de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, esposa del citado MORDAZA, en el cargo de defensor de la Defensoria Municipal del MORDAZA y del Adolescente - DEMUNA de dicha Municipalidad, desde el mes de enero hasta MORDAZA de 2003, adjuntando como medios probatorios, oficios y actas de conciliacion suscritos por el mencionado cunado en su calidad de defensor, por lo que habria incurrido en la causal de vacancia por nepotismo prevista en el inciso 8) del articulo 22º de la Ley Nº 27972, conforme obra de fojas 92 a 96; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 017-2002PCM, modificatorio del Reglamento de la Ley Nº 26771, establece que se configura nepotismo, cuando determinados funcionarios ejercen su facultad de nombrar y contratar personal respecto de parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad y MORDAZA de afinidad y, por razon de matrimonio; o cuando dichos funcionarios, MORDAZA de direccion o de confianza, tengan injerencia directa o indirecta, en el nombramiento y contratacion de personal; al respecto debe precisarse que, un regidor no esta facultado para contratar personal, ni tampoco puede ejercer ningun MORDAZA de injerencia para nombrar personal, dado que no ejerce un cargo de direccion, ni de confianza; Que, el nepotismo es causal de vacancia del cargo de MORDAZA o regidor, conforme a la ley de la materia, segun se indica en el inciso 8) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano el 27 de MORDAZA de 2003; Que, conforme obra de fojas 49 a 51, el Concejo Distrital de Cayma en sesion extraordinaria del 17 de setiembre de 2004, declaro improcedente la vacancia del cargo solicitado; y, en sesion del 15 de noviembre de 2004 declaro improcedente el pedido de reconsideracion formulado por el recurrente contra el indicado acuerdo, segun corre de fojas 18 a 21; Que, de los actuados se advierte que, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cayma, don MORDAZA MORDAZA Nunez, no esta incurso en la causal de vacancia contenida en el inciso 8) del articulo 22º de la Ley Nº 27972; toda vez que no se ha demostrado en autos que, a partir de la vigencia de la Ley Nº 27972, MORDAZA contratado los servicios del ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para desempenar un cargo en la Municipalidad Distrital de Cayma; Por tales fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por el regidor de la Municipalidad Distrital de Cayma, provincia y departamento de MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA Vilca; y en consecuencia, confirmar los Acuerdos del Concejo Municipal de dicha comuna Nºs. 096 y 115-2004-MDC de fechas 5 de octubre y 10 de diciembre de 2004, respectivamente. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON MORDAZA MORDAZA, Secretario General 06576

Convocan a candidato no proclamado para que asuma cargo de Regidor del Concejo Provincial de Bagua, departamento de Amazonas
RESOLUCION Nº 067-2005-JNE Expediente Nº 1084-2003 MORDAZA, 31 de marzo del 2005 VISTO el Oficio Nº 212-2004-MPB de don MORDAZA Charleth MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Provincial de Bagua, departamento de Amazonas, mediante el cual comunica la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal prevista en el inciso 7) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, esto es, inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses, y solicita se disponga la convocatoria de candidato no proclamado; CONSIDERANDO: Que, la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa, conforme lo dispone el articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, en sesion extraordinaria de fecha 26 de febrero del 2004, el Concejo Provincial de Bagua acordo con el MORDAZA unanime de sus miembros, declarar la vacancia del cargo de regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo, prevista en el inciso 7) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades, segun consta a fojas 256 y 257; Que, con fecha 4 de marzo del 2004, se remite notarialmente el oficio mediante el cual se le comunica del acuerdo de vacancia de su cargo de Regidor, segun consta a fojas 7 y 8, y con el informe de fojas 10 del Secretario General de dicho Concejo comunicando que al 31 de marzo del 2004 no existe en el libro de tramite documentario recurso impugnatorio alguno interpuesto contra el citado Acuerdo; en consecuencia el mismo ha quedado consentido; Igualmente corre en autos la peticion del regidor vacado solicitando su reincorporacion al referido concejo conforme es de verse a fojas 235, extremo que no puede ser atendido por cuanto no se trata de una suspension; Que, conforme lo dispone el articulo 24º de la Ley Organica de Municipalidades, en caso de vacancia de Regidor lo reemplaza el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, correspondiendo la suplencia a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, segun documentacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Utcubamba; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la Organizacion Politica "Fuerza Democratica", para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Bagua, departamento de Amazonas, para completar el periodo de gobierno municipal 2003-2006; debiendosele otorgar la respectiva credencial. Articulo Segundo.- Declarar improcedente la solicitud de reincorporacion planteada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por no tratarse de una causal de suspension. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 06577

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