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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (08/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 15

PÆg. 290369 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de abril de 2005 noció su responsabilidad internacional en el presente caso (supra párr. 31). 35. En el curso de la audiencia pública el Agente del Estado expresó que: el Gobierno [peruano] enfrenta una agenda en mate- ria de derechos humanos en extremo compleja[; comoparte de ella,] el restablecimiento y normalización de las relaciones con la Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sido, es y será una prioridadesencial… … [E]l Estado peruano… formuló un allanamiento me- diante escrito del 19 de febrero, en el cual se reconocíaresponsabilidad internacional por los hechos ocurridos el 3 de noviembre de 1991… …[L]a estrategia gubernamental en materia de dere- chos humanos parte de reconocer responsabilidades, pero más que nada de proponer fórmulas integrales de atención a las víctimas en relación a tres elementosfundamentales: el derecho a la verdad, el derecho a la justicia y el derecho a obtener una justa reparación. …[En cuanto al] caso Barrios Altos[, …] se han tomado pasos sustanciales para asegurar que la justicia penal tenga un pronunciamiento rápido sobre el tema. Sin em-bargo, enfrentamos … un obstáculo, … nos referimos a las leyes de amnistía. Las leyes de amnistía … implica- ban directamente una vulneración al derecho de todavíctima a obtener no sólo justicia sino verdad. … Por eso es que el Gobierno del Perú planteó a los peticionarios originales, es decir, a la Coordinadora Nacional de Dere-chos Humanos, la posibilidad de avanzar en soluciones amistosas, que implicaran respuestas eficaces a este obstáculo procesal… … El Estado propuso a los peticionarios la suscripción de un acuerdo marco de solución amistosa en el caso deBarrios Altos… El acuerdo marco proponía el reconoci- miento explícito de responsabilidad internacional sobre ar- tículos concretos de la Convención Americana. En esesentido se propuso poner por escrito, en un acuerdo sus- crito por la Comisión, el Estado y los peticionarios, que el Estado reconocía la responsabilidad internacional por laviolación del derecho a la vida, consagrado en el artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por la muerte de Placentina Marcela Chumbipuma Aguirre,Luis Alberto Díaz Astovilca, Octavio Benigno Huamanyauri Nolazco, Luis Antonio León Borja, Filomeno León León, Máximo León León, Lucio Quispe Huanaco, Tito RicardoRamírez Alberto, Teobaldo Ríos Lira, Manuel Isaías Ríos Pérez, Javier Manuel Ríos Rojas, Alejandro Rosales Ale- jandro, Nelly María Rubina Arquiñigo, Odar Mender Sifuen-tes Nuñez y Benedicta Yanque Churo. Asimismo, el Esta- do propuso reconocer, mediante este acuerdo marco, res- ponsabilidad internacional por la violación del derecho a laintegridad personal, consagrado en el artículo 5 de la Con- vención Americana sobre Derechos Humanos, por las gra- ves lesiones producidas a Natividad Condorcahuana Chi-caña, Felipe León León, Tomás Livias Ortega y Alfonso Rodas Alvítez. Finalmente, el Estado reconocería respon- sabilidad internacional por la violación del derecho a la pro-tección judicial y a las garantías judiciales, consagrados en los artículos 8 y 25 de la Convención Americana de Dere- chos Humanos, con ocasión de haber omitido realizar unainvestigación exhaustiva de los hechos y de no haber san- cionado debidamente a los responsables de los crímenes cometidos en agravio de las personas mencionadas.... Con base en este reconocimiento de responsabilida- des … se planteaba que las partes expresaran a la Cor- te su disposición a iniciar un diálogo directo para arribara un acuerdo de solución amistosa que busque satisfa- cer las pretensiones planteadas en relación con las re- paraciones. Dicho acuerdo, como es obvio, por manda-to de la Convención y del Reglamento de la Corte, sería presentado a la Honorable Corte para su homologación. … Se propuso, además, una agenda preliminar que tu-viera que ver con tres puntos substanciales: identifica- ción de mecanismos para el esclarecimiento pleno de los hechos materia de la denuncia, incluyendo la identifi-cación de los autores materiales e intelectuales del cri- men, viabilidad de las sanciones penales y administrati- vas a todos aquellos que resulten responsables, y pro-puestas y acuerdos específicos relacionados con los asuntos vinculados a las reparaciones. … Para tal efecto el Estado propuso que las partessolicitaran a la Corte Interamericana la emisión de sen- tencia de fondo inmediatamente, teniendo en cuenta el escrito de allanamiento presentado, en donde se esta- bleciera la responsabilidad internacional que la Corte tu-viera a bien determinar. Asimismo, se proponía que las partes sugirieran a la Corte que se suspendiera el pro- nunciamiento sobre el inicio del procedimiento reparato-rio, por los plazos que las propias partes establecerían y que sean considerados conformes por la Corte. Vencido el plazo sin que se perfeccione el acuerdo, las partes secomprometían a solicitar la emisión de la sentencia co- rrespondiente, así como a acatarla y ejecutarla en todos sus extremos. …[E]l Estado reitera su disposición de poder iniciar un diálogo directo para llegar a una solución eficaz … para atacar la validez de los obstáculos procesales queimpiden la investigación y sanción de aquéllos que resul- ten responsables en el caso materia de la presente au- diencia, en particular me refiero a las denominadas le-yes de amnistía. … …La fórmula de dejar sin efecto las medidas adopta- das dentro del marco de la impunidad de este caso, es en nuestra opinión una fórmula suficiente para impulsar un procedimiento serio y responsable de remoción detodos los obstáculos procesales vinculados a estos he- chos y, sobre todo, la fórmula que permite, y es este nuestro interés, reivindicar las posibilidades procesalesy judiciales de responder conforme a la ley a los meca- nismos de impunidad que se implementaron en el Perú en el pasado reciente, y abre la posibilidad… de poderprovocar en el derecho interno una resolución de homo- logación de la Corte Suprema, que permita que los es- fuerzos que… [ se] están haciendo para impulsar …esos casos, se puedan cumplir… * * Consideraciones de la Corte 37. El artículo 52.2 del Reglamento establece que: [s]i el demandado comunicare a la Corte su allana- miento a las pretensiones de la parte demandante, la Corte, oído el parecer de ésta y de los representantesde las víctimas o de sus familiares, resolverá sobre la procedencia del allanamiento y sus efectos jurídicos. En este supuesto, la Corte fijará las reparaciones e indem-nizaciones correspondientes. 38. Con base en las manifestaciones de las partes en la audiencia pública de 14 de marzo de 2001, y ante la aceptación de los hechos y el reconocimiento de res- ponsabilidad internacional por parte del Perú, la Corteconsidera que ha cesado la controversia entre el Estado y la Comisión en cuanto a los hechos que dieron origen al presente caso. 39. En consecuencia, la Corte tiene por admitidos los hechos a que se refiere el párrafo 2 de la presente sen- tencia. La Corte considera, además, que tal como fueexpresamente reconocido por el Estado, éste incurrió en responsabilidad internacional por la violación del artículo 4 (Derecho a la Vida) de la Convención America-na, en perjuicio de Placentina Marcela Chumbipuma Agui- rre, Luis Alberto Díaz Astovilca, Octavio Benigno Hua- manyauri Nolazco, Luis Antonio León Borja, FilomenoLeón León, Máximo León León, Lucio Quispe Huanaco, Tito Ricardo Ramírez Alberto, Teobaldo Ríos Lira, Ma- nuel Isaías Ríos Pérez, Javier Manuel Ríos Rojas, Ale-jandro Rosales Alejandro, Nelly María Rubina Arquiñigo, Odar Mender Sifuentes Nuñez y Benedicta Yanque Chu- ro, y por la violación del artículo 5 (Derecho a la Integri-dad Personal) de la Convención Americana, en perjuicio de Natividad Condorcahuana Chicaña, Felipe León León, Tomás Livias Ortega y Alfonso Rodas Alvítez. Además,el Estado es responsable por la violación de los artículos 8 (Garantías Judiciales) y 25 (Protección Judicial) de la Convención Americana como consecuencia de la pro-mulgación y aplicación de las leyes de amnistía Nº 26479 y Nº 26492. Finalmente, es responsable por el incumpli- miento de los artículos 1.1 (Obligación de Respetar losDerechos) y 2 (Deber de Adoptar Disposiciones de De- recho Interno) de la Convención Americana sobre Dere- chos Humanos como consecuencia de la promulgacióny aplicación de las leyes de amnistía Nº 26479 y Nº 26492 y de la violación a los artículos de la Conven- ción señalados anteriormente.