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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (22/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 32

PÆg. 291306 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de abril de 2005 Designan Jefe de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0954-2005-IN Lima, 21 de abril del 2005 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo público de confianza de Director de Sistema Administrativo IV, Ca- tegoría F-5, Jefe de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Su- premo Nº 003-2004-IN, y lo dispuesto por la Ley Nº 27594 -Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos- ; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a partir de la fecha de la presente Resolución, al señor General PNP ® José Hernando ALVAREZ CABALLERO en el cargo público de confianza de Director de Sistema Administrativo IV, Categoría F-5, Jefe de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 07810 Designan Director General de la Ofici- na de Personal del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0955-2005-IN Lima, 21 de abril del 2005 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo público de con- fianza de Director de Sistema Administrativo IV, Catego- ría F-5, Director General de la Oficina de Personal del Ministerio del Interior; Que, es necesario que dicho cargo sea cubierto a fin de garantizar el normal funcionamiento de la referida Unidad Orgánica; Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Ley del Poder Ejecutivo - Decreto Legislativo Nº 560, concor- dante con el Texto Único Ordenado del Decreto Legisla- tivo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior y lo dispuesto en la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir de la fecha de la presente Resolución, al señor licenciado Norberto SIFUENTES ARANDA, en el Cargo Público de Confianza de Director de Sistema Administrativo IV, Categoría F-5, Director General de la Oficina de Personal del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 07811Declaran nulo proceso de selección convocado para contratar servicio deinventario de software, codificación ydiagnóstico tØcnico de computadoras personales del Ministerio RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 006-2005-IN-0601 Lima, 19 de abril del 2005 VISTO, el Recurso de Apelación interpuesto por el postor High Service International S.A.C., contra el otor- gamiento de la Buena Pro en la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 407-2005-IN/OGA.USA - Servicio de Inven- tario de Software, codificación y diagnóstico técnico de las computadoras personales del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establecen las normas que deben observar las Entida- des del Sector Público, en los procesos de contrata- ciones y adquisiciones de Bienes, Servicios y Obras; Que, el Comité Especial Permanente convocó al Pro- ceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 407-2005- IN/OGA.USA - Servicio de Inventario de Software, codi- ficación y diagnóstico técnico de las computadoras per- sonales del Ministerio del Interior; Que, el postor impugnante manifiesta que existe dis- crepancia en relación al calendario del proceso conteni- do en las Bases, toda vez que en éste se dispone que la entrega de propuestas, adjudicación de la Buena Pro y notificación estaba programada para el 29 de febrero del 2005; Que, del análisis del calendario del proceso esta- blecido en las Bases se advierte que la fecha progra- mada para la presentación de propuestas, adjudicación de la Buena Pro y notificación de la misma, estaba pro- gramada para el 29 de febrero del 2005, lo cual constitu- ye un error sustancial en las Bases; Que, el postor impugnante señala que la Buena Pro ha sido otorgada a la empresa Gestión Planeamiento Integral S.A.C., cuando el objeto de la convocatoria era contratar a una persona natural para que brinde el servi- cio de inventario de software, codificación y diagnóstico técnico de las computadoras personales del Ministerio del Interior, lo que constituye error sustancial en las Ba- ses; Que, el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM es- tablece en el numeral 3 el Principio de Libre Compe- tencia por el cual en los procedimientos de adquisicio- nes y contrataciones se incluirán reguladores o tratamientos que fomenten la más amplia y objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participación de pos- tores potenciales; Que, lo establecido en las Bases, en la Ley y su Reglamento obliga a todos los postores y a la Entidad convocante, también lo es que lo señalado por el impug- nante constituye un error sustancial en la formulación de las Bases; Que, el hecho de que el Comité Especial Permanente haya procedido a absolver las consultas del postor Chávez Escobar & Asociados, en la que se precisa que pueden participar personas naturales y/o jurídicas, no es óbice para que el mismo formulara las Bases adecuadamente; Que, el valor referencia establecido en las Bases no ha sido claro toda vez que se indica un valor en letras de Diecinueve Mil Quinientos Cincuenta y Dos y 50/100 Nuevos Soles, en tanto que en cifras se indica S/. 13,500, lo cual constituye un error sustancial al momento de formulación de las Bases; Que, el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado esta- blece que el Tribunal en los casos que conozca declara-