TEXTO PAGINA: 57
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G34/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 24 de abril de 2005 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72 /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C RESOLUCIÓN Nº 248-05-A/MPCH Chincha Alta, 5 de abril de 2005 Visto el Informe Nº 141-05/URH/MPCH, de fecha 30 de marzo de 2005, presentado por la Jefe de la Unidad deRecursos Humanos, sobre ampliación de contrato del Pro-curador Público de la Municipalidad Provincial de Chincha,Dr. Antonio Galluccio Guisa; por haberse vencido el 31 demarzo del año en curso; CONSIDERANDO:Que, con Resolución Nº 002-05-A/MPCH, de fecha 3 de enero de 2005, en su artículo primero se designó aldoctor Antonio Galluccio Guisa, con Registro Nº C.A.I.Nº 848, como Procurador Municipal, a cargo de la represen-tación y de la defensa en los asuntos judiciales de la Muni-cipalidad Provincial de Chincha, por el término de 3 mesesy/o hasta que se designe al Procurador Público; Estando a lo expuesto y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Ampliar el contrato del Procurador Público Municipal, Dr. Antonio Galluccio Guisa, por el término de tres (3)meses más (a partir del 1 de abril 2005 al 30 de junio 2005) y/ohasta que se designe al procurador por Concurso Público. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente al Consejo Judicial de Defensa del Estado, la Corte Supe-rior de Justicia de Ica, Presidente de la Sala Superior MixtaDescentralizada de la provincia de Chincha, ContraloríaGeneral de la República y a las Oficinas correspondientespara los fines pertinentes. Regístrese, publíquese y archívese.FÉLIX AMORETTI MENDOZA Alcalde 07843 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73 /G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G6F/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G2D/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 049-2005-MPI Ica, 18 de abril del 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE ICAVISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo realizada el 13 de abril de 2005, Oficio Nº 096, 100-2005-GG-MPI, así comolos Informes Nº 011-2005-GA/MPI; y 006-2005-GAJ/MPI,de fecha 12.ABR.2005, de la Gerencia de Administración yAsesoría Jurídica de esta Comuna, para que se declare enSituación de Desabastecimiento Inminente la Adquisiciónde los Productos Alimenticios (Comedores Populares), paraatender sus requerimientos en forma inmediata; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, establece que lasMunicipalidades Provinciales y Distritales son órganos degobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia concor-dante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgá-nica de Municipalidades Nº 27972; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2003-PCM, en su ar- tículo 3º establece efectuar la transferencia gradual y pro-gresiva de los programas comedores, alimenticios por tra-bajo, hogares y albergues a cargo del Programa Nacionalde Asistencia Alimentaría - PRONAA, a 67 Gobiernos Lo-cales Provinciales entre ellos a la Municipalidad Provincialde Ica; Que, la Resolución de Alcaldía Nº 263-2005-AMPI, de fecha 31 de marzo del presente año, aprobó el CréditoSuplementario por el monto de S/. 798,124.00 (SETECIEN-TOS NOVENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTICUATRO CON00/100 NUEVOS SOLES) monto que corresponde a latransferencia de todas las Municipalidades Distritales de laprovincia de Ica, correspondiente a la Municipalidad Pro-vincial de Ica, la suma de S/. 197,559.00 (CIENTO NO-VENTISIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, la gerencia general mediante Oficio Nº 096- 2005-GG-MPI, pone de conocimiento que el Comité deGestión ha solicitado que el Programa se declare enSituación de desabastecimiento inminente para así nodejar desbastecido al programa complementario de asis-tencia alimentaría, y mediante Informe Nº 011-2005-GA-MPI y el Informe Nº 006-2005-GAJ-MPI, han establecidoque es viable adquirir por esta modalidad tal como loestablece la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado y su Reglamento; Que, así mismo se debe tener en cuenta que con fecha 14 de marzo del presente año fueron abonados a la cuen-ta Nº 0601-018691, perteneciente a la Municipalidad Pro-vincial de Ica, la suma de S/. 197,559.00 (CIENTO NO-VENTISIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinada para este programa, sien-do ésta una nueva administración para la institución; Que, conforme se aprecia el artículo 19º Inc. c) del TUO de la Ley Nº 26850 establece que están exoneradas delos procesos de selección las adquisiciones y contratacio-nes que se realicen en situación de emergencia o de des-abastecimiento inminente declaradas de conformidad conla presente Ley; y el artículo 20º del mismo cuerpo legaltipifica que todas las exoneraciones se aprobarán median-te Acuerdo de Concejo en caso de Gobiernos Locales yserán publicados en el Diario Oficial El Peruano, así comocopia de dicho acuerdo y el informe que los sustenta de-ben remitirse a la Contraloría General de la República y alConsejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado; Que, el artículo 21º del TUO de la Ley Nº 26850, con- sidera en situación de desabastecimiento inminente aque-lla situación extraordinaria e imprevisible en la que la au-sencia de determinado bien, servicio u obra comprometaen forma directa e inminente la continuidad de las funcio-nes, servicio, actividad u operaciones productivas que laentidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, la necesidad de los bienes, servicios u obras de- ben ser actuales y urgentes para atender los requerimien-tos inmediatos, no pudiendo invocar la existencia de unasituación de desabastecimiento inminente en supuestocomo vía de regularización tal como lo preceptúa el artículo141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado aprobado por Decreto SupremoNº 084-2004-PCM; Estando a lo expuesto y aprobado por Mayoría, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972; SE ACUERDA: Artículo 1º.- Declarar en Situación de Desabastecimien- to Inminente para la adquisición de productos alimentariosdestinada a los programas de Complementación Alimenta-ria, por el periodo de tres meses, y la fuente de financia-miento es la 13 Donaciones y Transferencias. Artículo 2º.- Autorizar a la Subgerencia de Logística (Abastecimiento), para la adquisición de los productos re-queridos. Producto Cantidad Precio Referencial Cereales 99,087 Kg. 1.- Opción Arroz 2.- Opción Morón de Cebada 3.- Opción Quinua S/. 168,447.90