Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2005 (24/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, MORDAZA 24 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo 27º.- Las sanciones economicas se aplicaran a las personas juridicas, los conductores y/o propietarios, de acuerdo a la naturaleza de la falta, siendo esta de tres niveles: LEVE, GRAVE y MUY GRAVE, segun el cuadro siguiente: MORDAZA de Infraccion Sancion Leve Grave Muy Grave (L) (G) (MG) Conductor y/o Propietario (% UIT) 2.0 3.0 5.0 Persona juridica (% UIT) 1.00 2.00 4.00

movil para trasladar dicho vehiculo al deposito municipal; y/o, 4.- La Resolucion que declare fundado el recurso impugnativo presentado. Articulo 38º.- Los vehiculos internados en el deposito municipal seran retirados por sus propietarios o representantes debidamente facultados, para lo cual presentaran como minimo los siguientes documentos: a.- MORDAZA de la tarjeta de propiedad o contrato de compra-Venta legalizado. b.- MORDAZA del documento nacional de identidad o carne de identificacion personal del propietario. c.- MORDAZA de la boleta de internamiento. d.- La original de la Orden de MORDAZA o la Resolucion correspondiente. e.- MORDAZA Licencia de conducir. f.- MORDAZA del SOAT. Articulo 39º.- El (los) vehiculos (s) internado (s) en el deposito municipal debera (n) ser puesto (s) a disposicion de la Policia Nacional del Peru o del juzgado competente cuando MORDAZA solicitados de conformidad a los procedimientos legales respectivos. Articulo 40º.- El importe diario correspondiente por guardiania del vehiculo menor en el deposito municipal es el 0.20 % de la UIT. Articulo 41º.- Para que un vehiculo registrado e inscrito en una persona juridica, con anterioridad o posterioridad a la presente Ordenanza, pueda cambiarse y registrarse en otra persona juridica, el propietario debera solicitar su carta de baja, siendo este un requisito indispensable para su inscripcion en la otra, caso contrario la Autoridad Municipal no le concedera la Autorizacion correspondiente.

Articulo 28º.- Las sanciones que se impongan por infracciones a la presente Ordenanza son: a) Multa. b) Internamiento del vehiculo menor al Deposito Municipal. c) Suspension temporal del vehiculo y conductor para la prestacion del servicio especial. d) Cancelacion de la Autorizacion otorgada. Articulo 29º.- Las sanciones por infraccion a la presente Ordenanza seran impuestas por los inspectores Municipales, Policia Nacional del Peru y/o personal autorizado por la Municipalidad, pudiendo tener el apoyo del personal de Seguridad Ciudadana. Articulo 30º.- Para la aplicacion de las papeletas de infraccion, el inspector Municipal y/o Policia Nacional Peru, constatada la comision de la infraccion prevista en la presente Ordenanza, solicitara al conductor la credencial de conductor, la licencia de conducir, el certificado de operacion y verificara el logotipo, numeracion interna de la Persona Juridica y el Sticker de identificacion del vehiculo. Los documentos seran devueltos con la correspondiente papeleta de infraccion, la que debera ser firmada por el conductor y una MORDAZA de la papeleta sera remitida a la persona juridica. En caso que el infractor se negara a firmar la papeleta de infraccion, motivara que el inspector Municipal y/o el Policia, o el personal autorizado deje MORDAZA de este hecho en la misma papeleta, sin que ello invalide o reste eficacia en modo alguno a la sancion impuesta. Articulo 31º.- El conductor y/o propietario del vehiculo y en su caso la persona juridica prestadora del servicio especial, son solidariamente responsables, ante la Municipalidad, de las infracciones que constate y sancione el inspector municipal o personal autorizado. Articulo 32º.- Si en el momento de la intervencion, el conductor se negase a presentar o no tuviera consigo los documentos requeridos por el inspector municipal y/o personal autorizado, motivara que este disponga que el vehiculo menor sea trasladado e internado en el deposito municipal, aplicando la papeleta de infraccion segun corresponda. Articulo 33º.- El importe de la infraccion sera cancelado en las ventanillas de la Subgerencia de Tesoreria de la Municipalidad. Articulo 34º.- Si el monto de la multa impuesta a traves de la papeleta de infraccion es cancelado dentro de los siete (07) dias habiles siguientes a la fecha en que se impuso, tendra un descuento equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la misma. Articulo 35º.- Si la papeleta de infraccion correspondiente, no es cancelada en el plazo de treinta (30) dias calendarios de impuesta, se procedera por la via de ejecucion coactiva. Articulo 36º.- Los recursos impugnativos contra los actos administrativos que se generen como producto de la aplicacion de la presente ordenanza, seguiran el procedimiento establecido en el TUPA. Articulo 37º.- Para recuperar los vehiculos internados en el deposito municipal se requiere: La orden de MORDAZA, firmada por el Subgerente de Transportes y Equipo Mecanico Interno, luego que el infractor presente el (los) recibo (s) cancelado (s) por concepto de: 1.- Guardiania; 2.- Multa de la papeleta de infraccion; 3.- De traslado del vehiculo menor al deposito Municipal, en caso se MORDAZA necesitado hacer uso de otro medio

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, FINALES Y TRANSITORIAS
Primera.- La Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA a traves de la Subgerencia de Transportes y Equipo Mecanico Interno, a partir de la publicacion de la presente Ordenanza procedera a: a) Evaluar las solicitudes de las Personas Juridicas con la documentacion correspondiente. b) Tramitar la Resolucion de Autorizacion Municipal en un plazo MORDAZA de 60 dias, contados a partir de la publicacion de la presente Ordenanza, siempre que las Personas Juridicas hayan cumplido con presentar todos los requisitos solicitados, salvo disposiciones legales en contrario. Segunda.- Dispongase la expedicion de las autorizaciones de circulacion y reasignacion de paraderos de todas las Personas Juridicas MORDAZA formalizadas, previo empadronamiento. Tercera.- A las personas juridicas, asi como los conductores y/o propietarios que no se formalicen, se les notificara a fin de que regularicen su situacion, de lo contrario seran sancionadas de acuerdo a Ley. Cuarta.- Las infracciones tipificadas en la presente Ordenanza seran sancionadas con una escala de multas, teniendo como referencia la unidad impositiva tributaria vigente. Quinta.- Quedan incorporadas al MORDAZA y al RAS de la Municipalidad los derechos de pago y el cuadro de sanciones y multas, respectivamente, consideradas en la presente ordenanza.
ITEM A B C D E PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Certificado de Operacion por tres anos. Credencial del Conductor por 3 anos Inspeccion Tecnica de Paradero por 3 anos Revision de Caracteristicas x Unidad Sticker DERECHO EN % UIT 2.00 0.20 1.00 0.30 0.20

Sexta.- La Revision Tecnica programada de los vehiculos menores queda en suspenso hasta que se determine la fecha y la forma de su ejecucion, por la instancia correspondiente. Septima.- Dejese sin efecto las Resoluciones Provisionales y/o Definitivas otorgadas a las personas juridicas a la

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