Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2005 (29/04/2005)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, viernes 29 de MORDAZA de 2005

Amplian plazo para elaborar Estudio de Demanda del MORDAZA Automotor del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 108-MVES MORDAZA El MORDAZA, 15 de MORDAZA del 2005 Visto: El Informe Nº 035-05/GERSEC/MVES, de fecha 28 de marzo del 2005, suscrito por la Gerencia de Servicios a la MORDAZA de esta Municipalidad. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendole al Consejo Municipal la funcion normativa, las que se ejercen a traves de Ordenanzas; Que, la Municipalidad, tiene entre sus funciones especificas, el de otorgar licencias para la circulacion de vehiculos menores y demas de acuerdo a lo establecido en la regulacion provincial; Que, con fecha 12.04.05, concluye el plazo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 103 del 29.12.2004, para realizar en el distrito un Estudio de Demanda acerca del servicio de transporte publico en vehiculos menores y que complementa el Estudio Tecnico del MORDAZA Automotor de Vehiculos Menores en el distrito; Que, la Subgerencia de Transporte, con Informe Nº 036-05-STRG-GERSEC/MVES de fecha 22 de marzo del 2005 solicita a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, la ampliacion del plazo para la conclusion del referido Estudio de Demanda; Que, la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, con Informe Nº 035-05-GERSEC/MVES, de fecha 28 de marzo de 2005, solicita a la Comision de Servicios a la MORDAZA la ampliacion del plazo para la conclusion del referido Estudio de Demanda; Estando a debatido, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA: Articulo 1º.- AMPLIAR en 60 dias el plazo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 103-MVES, a fin de elaborar el Estudio de Demanda del MORDAZA Automotor de MORDAZA El Salvador. Articulo 2º.- MANTENGASE vigente los demas extremos de la Ordenanza indicada en el articulo precedente. Articulo 3º.- Encargar bajo responsabilidad administrativa a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA a traves de la Subgerencia de Transportes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08195

Que, las Municipalidades gozan de autonomia administrativa, politica y financiera en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo que establece la Constitucion Politica del Estado, en sus articulos 191º y siguientes. Autonomia que es reiterada en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en sus articulos II y X del Titulo Preliminar; Que, la Constitucion Politica del Peru en su Art. 7º establece que toda persona tiene Derecho a la proteccion de la salud, la del medio familiar y de la comunidad, asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa; Que, la Ley Organica de Municipalidades en sus Arts. 80º, 83º y 161º faculta a la Municipalidad a regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales de competencia municipal, como los dedicados a la venta, elaboracion transformacion y transportes de alimentos y bebidas; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 550-03 MLM, se reglamenta el Sistema Metropolitano de Supervision y control de alimentos y bebidas de consumo humano, en su objetivo de velar por el bienestar de la comunidad que representa y su legitimo interes de tomar medidas de prevencion sanitaria para combatir practicas de comercio que atenten contra la salud publica, asi como controlar el estricto cumplimiento de las normas que en esta materia se encuentran vigentes; Que mediante Ordenanza Municipal Nº 141 de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana se reglamenta la obligatoriedad de portar el carne de salud, para todas aquellas personas que brindan servicios al publico sin excepcion sobre todo aquellas que manipulan alimentos; En concordancia con la Ordenanza Municipal Nº 0011-97 de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA sobre salud y salubridad reglamenta las condiciones sanitarias que deben de cumplir los establecimientos que se dedican a la venta de alimentos y bebidas; Que, mediante Informe Nº 58-05 GBPS/MVES propone la realizacion de una MORDAZA de emision de carne de salud en todo el distrito de MORDAZA El MORDAZA, en el periodo de 45 dias utiles a fin de contribuir a la disminucion de las enfermedades transmitidas por alimentos y promover el consumo de alimentos seguros; para tal efecto se requiere aprobar la realizacion de la MORDAZA de emision de carne de salud en MORDAZA El Salvador; Que, la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, debe adoptar las medidas que, se requieran con la finalidad de regularizar y formalizar el comercio en el distrito, de conformidad con los principios que se senalan en la Ley Nº 28015, sobre la Formalizacion de las Pequenas y Micro Empresas, asi como lo senalado por su Reglamento, Decreto Supremo Nº 009-2003-TR; Estando a lo solicitado, en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA: Articulo 1º.- Aprobar la MORDAZA de emision de carnes de salud por parte de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, dirigido a los comerciantes de los diversos mercados, MORDAZA feriales, tiendas y bodegas que trabajan dentro del distrito. Articulo 2º.- La MORDAZA tendra una duracion de 45 dias utiles a partir de la publicacion de la presente ordenanza, los que se acojan dentro de este periodo de excepcion seran beneficiados con la reduccion en el costo de la emision del carne de salud. Articulo 3º.- Para efectos de esta MORDAZA se reduce el costo de la emision del carne de salud a Diez Nuevos Soles S/. 10.00. Articulo 4º.- Culminado el periodo de MORDAZA la Municipalidad a traves del area correspondiente iniciara un MORDAZA de fiscalizacion y control e implementara las sanciones correspondientes. Articulo 5º.- Para el cumplimiento de la presente ordenanza, autoricese las firmas de los convenios correspondientes con los representantes de los comerciantes asi como con las instituciones correspondientes.

Aprueban MORDAZA de emision de carnes de salud
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 109-MVES MORDAZA El MORDAZA, 15 de MORDAZA del 2005 Visto: En la Comision de Desarrollo Humano, los Informes Nºs. 058-05 y 081-2005, remitidos por la Gerencia de Promocion y Bienestar Social, con relacion a la propuesta de MORDAZA para Obtener el Carne Sanitario se dispone lo siguiente:

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