Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2005 (29/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, viernes 29 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA de MORDAZA, de Planes Urbanos Distritales y actualizacion de la zonificacion de los usos de suelo de MORDAZA Metropolitana, de fecha 4 de MORDAZA de 2004; Que, la instalacion de elementos de publicidad constituye un mecanismo adecuado para que los bienes y servicios puedan acceder al MORDAZA fortaleciendo e impulsando el crecimiento de estos ultimos en el MORDAZA del ejercicio de la libre iniciativa privada, correspondiendo a las Municipalidades como funcion exclusiva, segun establece el articulo 79º numeral 3, 3.6, 3.6.3, de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, normar, regular, otorgar autorizaciones y realizar la fiscalizacion de la ubicacion de avisos publicitarios; Que, la Ordenanza Nº 210-MML, que Reglamenta la Publicidad Exterior en la Provincia de MORDAZA, publicada el 4 de marzo de 1999, dispone que es competencia de las Municipalidades Distritales el aprobar mediante Ordenanza normas complementarias destinadas a uniformizar las caracteristicas de los elementos de publicidad exterior, asi como adecuarlos a las caracteristicas arquitectonicas, ecologicas y ambientales de su jurisdiccion; Que, en el articulo 31º de la Ordenanza Nº 210-MML, se establece que la autoridad municipal competente puede otorgar en concesion espacios en areas de dominio publico bajo administracion municipal, para aprovechamiento comercial mediante la instalacion de elementos de publicidad exterior o mobiliario MORDAZA, que contengan o no espacios para publicidad exterior; Que, la Ordenanza Nº 098-MML, que aprueba el Reglamento de las Inversiones Privadas en Obras Publicas de Infraestructura y de Servicios Publicos Locales, modificada por las Ordenanza Nºs. 122-MML, y 381MML, regula el sistema de concesiones en el ambito metropolitano, normas que se encuentran compendiadas en el Texto Unico Ordenado del Reglamento de las Inversiones Privadas en Obras Publicas de Infraestructura y de Servicios Publicos Locales, aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 166-MML; Que, corresponde a la Municipalidad de San MORDAZA regular todos los aspectos referidos a la publicidad exterior en propiedad privada y a la inversion privada en mobiliario MORDAZA con publicidad, bajo una vision coherente del uso de los espacios urbanos, acorde con el desarrollo de cada Sector del distrito, definido en el Reglamento de Zonificacion, aprobado mediante Ordenanza Nº 312-MML, tomando en cuenta las necesidades y exigencias de sus habitantes y usuarios, procurando un mejoramiento de la infraestructura actual y por ende de la imagen distrital; Que, como parte de los Lineamientos Generales dentro del distrito de San MORDAZA como Comunidad Internacional, aprobados mediante Ordenanza Nº 062-MSI, de fecha 5 de diciembre de 2003, se ha determinado la necesidad en la regulacion de los aspectos tecnicos administrativos que MORDAZA la colocacion de anuncios publicitarios, con la finalidad de preservar la seguridad de las personas, la via publica, los predios urbanos, el orden, el ornato y la estetica de la comuna; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del tramite de acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN REGULADOR DE LA PUBLICIDAD EXTERIOR Y DE LA INVERSION PRIVADA EN MOBILARIO MORDAZA PARA EL DISTRITO DE SAN MORDAZA TITULO PRELIMINAR Articulo I.- Finalidad.- El Plan Regulador de la Publicidad Exterior y de la Inversion Privada en Mobiliario MORDAZA es el instrumento tecnico normativo que tiene por finalidad desarrollar las disposiciones del Plan MORDAZA Ambiental del distrito de San MORDAZA en materia de ornato, relacionado directamente con la publicidad exterior como actividad empresarial y los procesos de evaluacion de los proyectos de inversion privada en mobiliario MORDAZA que se encuentren ligados a la actividad publicitaria. El Plan Regulador se encuentra dirigido a establecer un estricto control de nuestro ambiente visual, siendo

imprescindible su aplicacion para dar un paso hacia una mejor calidad de MORDAZA, la conservacion de la autenticidad de los lugares y la implementacion de nuestro derecho a un ambiente MORDAZA saludable. Articulo II.- Contenido del Plan Regulador.- El Plan Regulador de Publicidad Exterior y de la Inversion Privada en Mobiliario MORDAZA esta conformado por: 2.1 El MORDAZA Normativo, el cual esta compuesto de: Un Titulo Preliminar; Seis Titulos; Veintidos Capitulos; Siete Subcapitulos; Noventa y tres articulos; Tres Disposiciones Transitorias y Cinco Disposiciones Finales. 2.2 El Indice de Publicidad Permitida, el cual esta compuesto de: 08 Laminas (Anexo 1). 2.3 Plan de Ordenamiento del Mobiliario MORDAZA, el cual esta compuesto de: Estudio de Ordenamiento del Mobiliario Urbano; Terminos de referencia para la inversion privada en mobiliario urbano; Propuesta de ubicacion para la instalacion del mobiliario MORDAZA (Anexo 2). 2.4 El Plano de Factibilidad para publicidad en via publica (Anexo 3). Articulo III.- Ambito de aplicacion del Plan Regulador.- El Plan Regulador es de aplicacion obligatoria dentro de la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, con sujecion al Plan MORDAZA Ambiental, aprobado mediante Ordenanza Nº 312-MML, y demas normas de caracter metropolitano y nacional en materia de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo MORDAZA y Evaluacion Ambiental. Articulo IV.- Principios.4.1 MORDAZA de Preeminencia Ambiental.- La proteccion del ambiente MORDAZA, el ornato y la calidad de MORDAZA de los vecinos del distrito, debera ser fundamento principal en la MORDAZA y evaluacion de solicitudes para instalacion de elementos de publicidad exterior y de proyectos de inversion privada en mobiliario urbano. 4.2 Los demas que establezca la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 TITULO PRIMERO GENERALIDADES Capitulo I De las Disposiciones Generales Articulo 1º.- Objeto.- Las disposiciones de esta Ordenanza son de orden publico, observancia obligatoria e interes social y tienen por objeto: 1. Regular la instalacion, ubicacion, distribucion y uso de elementos de publicidad exterior y similares que MORDAZA percibidos desde la via publica, asi como su mantenimiento, modificacion, ampliacion, iluminacion, reposicion, reubicacion y retiro; 2. Regular la inversion privada en mobiliario MORDAZA con publicidad y el MORDAZA de concesion para dicho servicio en areas de dominio publico. 3. Salvaguardar la imagen visual del distrito, protegiendo la calidad del paisaje MORDAZA con relacion a la publicidad; 4. Proteger el legado Historico y Artistico, asi como los ambientes MORDAZA monumentales del distrito, y 5. Prevenir danos a las personas y sus bienes, afectaciones a terceros, via publica, mobiliario MORDAZA, servicios publicos, espacios y edificios publicos en relacion con elementos de publicidad exterior. Articulo 2º.- Definiciones.- Para los efectos de la presente Ordenanza se entendera por: 1. Agencia de Publicidad.- Persona natural o juridica encargada del diseno, confeccion, organizacion y/o ejecucion de anuncios publicitarios. 2. Anuncio.- Es el texto, leyenda y/o forma de representacion visual grafica que transmite un mensaje publicitario, se sustenta en una estructura independiente o a los paramentos de los edificios. 3. Anunciante.- Se considera anunciante a la persona natural o juridica en cuyo interes se realiza la publicidad.

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