Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2005 (29/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 29 de MORDAZA de 2005

lador se senalan para no autorizar un anuncio, o cuando esten inmersos en alguna de las prohibiciones o restricciones que se consignan en este ordenamiento; 6. Exista colapso, caida o MORDAZA estructural del anuncio o ponga en riesgo la edificacion donde se encuentre ubicado o las colindantes; 7. Se cometa reincidencia de infraccion a este Plan Regulador; y, 8. Se deba cumplir una orden expedida por una autoridad judicial o administrativa. TITULO MORDAZA DE LA INVERSION PRIVADA EN MOBILIARIO MORDAZA Capitulo I Del Mobiliario MORDAZA Articulo 61º.- Elaboracion de Bases Tecnicas.- El Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada(CEPRI) en la elaboracion de las Bases Tecnicas para las Licitaciones Publicas Especiales, Concurso de Proyectos Integrales y Concursos Publicos para la Concesion del servicio de Mobiliario MORDAZA que implique publicidad exterior, realizara los estudios previos, de factibilidad MORDAZA, social, tecnica y economica para la realizacion de los proyectos de Mobiliario MORDAZA, tomando en consideracion lo senalado en el presente Plan Regulador. Articulo 62º.- Propuestas de diseno, operacion y distribucion de mobiliario urbano.- deberan: 1. Responder a una necesidad real y ofrecer un servicio para el usuario del espacio publico; 2. Cumplir antropometrica y ergonomicamente con la funcion buscada; 3. Considerar, en el diseno, las necesidades especificas de las personas con discapacidad; 4. Cumplir con las Directivas Tecnicas establecidas por la Municipalidad, con relacion a la calidad y seguridad para integrarse estetica y armonicamente con el entorno urbano; y, 5. Asegurar resistencia a cualquier MORDAZA de impacto y permitir un facil mantenimiento. Articulo 63º.- Clasificacion del Mobiliario Urbano.- El Mobiliario MORDAZA comprende a todos aquellos elementos urbanos complementarios, ya MORDAZA fijos, permanentes, desmontables o temporales, ubicados en via publica o en espacios publicos que sirven de apoyo a la infraestructura y al equipamiento MORDAZA y que refuerzan la imagen distrital. Los elementos de Mobiliario MORDAZA se clasifican; segun su funcion de la manera siguiente: 1. Para el descanso: bancas; 2. De refugio y descanso temporal: paraderos 3. Para la comunicacion: cabinas telefonicas y buzones de correo; 4. Para la informacion: columnas, paletas informativas con anuncios de informacion turistica, social y cultural, unidades de soporte multiple con nomenclatura, postes senalizadores y placas de nomenclatura; 5. Para necesidades fisiologicas: sanitarios publicos y bebederos; 6. Para comercios: quioscos para venta de periodicos, libros, revistas, dulces, MORDAZA y para la asistencia publica; 7. Para la higiene: recipientes para basura, recipientes para basura clasificada y contenedores; 8. De servicio: postes de alumbrado, unidades de soporte multiple, parquimetros, soportes para bicicletas, muebles para aseo de calzado; 9. De jardineria: protectores para arboles, jardineras y macetas, y 10. Los demas muebles que se establezcan mediante las Directivas Tecnicas. Capitulo II De las Normas de Diseno y Fabricacion del Mobiliario MORDAZA Articulo 64º.- Diseno del Mobiliario Urbano.- Debera realizarse con las dimensiones basadas en estu-

MORDAZA antropometricos y ergonomicos, tomando en cuenta las disposiciones del Capitulo IV del presente Titulo, respecto a las necesidades que tienen las personas con discapacidad. Articulo 65º.- Estudios para el Diseno.- Los estudios antropometricos y analisis ergonomicos formaran parte de la documentacion tecnica requerida para la aprobacion de la propuesta de Mobiliario Urbano. Articulo 66º.- Diseno, instalacion y operacion del Mobiliario Urbano.- Debera considerar las instalaciones hidrosanitarias, electricas y especiales del mueble y en su caso, los derechos de toma de agua, conexion al desague y la acometida de energia electrica, mismas que seran a cargo del concesionario. Articulo 67º.- Instalaciones del Mobiliario Urbano.- Las instalaciones para electricidad, agua, desague, lineas telefonicas y demas servicios, relacionadas con el articulo anterior deberan ser subterraneas y/ o conectadas a redes generales de los servicios. Solicitando con antelacion los permisos, licencias o autorizaciones correspondientes, sin los cuales las obras no podran ser realizadas. Articulo 68º.- Estructura de los elementos de Mobiliario Urbano.- Deberan utilizarse materiales con las especificaciones de calidad dictadas por la Municipalidad, que garanticen su estabilidad a fin de obtener muebles resistentes al uso frecuente, al medio ambiente natural y social. Capitulo III De la Ubicacion, Distribucion y Colocacion del Mobiliario MORDAZA Articulo 69º.- Ubicacion, distribucion y emplazamiento del Mobiliario Urbano.- esta supeditado a conservar los espacios suficientes para el MORDAZA peatonal en aceras continuas sin obstaculos, en especial en la parte inmediata a los paramentos de cercos y fachadas. Articulo 70º.- Criterios de ubicacion.- Una vez autorizada la ubicacion del Mobiliario MORDAZA, se aplicaran los siguientes criterios: 1. La ubicacion del Mobiliario MORDAZA en las aceras, bermas y todo espacio publico, debera prever el libre paso de peatones con un ancho minimo de 1.20 metros a partir del cerco o fachada construida hasta el area ocupada por el mueble urbano; 2. Cualquier MORDAZA de Mobiliario MORDAZA se debera localizar en sitios donde no impida la visibilidad de la senalizacion de MORDAZA vehicular o peatonal y garantizar el adecuado uso de otros muebles urbanos instalados con anterioridad, asimismo no se debera obstruir el acceso a inmuebles o estacionamientos. Articulo 71º.- Criterios de instalacion.- La instalacion de los elementos de Mobiliario MORDAZA se ajustara a los criterios siguientes: 1. La distancia entre los muebles urbanos fijos del mismo MORDAZA, con las mismas caracteristicas constructivas, funcion y servicio prestado al usuario sera determinada sobre la base de los estudios especificos del plan de ordenamiento; con excepcion de postes de uso multiple con nomenclatura, recipientes para basura, bancas y de aquellos que se determine mediante las Directivas Tecnicas; 2. Con el fin de no tener obstaculos que impidan la visibilidad de Monumentos Historicos, Artisticos o Arqueologicos, esculturas y MORDAZA monumentales, no podran instalarse elementos de Mobiliario MORDAZA que por sus dimensiones limiten la percepcion de los mismos; 3. El Mobiliario MORDAZA que se instale dentro del perimetro de la MORDAZA Monumental del distrito, en conjunto debera soportar mensajes relacionados con la imagen corporativa, asi como mensajes civicos y culturales, en el porcentaje que defina la Municipalidad; 4. Tratandose de las demas areas de conservacion patrimonial que senala el Plan MORDAZA Ambiental y demas normas especiales, el mobiliario MORDAZA que se ins-

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