Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2005 (29/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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Nº VIA

NORMAS LEGALES
CDRA.

MORDAZA, viernes 29 de MORDAZA de 2005

PARQUEO TOTAL PAR IMPAR FORMA ESPAC. FORMA ESPAC. Perpendicular Perpendicular Perpendicular Diagonal Diagonal Diagonal Perpendicular 0 0 0 32 20 0 30 0 6 12 14 0 70 75 Paralelo Perpendicular Paralelo Diagonal Perpendicular Diagonal Paralelo Paralelo Perpendicular Diagonal 1010 8 18 11 0 0 13 0 17 15 0 0 3 8 55 18 8 18 11 32 20 13 30 32 6 12 17 8 125 93

20 Av. MORDAZA Mendiola. (entre el Jr. Los Claveles y el Nº 4147 de Av. MORDAZA Mendiola) 21 Av. MORDAZA Mendiola. (Berma lateral Oeste). 22 Av. Las Palmeras. (entre la Ca. Hiedra y Ca. Tritoma) 23 Ca. MORDAZA Oro. (entre la Av. MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de los Godos) 24 Ca. MORDAZA MORDAZA de los Godos. (entre la Ca. MORDAZA Oro y Av. MORDAZA Mendiola) 25 Av. MORDAZA Mendiola. 26 Av. Naranjal. (Frontis del Hospital de la Madre) 27 Ca. Los Yunques. (entre la Av. Naranjal y la Ca. Los Hornos) 28 Ca. Los Yunques. (entre la Av. Naranjal y la Ca. Los Hornos) 29 Av. MORDAZA de Mayolo. 30 Jr. MORDAZA Hernandez. (entre la Av. MORDAZA de MORDAZA y la Ca. Pomabamba) 31 Ca. Escorpion. 32 MORDAZA 11. (entre la Ca. Honradez y Ca. Confraternidad) 33 Ca. Honradez. (entre la Ca. 11 y Ca. Honestidad) TOTAL DE ESPACIOS PARA PARQUEO VEHICULAR

41 41 39 21 5 78 11 3 2y3 -

5 y 6 Perpendicular

Articulo 11º.- INAFECTACIONES: Se encuentran inafectos al pago de la tasa de Estacionamiento Temporal Vehicular los conductores de los vehiculos oficiales que se encuentren cumpliendo sus funciones asignadas por ley o labores propias de su actividad, o que MORDAZA de propiedad de: - El Cuerpo General de Bomberos del Peru. - Las Fuerzas Armadas. - La Policia Nacional del Peru. - Ambulancias en General. - Vehiculos Oficiales del Gobierno Nacional, Regional o Local. - Vehiculos estacionados en zonas reservadas para su categoria o actividad publica, segun autorizacion Municipal. - Vecinos afectos por la MORDAZA de estacionamiento ubicado en zonas comerciales y recreacionales de alta circulacion vehicular, debidamente identificados y empadronados.

Articulo 12º.- La Municipalidad Distrital de Los MORDAZA reglamentara mediante Decreto de Alcaldia el cuadro de Infracciones y sanciones; asi mismo MORDAZA cumplimiento a los Articulos 16º y 17º de la Ordenanza MORDAZA de la Tasa de Estacionamiento vehicular Temporal en la provincia de MORDAZA Ord. Nº 739-MML que corresponde a la Difusion basica y a la transparencia del cobro de la Tasa. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultese al Sr. MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones tecnicas, administrativas y reglamentarias para la correcta aplicacion y cumplimiento de lo dispuesto en la presente. Segunda.- La Municipalidad no se responsabilizara por las perdidas o danos ocasionados a los vehiculos durante la permanencia en las zonas de parqueo vehicular y en las zonas reservadas. 08248

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Plan Regulador de la Publicidad Exterior y de la Inversion Privada en Mobiliario MORDAZA para el distrito
ORDENANZA Nº 104-MSI EL MORDAZA DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS, los Dictamenes Nº 004-2005-CDDU/MSI y Nº 004-2005-CAJ/MSI, de la Comision de Desarrollo MORDAZA y de Asuntos Juridicos respectivamente; y,

CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece en su articulo 79º numeral 3, 3.1 que es funcion exclusiva de las municipalidades distritales el aprobar el Plan MORDAZA Distrital. Dicho Plan, segun dispone el articulo 22º inciso e) del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA, de fecha 6 de octubre de 2003, debe considerar las disposiciones relativas al mobiliario MORDAZA y ornato, de igual forma se ha establecido en el articulo 20º de la Ordenanza Nº 620-MML que Reglamenta el MORDAZA de Aprobacion

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