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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (12/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 34

PÆg. 298422 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de agosto de 2005 Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del año 2005 a la Unión Interamericana para la Vivienda (UNIAPRAVI), con cargo al presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a efectuar el pago de la cuota por el año 2005 a la Unión Interamericana para la Vivienda por el importe de US$ 430.00 (CUATROCIENTOS TREINTA Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14143 Nombran Cónsul General del Perœ en Paterson, Estados Unidos de AmØrica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 168-2005-RE Lima, 10 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, los funcionarios del Servicio Diplomático, cualquiera sea su categoría, sirven alternadamente seis años en el exterior y tres años en el país, conforme lo establece la Ley del Servicio Diplomático de la República; Que, la protección y atención a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Política Exterior del Perú; De conformidad con los artículos 7º, 13º literal a), 26º y 30º de la Ley Nº 28091, Ley el Servicio Diplomático de la República; los artículos 62º, 63º B) y 64º literal a) y 90º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130- 2003-RE; el artículo 121º del Reglamento Consular, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, modificado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 0004- 85-RE; así como de los artículos 132º y 133º del citado Reglamento; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Federico Enrique Freundt Cueva, Cónsul General del Perú en Paterson, Estados Unidos de América. Artículo Segundo.- La jurisdicción consular será la establecida en la Resolución Suprema Nº 0172-RE, de 28 de abril de 1988. Artículo Tercero.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo Cuarto.- La fecha en la que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones será fijada por Resolución Ministerial. Artículo Quinto.- Aplicar el egreso que origina la presente Resolución a las partidas correspondientes delPliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14144 Nombran Cónsul Honorario del Perœ en la ciudad de Toulouse, RepœblicaFrancesa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 169-2005-RE Lima, 10 de agosto de 2005Vista la Resolución Suprema Nº 176-2004-RE, de fecha 25 de mayo del año 2004, a través de la cual se dan por terminadas las funciones del señor Jacques Pierre Raymond Ollé, como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Toulouse, quedando vacante la oficina consular a su cargo; Visto el Oficio Nº 8-18-Y/001 de fecha 8 de mayo del año 2004, del Consulado General del Perú en la ciudad de París, mediante el cual se considera que es importante mantener una oficina peruana en la ciudad de Toulouse, con el fin de atender a nuestros connacionales radicados en esa jurisdicción, se propone al señor Jean Henry Farné, como el candidato que reúne las condiciones necesarias para cubrir el puesto vacante de Cónsul Honorario del Perú en esa ciudad; Visto el facsímil F-087, de fecha 16 de noviembre del año 2004, del Consulado General del Perú en la ciudad de París, informa que el Ministerio de Asuntos Exteriores de Francia, ha otorgado su beneplácito respectivo a la candidatura del señor Jean Henry Farné, siendo admitido provisionalmente desde el 8 de noviembre del año 2004, como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Toulouse; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior, en el sentido de que hay que proceder a la reactivación de esa oficina consular y al nombramiento del señor Jean Henry Farné, como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Toulouse, República Francesa; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, inciso 11, de la Constitución Política del Perú; en los artículos 115º, 136º y 138º del Reglamento Consular del Perú; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Nombrar Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Toulouse, República Francesa, al señor Jean Henry Farné, con jurisdicción en los departamentos de Haute-Garonne, Hautes Pyrénées, Gers, Tarn, Tarn-et- aronne, Ariège, Lot, Lot-et-Garonne, Cantal, Aveyron, Pyrénées Orientales, Aude y Hérault. Artículo 2º.- El Consulado del Perú en la ciudad de Toulouse tendrá dependencia jerárquico-administrativa del Consulado General de Perú en París; Artículo 3º.- Extender las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14145