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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (02/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 85

PÆg. 305463 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de diciembre de 2005 DISPOSICIÓN FINAL Única.- Encárguese del cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas yGerencia de Administración. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 20444 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Aprueban el formulario de Declaración Jurada de Autoavalœo, constituido por los formularios de Hoja Resumen (HR) y de Predio Urbano (PU) DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019-2005-ALC/MDSA Santa Anita, 17 de noviembre del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA VISTO: El Informe Nº 094-2005-GR-GG/MDSA de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 1000-2005-GAJ-GG/ MDSA de la Gerencia de Asesoría Jurídica; referente a laaprobación del Nuevo Formulario de Declaración Jurada de Autoavalúo (PU y HR) para la jurisdicción de Santa Anita; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozande autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 156-2004- EF - Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, señala los motivos de obligación que tienen los contribuyentes para la presentación de la DeclaraciónJurada de Autoavalúo; Que, el artículo 88º del Decreto Supremo Nº 135- 99-EF - Texto Único Ordenado del Código Tributario,modificado por el Decreto Legislativo Nº 953, establece que la Declaración Tributaria es la manifestación de los hechos comunicados a la Administración Tributaria enla forma establecida por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma con rango similar; debiendo consignar quien declara en forma correcta ysustentada los datos solicitados por la Administración; Que, estando el distrito de Santa Anita en vías de desarrollo, tiene una población que va en aumento,incrementándose con ello los predios en el distrito, así como las construcciones de los mismos; ya sea desde el primer nivel o como predios multifamiliares entre otros;existiendo la necesidad de aprobar formularios de Declaración Jurada de Autoavalúo: Hoja de Resumen (HR) y Predio Urbano (PU), acordes con la realidad deldistrito y los últimos dispositivos legales vigentes, lo cual, permitirá que el contribuyente declare las características reales de su predio, sin ningún tipo dedificultad; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 42º de la Ley Orgánica deMunicipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el formulario de Declaración Jurada de Autoavalúo estando constituido por: Formulario de Hoja de Resumen (HR) y Formulario de Predio Urbano(PU), los mismos que forman parte como anexo del presente Decreto.Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Gerencia de Administración el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 20395 Prorrogan vencimiento de pago de beneficios de regularización tributariay administrativa a que se refiere laOrdenanza N” 022-MDSA DECRETO DE ALCALDÍA Nº 021-2005-ALC/MDSA Santa Anita, 1 de diciembre del 2005 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTA ANITA CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 022-MDSA de fecha 21 de octubre de 2005, se establece un beneficio de RegularizaciónTributaria y Administrativa para la jurisdicción del distrito de Santa Anita, para aquellos contribuyentes y/o administrados que mantengan obligaciones formales y/o sustancialespendientes, cuyo hecho generador se haya producido hasta el 23 de octubre fecha de publicación de la mencionada Ordenanza; el mismo que venció el 31 de octubre del presenteaño y fuera prorrogado por Decreto de Alcaldía Nº 020-2005- ALC/MDSA hasta el 30 de noviembre del 2005; Que, en mérito a los innumerables pedidos de los contribuyentes que no han podido acogerse al mencionado beneficio tributario, es necesario ampliar la fecha de vencimiento hasta el 16 de diciembre del 2005; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades otorgadas por el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 16 de diciembre del 2005 el vencimiento del pago de los beneficios de regularización tributaria y administrativa tal y conforme alos términos expuestos en la Ordenanza Nº 022-MDSA. Artículo Segundo.- Dar cuenta a la Sesión de Concejo y encárguese el cumplimiento del presente Decreto a laGerencia de Rentas, Subgerencia de Informática y Estadística y Ejecutoría Coactiva, así como a la Gerencia de Imagen Institucional, en lo que les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANI Alcalde 20479 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban Presupuesto Participativo 2006 de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 143-2005-ACSS Santiago de Surco, 25 de noviembre de 2005 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha; en atención al Dictamen Conjunto