Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2005 (07/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de diciembre de 2005

SUNAT
Incorporan a nuevas empresas del Sistema Financiero que deberan utilizar el Sistema de Embargo por Medios Telematicos - SEMT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 248-2005/SUNAT
MORDAZA, 6 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que el Decreto Legislativo Nº 932 aprobo la implementacion del Sistema de Comunicacion por via electronica para que la SUNAT notifique los embargos en forma de retencion y actos vinculados a las Empresas del Sistema Financiero Nacional; Que el inciso c) del articulo 1º del Decreto Legislativo MORDAZA mencionado, crea el Sistema de Embargo por Medios Telematicos (SEMT) facultando a la SUNAT a senalar las caracteristicas tecnicas y mecanismos de seguridad de este, asi como los requisitos, formas, condiciones y el procedimiento que seguiran las Empresas del Sistema Financiero para implementar y hacer operativo dicho Sistema; Que el literal b) del citado articulo, senala que se entiende por Empresas del Sistema Financiero a las Empresas de Operaciones Multiples a que se refiere el literal A del articulo 16º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada por Ley Nº 26702 y normas modificatorias; Que mediante la Resolucion de Superintendencia Nº 201-2004/SUNAT se dictaron las nor mas para implementar el SEMT, a fin de que la SUNAT notifique los embargos en forma de retencion y actos vinculados a las Empresas del Sistema Financiero Nacional, disponiendose en su articulo 4º que la incorporacion de dichas entidades al uso del SEMT seria gradual, para lo cual, se incluyo en una primera etapa a un determinado numero de entidades; Que, asimismo, el articulo 6º de la referida resolucion senalo que para implementar el SEMT, las Empresas del Sistema Financiero Nacional deben acreditar ante la SUNAT a los Encargados que permitan la adecuada atencion de las medidas de embargo, asi como contar con una conexion a Internet y con un Certificado Digital vigente por cada Encargado; Que resulta conveniente incorporar a nuevas Empresas del Sistema Financiero Nacional entre las que deben utilizar el SEMT; En uso de las facultades conferidas por el inciso c) del articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 932, el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y normas modificatorias, y el inciso b) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Ar ticulo 1º.- INCORPORACION DE NUEVAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO QUE DEBERAN UTILIZAR EL SEMT Adicionalmente a las comprendidas en el Anexo de la Resolucion de Superintendencia Nº 201-2004/SUNAT, incorporase como Empresas del Sistema Financiero Nacional que deberan utilizar el SEMT, a las senaladas en el Anexo que forma parte de la presente resolucion. Las referidas entidades utilizaran el SEMT para informar a la SUNAT las retenciones efectuadas o la imposibilidad de realizarlas, entre otras comunicaciones que esta disponga, a partir del 02 de enero de 2006. Para tal efecto, deberan cumplir con la implementacion del SEMT de conformidad con lo previsto por el numeral 1) del articulo 6º de la Resolucion de Superintendencia Nº 201-2004/SUNAT con anterioridad a dicha fecha. Las resoluciones que dispongan embargos en forma de retencion a terceros o las vinculadas a dicho embargo,

podran ser notificadas por la SUNAT mediante el SEMT a partir del 2 de enero de 2006. Articulo 2º.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional (e) Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria
ANEXO RUC 20113604248 20100209641 20130200789 20132243230 20102881347 20103845328 20114839176 RAZON SOCIAL MORDAZA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE MORDAZA S.A.C. CMAC MORDAZA MORDAZA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE MORDAZA S.A.C. CMAC MORDAZA MORDAZA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE HUANCAYO S.A.C. CMAC HUANCAYO MORDAZA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE MORDAZA S.A.C. CMAC MORDAZA MORDAZA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE SULLANA S.A.C. CMAC SULLANA MORDAZA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE MAYNAS S.A.C. CMAC MAYNAS MORDAZA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE MORDAZA S. A.C. CMAC MORDAZA

20741

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Declaran desafectacion administrativa de diversos predios de propiedad del Ministerio de Educacion
JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCION Nº 099-2005/SBN-GO-JAD
La MORDAZA, 23 de noviembre de 2005 Vistos, el Expediente Nº 055-2005/SBNJAD, mediante el cual se sustenta la desafectacion administrativa de varios predios de propiedad del Ministerio de Educacion, que constituyen aporte reglamentario; CONSIDERANDO: Que, en la decima disposicion transitoria de la Ley Nº 28411 se establece que el Ministerio de Educacion esta autorizado a disponer a titulo oneroso de los bienes inmuebles de su propiedad a efectos de que los recursos obtenidos MORDAZA utilizados unicamente y bajo responsabilidad, en la infraestructura y el equipamiento de las instituciones educativas existentes; Que, el Ministerio de Educacion es propietario, en su calidad de aporte reglamentario de los siguientes predios:
ITEM 1 UBICACION Lote 25, Manzana "T" de la Urbanizacion Mayorazgo III Etapa, distrito de Ate, frente a la MORDAZA Cataluna Lote 26, Manzana "T" de la Urbanizacion Mayorazgo III Etapa, distrito de Ate, frente a la MORDAZA Cataluna Lote 13, Manzana R de la Urbanizacion El Remanso de MORDAZA MORDAZA, distrito de Ate Frente a la MORDAZA Numero Uno, en el Lote 7, Manzana "D" de la Urbanizacion Ampliacion San MORDAZA, distrito de San MORDAZA Frente a la MORDAZA 14, Lote 07, Manzana C de la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA, 3ra Etapa, distrito La MORDAZA AREA Nº PARTIDA Nº M² REGISTRAL ASIENTO 971.32 1638674 2413

2

1,308.08

1638675

2414

3

2,300.36

1639658

15550

4

585.25

393744

2549

5

2,145.00

1650368

15548

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